CHIP (Children’s Health Insurance Program) para inmigrantes

CHIP es un programa federal-estatal que cubre seguro médico para niños sin seguro cuyas familias ganan demasiado para calificar para Medicaid pero no pueden pagar seguro privado.

¿Quién califica?

Niños ciudadanos

SÍ califican sin restricciones (sujeto a límites de ingresos del estado).

Niños residentes permanentes (green card)

  • Sin período de espera de cinco años donde el estado eligió la “opción CHIPRA 214” — es una elección del estado, no una regla federal. Al contar la tabla vigente del propio CMS, actualizada el 2 de abril de 2026, la opción cubre a niños en 37 estados, el Distrito de Columbia y 3 territorios, y a mujeres embarazadas en 31 estados, DC y 3 territorios: 43 jurisdicciones en total la eligieron para uno u otro grupo, y no son los mismos estados en ambas columnas. Verifique el suyo en la tabla de CMS sobre cobertura de Medicaid y CHIP para niños y embarazadas que residen legalmente.
  • En los estados que no la eligieron: aplica el período de espera de cinco años

Niños refugiados, asilados, ciertos estatus

La respuesta cambia el 1 de octubre de 2026, y las dos mitades importan.

  • Hasta el 30 de septiembre de 2026 — SÍ califican sin el período de espera de cinco años, en todos los estados. CMS lo dice sin rodeos: “algunos no ciudadanos (por ejemplo, refugiados y asilados) están exentos del período de espera de cinco años.”
  • A partir del 1 de octubre de 2026 — los niños refugiados y asilados no están en la lista de grupos que el dinero federal va a pagar. Es el cambio más grande de esta página; la sección completa está más abajo.

Niños indocumentados

NO califican federalmente. Sin embargo:

  • 14 estados + DC (CA, NY, IL, OR, WA, MA, MN, CO, CT, ME, NJ, RI, VT, etc.) extienden cobertura tipo CHIP a niños indocumentados con fondos estatales

Límites de ingresos

Varían por estado. Típicamente cubre hasta 200-300% del nivel federal de pobreza (significativamente más alto que Medicaid regular). Medido contra las guías federales de pobreza de 2026, el 100% del nivel de pobreza para un hogar de cuatro personas en los 48 estados contiguos y DC es $33,000 , así que un rango de 200-300% equivale aproximadamente a $66,000 -$99,000 al año. Alaska y Hawaii usan guías más altas, y la cifra que decide su caso es la que publica su estado — están en cada página estatal.

Cómo solicitar

  1. Healthcare.gov (Marketplace federal) — la mayoría de estados procesan via Marketplace
  2. Portal de Medicaid/CHIP de su estado
  3. La solicitud se hace una sola vez para Medicaid Y CHIP — el estado determina automáticamente para cuál programa califica el niño

Costos

CHIP tiene co-pagos bajos (a veces $0) y, en los estados que cobran primas, primas mensuales bajas; las reglas federales limitan los costos compartidos totales de CHIP al 5% del ingreso familiar durante el periodo de elegibilidad del niño (42 CFR 457.560).

Cobertura

Lo dental es obligatorio. La ley no lo deja a elección: la asistencia médica para un niño de bajos ingresos elegible “deberá incluir cobertura de servicios dentales necesarios para prevenir enfermedades y promover la salud bucal, restaurar las estructuras bucales a la salud y la función, y tratar condiciones de emergencia” (42 U.S.C. 1397cc(c)(6)(A)).

Las categorías básicas que todo paquete de referencia debe cubrir son: servicios hospitalarios de internación y ambulatorios; servicios médicos y quirúrgicos de los médicos; laboratorio y rayos X; atención del bebé sano y del niño sano, incluidas las vacunas apropiadas para la edad; y servicios de salud mental y de trastornos por consumo de sustancias (42 U.S.C. 1397cc(c)(1)).

Visión, audición y medicamentos recetados están en otra categoría. La ley los enumera bajo “Categorías de servicios adicionales” — "(A) Cobertura de medicamentos recetados. (B) Servicios de visión. (C) Servicios de audición" (42 U.S.C. 1397cc(c)(2)) — y no los exige. La cobertura del examen de la vista y los lentes la decide el paquete de beneficios de cada estado; no es una garantía federal. Pregunte a su estado qué cubre su plan.

A partir del 1 de octubre de 2026: el dinero federal deja de pagar por algunos niños que hoy califican

La sección 71109 de la ley de 2025 (H.R.1 / WFTC, Ley Pública 119-21) está redactada como un límite al pago federal, pero CMS indicó a los estados que a partir del 1 de octubre de 2026 deben limitar las determinaciones de elegibilidad para Medicaid y CHIP completos a las personas para quienes hay financiamiento federal. Cambia por quién va a pagar el gobierno federal, y CMS se lo explicó a los estados en la carta SHO #26-001 (8 de abril de 2026).

A quién sigue cubriendo el financiamiento federal. A partir del 1 de octubre de 2026, la participación financiera federal para los beneficios completos de Medicaid y CHIP se limita a ciudadanos y nacionales de EE. UU., residentes permanentes legales, entrantes cubanos/haitianos y migrantes bajo un Convenio de Libre Asociación (COFA), siempre que la persona resida en uno de los 50 estados, DC o un territorio de EE. UU.

A quién deja de cubrir. CMS nombra los grupos con sus propias palabras:

“Dados estos cambios, a partir del 1 de octubre de 2026, con excepciones limitadas, la FFP ya no estará disponible para los beneficios completos de Medicaid o CHIP otorgados a no ciudadanos calificados que no sean también no ciudadanos elegibles para FFP (por ejemplo, asilados, refugiados, parolees o víctimas de trata), a menos que tengan otro estatus o categoría migratoria que cumpla la definición de no ciudadano elegible para FFP.”

La vía que sobrevive para los niños, y CMS nombra a un refugiado al describirla. La opción CHIPRA 214 es una de solo tres excepciones en la ley, y CMS lo dice directamente:

“Si un solicitante, que no es un no ciudadano elegible para FFP, es un niño o una mujer embarazada que reside legalmente (por ejemplo, un refugiado) y cumple todos los demás requisitos de elegibilidad del estado, el solicitante puede ser declarado elegible para los beneficios completos de Medicaid o CHIP bajo la opción CHIPRA 214 del estado.”

CMS agrega que la sección 1903(v)(5) “no hizo ningún cambio a … la cobertura bajo la opción CHIPRA 214 (si el estado elige esa opción).” Entonces, para un niño refugiado o asilado, la pregunta el 1 de octubre pasa a ser: ¿mi estado eligió CHIPRA 214 para niños? Según la tabla de CMS al 2 de abril de 2026, lo hicieron 37 estados, DC y 3 territorios.

Las otras dos excepciones son el Medicaid de emergencia — que CMS dice que queda intacto, “la sección 1903(v)(5) de la Ley no hizo ningún cambio a la cobertura del Medicaid de emergencia” — y las Iniciativas de Servicios de Salud (HSI). El Medicaid de emergencia es solo Medicaid; CMS advierte que “no aplica a los CHIP separados.”

Qué dice CMS sobre el dinero estatal. CMS no va a obligar a los estados a cubrir el hueco, y no tratará la cobertura pagada con fondos estatales como CHIP: “no consideramos que la cobertura que un estado opte por seguir brindando con 100 por ciento de fondos estatales sea ‘CHIP’.” También escribió que “no exigirá a los estados brindar cobertura de salud financiada solo con fondos estatales a los no ciudadanos calificados para quienes no hay FFP disponible.”

Lo que CMS NO dice. CMS no dice qué va a decidir cada estado con su propio dinero, y no publica ninguna lista de estados que seguirán o dejarán de cubrir a niños refugiados y asilados después del 1 de octubre de 2026. No lo deducimos en ninguna dirección — pregunte directamente a la agencia de Medicaid o CHIP de su estado. CMS también reconoce que los reglamentos de elegibilidad vigentes no coinciden con la nueva regla de financiamiento: “Reconocemos que estos requisitos no estarán alineados con las limitaciones de FFP … a partir del 1 de octubre de 2026. Planeamos actualizar los reglamentos de Medicaid y CHIP en una futura reglamentación con aviso y comentario.”

Para ver cómo funciona la misma fecha en el embarazo y el parto, vea quién paga la atención prenatal y el parto sin estatus migratorio.

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Fuente oficial: Medicaid.gov CHIP


Última verificación: 2026-09-24.

Información general procedimental con fines educativos. No es consejo legal, fiscal, o de inmigración. Las leyes y tarifas cambian — verifique con la agencia emisora antes de tomar acción. Para orientación específica a su caso, consulte a un abogado de inmigración con licencia u otro profesional apropiado.

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