Audiencias de fianza tras arrestos de ICE en el interior: división de circuitos
Estado: En litigio — Rhoney v. Barbosa da Cunha; Cunha v. Freden; Buenrostro-Mendez v. Bondi; Herrera Avila v. Bondi; Hernandez Alvarez v. Warden; Santillan Quiroz v. Mullin; Rodriguez Vazquez v. Bostock (U.S. No. 26-104; 2d Cir. No. 25-3141; 5th Cir. No. 25-20496; 8th Cir. No. 25-3248; 9th Cir. No. 25-6842; 10th Cir. No. 26-6019; 11th Cir. No. 25-14065)
Las cortes federales de apelaciones están divididas sobre si los inmigrantes que entraron a Estados Unidos sin inspección y luego fueron arrestados en el interior pueden ser detenidos sin una audiencia de fianza mientras avanza su caso de deportación. A partir de 2025 el gobierno interpretó la sección 1225(b)(2)(A) del título 8 del Código de EE.UU. para exigir su detención obligatoria, revirtiendo la práctica anterior de tratar a estas personas bajo la sección 1226(a), donde un juez de inmigración puede fijar fianza. Al 1 de septiembre de 2026, cinco circuitos fallaron a favor de los inmigrantes (sí hay audiencia de fianza) — el 2.º Circuito (Cunha v. Freden, 28 de abril de 2026), el 11.º Circuito (Hernandez Alvarez v. Warden, 6 de mayo de 2026), el 6.º Circuito (Lopez-Campos v. Raycraft, 11 de mayo de 2026), el 10.º Circuito (Santillan Quiroz v. Mullin, 30 de junio de 2026) y el 9.º Circuito (Rodriguez Vazquez v. Bostock, 30 de julio de 2026) — mientras que dos circuitos fallaron a favor del gobierno (detención obligatoria, sin audiencia de fianza): el 5.º Circuito (Buenrostro-Mendez v. Bondi, 6 de febrero de 2026) y el 8.º Circuito (Herrera Avila v. Bondi, 25 de marzo de 2026), donde la nueva audiencia fue denegada el 17 de junio de 2026 y el mandato se emitió el 25 de junio de 2026. El 7.º Circuito emitió una decisión fragmentada que no logró reunir mayoría sobre esta cuestión, aunque en el resultado final los demandantes prevalecieron (Castañon-Nava v. DHS). El fallo del 11.º Circuito no es definitivo: esa corte retuvo su mandato el 13 de mayo de 2026 y la petición del gobierno de nueva audiencia en pleno, presentada el 22 de junio de 2026, seguía pendiente en el expediente según su actualización del 28 de agosto de 2026. La división ya está ante la Corte Suprema de EE.UU. como una petición, no como un caso aceptado: el gobierno le pidió a la Corte el 23 de julio de 2026 que revisara el fallo del 2.º Circuito (Rhoney v. Barbosa da Cunha, n.º 26-104) y la respuesta del demandado se presentó el 21 de agosto de 2026. La Corte no ha concedido certiorari — una petición no es una aceptación — y presentarla no cambia ninguna de las reglas de detención vigentes en ningún circuito.
Próximo paso: Tres cosas que vigilar. Primero, qué hace la Corte Suprema con la petición de certiorari del gobierno en Rhoney v. Barbosa da Cunha, n.º 26-104 (del 2.º Circuito, n.º 25-3141): la petición se presentó el 23 de julio de 2026 y la respuesta del demandado el 21 de agosto de 2026, así que el caso ya puede distribuirse para una conferencia. No se ha concedido certiorari — una petición no es una aceptación — y mientras esté pendiente sigue rigiendo la regla propia de cada circuito. Segundo, el 13 de octubre de 2026, cuando la Corte escuche los argumentos orales en Genalo v. Black, n.º 25-886. Ese caso trata de la detención obligatoria prolongada bajo la sección 1226(c), una cuestión distinta, así que por sí solo no resolverá esta división sobre la sección 1225(b)(2)(A). Tercero, lo que resuelva el 11.º Circuito sobre la petición de nueva audiencia del gobierno: si concede la nueva audiencia en pleno, su fallo del 6 de mayo de 2026 se reconsideraría y el conteo anterior cambiaría. No todos los circuitos han fallado, y un fallo de alguno que aún no lo ha hecho podría profundizar o reducir la división. Mientras no se resuelva, que haya audiencia de fianza depende del circuito donde la persona esté detenida.
Última revisión editorial: 2026-09-01 — el estado puede cambiar con un solo fallo judicial. Fuente oficial.
Qué está pasando
Las cortes federales de apelaciones están divididas sobre si los inmigrantes que entraron a Estados Unidos sin inspección y luego fueron arrestados en el interior pueden ser detenidos sin una audiencia de fianza mientras avanza su caso de deportación. A partir de 2025 el gobierno interpretó la sección 1225(b)(2)(A) del título 8 del Código de EE.UU. para exigir su detención obligatoria, revirtiendo la práctica anterior de tratar a estas personas bajo la sección 1226(a), donde un juez de inmigración puede fijar fianza. Al 1 de septiembre de 2026, cinco circuitos fallaron a favor de los inmigrantes (sí hay audiencia de fianza) — el 2.º Circuito (Cunha v. Freden, 28 de abril de 2026), el 11.º Circuito (Hernandez Alvarez v. Warden, 6 de mayo de 2026), el 6.º Circuito (Lopez-Campos v. Raycraft, 11 de mayo de 2026), el 10.º Circuito (Santillan Quiroz v. Mullin, 30 de junio de 2026) y el 9.º Circuito (Rodriguez Vazquez v. Bostock, 30 de julio de 2026) — mientras que dos circuitos fallaron a favor del gobierno (detención obligatoria, sin audiencia de fianza): el 5.º Circuito (Buenrostro-Mendez v. Bondi, 6 de febrero de 2026) y el 8.º Circuito (Herrera Avila v. Bondi, 25 de marzo de 2026), donde la nueva audiencia fue denegada el 17 de junio de 2026 y el mandato se emitió el 25 de junio de 2026. El 7.º Circuito emitió una decisión fragmentada que no logró reunir mayoría sobre esta cuestión, aunque en el resultado final los demandantes prevalecieron (Castañon-Nava v. DHS). El fallo del 11.º Circuito no es definitivo: esa corte retuvo su mandato el 13 de mayo de 2026 y la petición del gobierno de nueva audiencia en pleno, presentada el 22 de junio de 2026, seguía pendiente en el expediente según su actualización del 28 de agosto de 2026. La división ya está ante la Corte Suprema de EE.UU. como una petición, no como un caso aceptado: el gobierno le pidió a la Corte el 23 de julio de 2026 que revisara el fallo del 2.º Circuito (Rhoney v. Barbosa da Cunha, n.º 26-104) y la respuesta del demandado se presentó el 21 de agosto de 2026. La Corte no ha concedido certiorari — una petición no es una aceptación — y presentarla no cambia ninguna de las reglas de detención vigentes en ningún circuito.
A quién afecta
Inmigrantes que entraron a EE. UU. sin inspección, han estado viviendo aquí y son arrestados en el interior (no en la frontera ni cerca de ella) y puestos en proceso de deportación — y su posibilidad de pedirle a un juez de inmigración la libertad bajo fianza mientras su caso está pendiente. Que haya o no audiencia de fianza depende ahora del circuito donde la persona esté detenida: las cortes de apelaciones han resuelto que sí la hay en el 2.º Circuito (Connecticut, Nueva York, Vermont), el 6.º (Kentucky, Michigan, Ohio, Tennessee), el 9.º (Alaska, Arizona, California, Hawái, Idaho, Montana, Nevada, Oregón, Washington), el 10.º (Colorado, Kansas, Nuevo México, Oklahoma, Utah, Wyoming) y el 11.º (Alabama, Florida, Georgia), pero no en el 5.º Circuito (Luisiana, Misisipi, Texas) ni en el 8.º Circuito (Arkansas, Iowa, Minnesota, Misuri, Nebraska, Dakota del Norte, Dakota del Sur); la decisión del 7.º Circuito fue fragmentada y no logró reunir mayoría sobre esta cuestión, aunque allí los demandantes ganaron en el resultado final. El fallo del 11.º Circuito no es definitivo: esa corte retuvo su mandato el 13 de mayo de 2026 y la petición del gobierno de nueva audiencia en pleno, presentada el 22 de junio de 2026, seguía pendiente en el expediente según su actualización del 28 de agosto de 2026. Esto no cambia la detención obligatoria de quienes son detenidos en la frontera o cerca de ella, ni la detención obligatoria de la sección 1226(c) por ciertos antecedentes penales o de terrorismo.
Cómo llegó hasta aquí
- 6 de feb de 2026 El 5.º Circuito (Buenrostro-Mendez v. Bondi, n.º 25-20496) resuelve que los inmigrantes que entraron sin inspección y son arrestados en el interior quedan bajo la detención obligatoria de la sección 1225(b)(2)(A) — sin audiencia de fianza — en Texas, Luisiana y Misisipi.
- 25 de mar de 2026 El 8.º Circuito (Herrera Avila v. Bondi, n.º 25-3248) coincide con el 5.º Circuito: detención obligatoria bajo la sección 1225(b)(2)(A), sin audiencia de fianza, en sus siete estados.
- 28 de abr de 2026 El 2.º Circuito (Cunha v. Freden, n.º 25-3141) rechaza la interpretación del gobierno y resuelve que rige la sección 1226(a) — sí hay audiencia de fianza — creando una división entre circuitos.
- 6 de may de 2026 El 11.º Circuito (Hernandez Alvarez v. Warden, n.º 25-14065) se suma al 2.º Circuito: la sección 1225(b)(2)(A) no aplica a estos arrestos en el interior, así que sí hay audiencia de fianza en Alabama, Florida y Georgia.
- 11 de may de 2026 El 6.º Circuito (Lopez-Campos v. Raycraft) se suma al 2.º y 11.º Circuitos y resuelve que sí hay audiencia de fianza — un tercer circuito que rechaza la interpretación del gobierno sobre la sección 1225(b)(2)(A).
- 13 de may de 2026 El 11.º Circuito retiene la emisión del mandato en Hernandez Alvarez: "Un juez de esta Corte retiene la emisión del mandato en esta apelación."
- 17 de jun de 2026 El 8.º Circuito deniega la nueva audiencia en Herrera Avila (n.º 25-3248): "Se deniega la petición de nueva audiencia en pleno. También se deniega la petición de nueva audiencia ante el panel." La regla de detención obligatoria queda firme en los siete estados de ese circuito.
- 22 de jun de 2026 El gobierno presenta una petición de nueva audiencia en pleno (y ante el panel) en el 11.º Circuito (n.º 25-14065 y 25-14075). Sigue pendiente según la actualización del expediente del 28 de agosto de 2026.
- 25 de jun de 2026 Se emite el mandato del 8.º Circuito en Herrera Avila, "conforme a la opinión y sentencia del 25 de marzo de 2026", con lo que ese fallo queda firme en el circuito.
- 26 de jun de 2026 El gobierno presenta la opinión preliminar de la Corte Suprema del 23 de junio de 2026 en Blanche v. Lau como autoridad suplementaria en apoyo de la nueva audiencia en el 11.º Circuito.
- 30 de jun de 2026 El 10.º Circuito (Santillan Quiroz v. Mullin, n.º 26-6019) falla a favor de los inmigrantes: "Resolvemos que los no ciudadanos que entraron a Estados Unidos y después fueron detenidos en el interior del país normalmente están sujetos a la sección 1226(a) (y por tanto pueden obtener fianza), no a la sección 1225(b)(2)(A)."
- 23 de jul de 2026 El gobierno presenta una petición de certiorari ante la Corte Suprema de EE.UU. para que revise el fallo del 2.º Circuito — Rhoney v. Barbosa da Cunha, n.º 26-104. Presentar una petición no significa que el caso se haya aceptado y no cambia ninguna regla de detención.
- 30 de jul de 2026 El 9.º Circuito (Rodriguez Vazquez v. Bostock, n.º 25-6842) se suma a los circuitos que fallan a favor de los inmigrantes: "concluimos que las personas presentes sin admisión que son aprehendidas en el interior de Estados Unidos están sujetas al régimen de detención de la sección 1226, no de la sección 1225(b)(2)(A)."
- 21 de ago de 2026 Se presenta la respuesta del demandado a la petición de certiorari en el n.º 26-104. Al 1 de septiembre de 2026 la Corte Suprema no ha concedido ni denegado la revisión, y el expediente no muestra fecha de conferencia.
Qué vigilar a continuación
Tres cosas que vigilar. Primero, qué hace la Corte Suprema con la petición de certiorari del gobierno en Rhoney v. Barbosa da Cunha, n.º 26-104 (del 2.º Circuito, n.º 25-3141): la petición se presentó el 23 de julio de 2026 y la respuesta del demandado el 21 de agosto de 2026, así que el caso ya puede distribuirse para una conferencia. No se ha concedido certiorari — una petición no es una aceptación — y mientras esté pendiente sigue rigiendo la regla propia de cada circuito. Segundo, el 13 de octubre de 2026, cuando la Corte escuche los argumentos orales en Genalo v. Black, n.º 25-886. Ese caso trata de la detención obligatoria prolongada bajo la sección 1226(c), una cuestión distinta, así que por sí solo no resolverá esta división sobre la sección 1225(b)(2)(A). Tercero, lo que resuelva el 11.º Circuito sobre la petición de nueva audiencia del gobierno: si concede la nueva audiencia en pleno, su fallo del 6 de mayo de 2026 se reconsideraría y el conteo anterior cambiaría. No todos los circuitos han fallado, y un fallo de alguno que aún no lo ha hecho podría profundizar o reducir la división. Mientras no se resuelva, que haya audiencia de fianza depende del circuito donde la persona esté detenida.
Fuentes oficiales
- ww3.ca2.uscourts.gov
- ca5.uscourts.gov
- ecf.ca8.uscourts.gov
- media.ca11.uscourts.gov
- opn.ca6.uscourts.gov
- congress.gov
- supremecourt.gov
- ca10.uscourts.gov
- cdn.ca9.uscourts.gov
- storage.courtlistener.com
- supremecourt.gov
- courtlistener.com
- courtlistener.com
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