Ciudadanía por nacimiento en la Corte Suprema
Estado: Decidido — Trump v. Barbara (No. 25-365)
Trump v. Barbara sigue vigente: resuelto el 30 de junio de 2026, la Corte Suprema anuló la Orden Ejecutiva 14160 por un voto de 6 a 3, y un niño nacido en Estados Unidos es ciudadano estadounidense al nacer sin importar el estatus migratorio de sus padres. El 6 de agosto de 2026 el presidente firmó la Orden Ejecutiva 14418, que no altera esa regla y en cambio instruye a las agencias a no emitir documentos de ciudadanía en cuatro situaciones limitadas — todas ellas exigen que ninguno de los dos padres sea ciudadano estadounidense. El Departamento de Estado publicó su plan de implementación el 4 de septiembre de 2026: cuando ninguno de los dos padres es ciudadano estadounidense, debe presentarse con la solicitud de pasaporte del niño una declaración de cada padre o madre, bajo pena de perjurio, sobre si alguno de los dos cumple alguna de las condiciones de la orden (la adjudicación continúa si las respuestas confirman que ninguna aplica), y el Departamento de Estado lee la categoría de empleados de gobiernos extranjeros como incluyente del personal local de una embajada o consulado que sea nacional del país que envía, mientras que los nacionales de terceros países, los contratistas y los empleados personales de funcionarios generalmente quedan fuera, evaluados caso por caso. El DHS siguió el 9 de septiembre de 2026, cuando el Registro Federal imprimió su regla interina final, "Registration of Lawful Permanent Residence for Children Born to Foreign Government Employees in the United States" (documento 2026-18345, RIN 1615-AD24, expediente DHS Docket No. USCIS-2026-0496). La regla está en vigor desde el 4 de septiembre de 2026, aplica solo a niños nacidos en esa fecha o después, y modifica las partes 101 y 264 del título 8 del CFR para reemplazar «funcionario diplomático extranjero» por el término más amplio «empleado de gobierno extranjero» — que cubre a empleados de embajadas y consulados que son nacionales de ese país —, de modo que esos niños pueden registrarse como residentes permanentes legales con el Formulario I-485; el Formulario G-325R se revisa para quienes no lo hagan. El registro es voluntario y la regla no decide la ciudadanía de nadie. El periodo de comentarios cerró el 5 de octubre de 2026; al 7 de octubre de 2026 el DHS no había publicado una regla final (una corrección del 16 de septiembre, documento 2026-18949, restableció requisitos de prueba del 8 CFR 264.2(c)(2)). El DHS dice que no aplicará la regla a ningún miembro de la clase certificada en Casa Inc. v. Trump, No. 8:25-cv-00201 (D. Md.), mientras siga vigente la orden preliminar dictada ahí el 2 de septiembre de 2026; el 8 de septiembre de 2026 el gobierno pidió disolverla o suspenderla (ECF 183), los demandantes presentaron su oposición el 22 de septiembre de 2026 (ECF 188) y, al 7 de octubre de 2026, el expediente público no muestra ninguna decisión sobre esa moción. La SSA y el DOJ no habían publicado nada al 10 de septiembre de 2026.
Próximo paso: Las agencias que faltan, y la pelea por la orden judicial. El Departamento de Estado publicó su plan de implementación el 4 de septiembre de 2026 y el DHS publicó su regla interina final el 9 de septiembre; al 10 de septiembre de 2026, la Administración del Seguro Social y el Departamento de Justicia no han publicado nada. Vigile tres cosas: si el Distrito de Maryland concede la moción del gobierno del 8 de septiembre para disolver o suspender la orden preliminar del 2 de septiembre en Casa Inc. v. Trump (la exclusión que el DHS hizo para la clase certificada dura exactamente lo que dure esa orden); qué hace el DHS después del plazo de comentarios del 5 de octubre de 2026 en el expediente USCIS-2026-0496; y si la categoría de empleados de gobiernos extranjeros, que tanto el Departamento de Estado como el DHS leen como incluyente del personal consular local que sea nacional del país que envía, sobrevive a la revisión judicial. También sigue abierta la declaración que según el Departamento de Estado debe presentar cada padre o madre con el DS-11 de un niño cuando ninguno es ciudadano, y cualquier modificación del plan, que se llama a sí mismo propuesto y sujeto a cambios.
Fuente primaria consultada automáticamente por última vez el 2026-10-23 — el estado puede cambiar con un solo fallo judicial. Fuente oficial.
Actualización — 11 de agosto de 2026: una nueva orden ejecutiva, y lo que no hace
El 6 de agosto de 2026 el presidente firmó la Orden Ejecutiva 14418, publicada el 11 de agosto en 91 FR 51991. Si usted es padre o madre indocumentado de un hijo nacido en EE.UU., la versión corta es: la ciudadanía de su hijo no se ve afectada. Trump v. Barbara sigue vigente, y la nueva orden no dice lo contrario — afirma que trata categorías de niños que, según su lectura, quedan fuera de la regla que anunció la Corte Suprema.
La orden indica a las agencias federales que no emitan documentos que reconozcan la ciudadanía estadounidense — ni acepten documentos estatales o locales que la reconozcan — para una persona cuando ninguno de los dos padres es ciudadano estadounidense y aplica alguna de estas situaciones:
- Un padre o madre es “enemigo extranjero” — definido como miembro de una Organización Terrorista Extranjera designada bajo 8 U.S.C. 1189, o Terrorista Global Especialmente Designado.
- Un padre o madre es empleado de un gobierno extranjero — embajadores; personas empleadas por una embajada o consulado extranjero que son nacionales de ese país; personas empleadas por un gobierno extranjero en capacidad oficial; y empleados de organizaciones internacionales que gozan de inmunidad de organización internacional.
- Los padres pagaron por el nacimiento — una transacción comercial para asegurar que la madre estuviera en EE.UU. para dar a luz (turismo de parto), o un acuerdo comercial de gestación subrogada con una persona gestante en EE.UU.; o fraude cometido para obtener la ciudadanía.
- El nacimiento ocurrió en un territorio o aguas territoriales de EE.UU. donde la ciudadanía no se otorga por ley federal.
Todas estas exigen que ninguno de los dos padres sea ciudadano estadounidense. Si alguno de los padres es ciudadano, nada de esto aplica.
La categoría 2 es la que está en disputa. La excepción antigua, anterior a esta orden por más de un siglo, cubre a los hijos de diplomáticos acreditados que gozan de inmunidad. La Orden Ejecutiva 14418 define la categoría para incluir a cualquier empleado de embajada o consulado que sea nacional de ese país — lo que alcanzaría al personal consular contratado localmente que no tiene inmunidad diplomática. Las agencias deben publicar guía de implementación dentro de los 30 días posteriores al 6 de agosto, es decir a más tardar el 5 de septiembre de 2026, y esa guía mostrará qué tan ampliamente piensan interpretarla.
Si usted cree que cae en alguna de estas cuatro categorías, esta es una situación para llevar a un abogado de inmigración con licencia, no para resolver desde un sitio web.
Actualización — 5 de septiembre de 2026: el Departamento de Estado publica su plan de implementación
Salió la primera guía de una agencia. El 4 de septiembre de 2026 el Departamento de Estado publicó, bajo U.S. Passports News en travel.state.gov, un plan de implementación propuesto de tres páginas para la Orden Ejecutiva 14418, y marcó su página de la Orden Ejecutiva 14160 como “Superseded by Executive Order 14418” (reemplazada). El plan dice que es solo prospectivo, que entra en vigor al publicarse “sujeto a cualquier obligación legal” y que “puede estar sujeto a modificaciones”. Al 5 de septiembre, USCIS, la Administración del Seguro Social y el Departamento de Justicia no habían publicado nada (se revisaron el Registro Federal, la sala de prensa de USCIS, las noticias de ssa.gov y el canal de comunicados del DOJ). El DHS ya publicó su propia regla — vea la actualización del 9 de septiembre más abajo. Al 10 de septiembre de 2026, la Administración del Seguro Social y el Departamento de Justicia siguen sin publicar nada.
Qué cambia en la ventanilla de pasaportes. Nada para un niño con al menos un padre o madre ciudadano estadounidense. Cuando ninguno de los dos padres es ciudadano estadounidense, el personal de la agencia de pasaportes usará los campos sobre los padres del Formulario DS-11, los documentos presentados y los registros del gobierno para revisar las cuatro categorías, y debe presentarse una declaración de cada padre o madre, bajo pena de perjurio, como parte de la determinación de si alguno de los dos cumple alguna de las condiciones de la orden. Si la declaración no se presenta con la solicitud, se pide cuando la solicitud se revisa; si las respuestas confirman que no aplica ninguna condición, la adjudicación del pasaporte continúa. El plan advierte que una declaración falsa puede llevar a un proceso penal federal. Los agentes de aceptación (oficinas de correo, secretarías) no deciden nada — solo verifican que la solicitud esté completa.
Cómo lee el Departamento de Estado la categoría en disputa. “Empleado de un gobierno extranjero” incluye: diplomáticos acreditados; una persona empleada por una embajada o consulado extranjero que sea nacional de ese país — el personal consular contratado localmente que esta página señaló en agosto; personas empleadas por un gobierno extranjero en capacidad oficial; y empleados de organizaciones internacionales que gozan de inmunidad de organización internacional. Generalmente no incluye (sujeto a una evaluación individual del estatus laboral, el propósito del viaje y la clase de visa): empleados personales de funcionarios extranjeros, como asistentes, choferes o personal de limpieza; empleados de empresas estatales; nacionales de terceros países que trabajan para un gobierno extranjero, incluso en una embajada o consulado; empleados de otras organizaciones internacionales; contratistas; y funcionarios extranjeros que visitan en capacidad personal. “Enemigo extranjero” se define de modo que incluye a los miembros de una Organización Terrorista Extranjera designada y a los Terroristas Globales Especialmente Designados. La categoría de turismo de parto y gestación subrogada en EE.UU. y la de territorios siguen el texto de la propia orden.
Si usted trabaja en el consulado de su país en Estados Unidos y su hijo nació aquí, la pregunta sobre la ciudadanía no cambia con este plan — pero la pregunta sobre los documentos ya es concreta, y corresponde a un abogado de inmigración con licencia, no a un sitio web.
Actualización — 9 de septiembre de 2026: el DHS publica su regla interina final
Lea esto primero: la regla no decide la ciudadanía de nadie y no cambia nada para los hijos de padres indocumentados. Trump v. Barbara sigue vigente — un niño nacido en Estados Unidos de padres indocumentados es ciudadano estadounidense al nacer, y ni la Orden Ejecutiva 14418 ni esta regla dicen lo contrario. Todas las categorías de la orden exigen que ninguno de los dos padres sea ciudadano estadounidense y que aplique una de cuatro situaciones limitadas. Lo que el DHS publicó es un mecanismo de registro: el procedimiento de 1982 que permitía a un niño nacido aquí de un diplomático extranjero acreditado registrarse como residente permanente legal fue reescrito para cubrir a un grupo más amplio de padres.
Qué se publicó. El Registro Federal imprimió la regla interina final del DHS el 9 de septiembre de 2026: “Registration of Lawful Permanent Residence for Children Born to Foreign Government Employees in the United States” (Registro de residencia permanente legal para niños nacidos en Estados Unidos de empleados de gobiernos extranjeros), documento 2026-18345, RIN 1615-AD24, expediente DHS Docket No. USCIS-2026-0496. Modifica las partes 101 y 264 del título 8 del CFR y revisa el Formulario I-485, Solicitud para Registrar Residencia Permanente o Ajustar Estatus, y el Formulario G-325R, Información Biográfica (Registro). USCIS lo anunció en una alerta de su sala de prensa fechada el 4 de septiembre de 2026. El DHS la emitió sin aviso ni comentario previos, invocando la excepción de asuntos exteriores de la Ley de Procedimiento Administrativo (5 U.S.C. 553(a)(1)) y la excepción de causa justificada (5 U.S.C. 553(b)(B)).
Las fechas, en las propias palabras de la regla. “This interim final rule (IFR) is effective on September 4, 2026. This IFR will apply to children born to foreign government employees on or after September 4, 2026; children born to a foreign government employees prior to that date will be treated consistently with the regulations in place at the time of their birth. Comments must be received on or before October 5, 2026.” Es decir: la regla entra en vigor el 4 de septiembre de 2026 y aplica a los niños nacidos de empleados de gobiernos extranjeros en esa fecha o después; los nacidos antes se tratan conforme a las regulaciones vigentes al momento de su nacimiento; y los comentarios deben recibirse a más tardar el 5 de octubre de 2026. Si su hijo nació antes del 4 de septiembre de 2026, esta regla no lo alcanza.
Quién cuenta como «empleado de gobierno extranjero». Esta es la categoría en disputa, y la definición es la razón por la que le importa al personal consular. La alerta de USCIS dice que la regla “replaces the term ‘foreign diplomatic officer’ with the broader term ‘foreign government employee’” (reemplaza el término «funcionario diplomático extranjero» por el término más amplio «empleado de gobierno extranjero»). La categoría “includes foreign diplomatic officers accredited to the United States, certain foreign embassy or consulate employees who are nationals of that foreign country, persons employed by a foreign government in an official capacity, and persons employed by an international organization that possesses international-organization immunity”: diplomáticos acreditados ante Estados Unidos, ciertos empleados de embajadas o consulados extranjeros que son nacionales de ese país, personas empleadas por un gobierno extranjero en capacidad oficial y personas empleadas por una organización internacional que goza de inmunidad de organización internacional. La regla también “clarifies categories that are not included, such as personal employees or attendants of foreign officials, certain employees of state-owned enterprises, third-country nationals working for foreign governments, certain contractors, and foreign government employees visiting the United States in a personal capacity”: empleados personales o asistentes de funcionarios extranjeros, ciertos empleados de empresas estatales, nacionales de terceros países que trabajan para gobiernos extranjeros, ciertos contratistas y empleados de gobiernos extranjeros que visitan Estados Unidos en capacidad personal. El personal de embajadas y consulados contratado localmente que sea nacional del país que envía está dentro de la definición — la misma lectura que el Departamento de Estado publicó el 4 de septiembre. La regla también elimina la vieja referencia a la Lista Diplomática del Departamento de Estado, la “Blue List”, porque esa lista ya no se publica.
Lo que el DHS escribió en la regulación misma. El nuevo 8 CFR 101.3(a)(1) fija la posición del DHS de que un hijo de un empleado de gobierno extranjero no está “subject to the jurisdiction of the United States” (sujeto a la jurisdicción de Estados Unidos) para efectos de la ciudadanía por nacimiento a menos que al menos uno de los padres sea ciudadano estadounidense. Esa es la lectura del DHS, publicada como regla interina y abierta a comentarios y a impugnación. La orden preliminar del 2 de septiembre de 2026 en Casa Inc. v. Trump (abajo) se dictó antes de que esta regla se publicara y, en palabras del propio DHS, limita cómo el DHS aplicará la regla a la clase certificada; ninguna corte se ha pronunciado todavía sobre el texto de la regla en sí. El registro en sí sigue siendo voluntario — pero un niño de este grupo cuyos padres no registren la residencia permanente sigue sujeto al requisito de registro de extranjeros de la sección 262 de la INA (8 U.S.C. 1302), salvo que pueda reclamar las inmunidades de un funcionario diplomático extranjero, y cumpliría presentando el Formulario G-325R. Para un niño menor de 14 años, el padre, la madre o el tutor legal crea la cuenta en línea de USCIS y presenta el formulario; el niño debe volver a registrarse y dar huellas dentro de los 30 días después de cumplir 14. El Formulario G-325R no tiene tarifa de presentación, y el DHS estima el costo total por persona de esa vía en $340.15 incluyendo los datos biométricos; el Formulario I-485 tiene una tarifa de $1,440 en papel o $1,390 en línea, que el DHS calcula en $1,993.65 y $1,905.95 por persona en total. Bajo la regulación que esta regla modifica, la persona cuyo registro se aprueba “is considered a lawful permanent resident as of his or her date of birth” (se considera residente permanente legal desde su fecha de nacimiento).
La orden judicial que el DHS dejó fuera. La regla y la alerta dicen lo mismo: “Given the injunction currently in place in [Casa Inc. v. Trump], No. 8:25-cv-00201 (D. Md Sep. 2, 2026), DHS will not take actions to implement the rule specifically to any member of the certified class, or otherwise conflict with the preliminary injunction, unless and until the government obtains relief from the injunction” (dada la orden judicial vigente en ese caso, el DHS no tomará acciones para aplicar la regla a ningún miembro de la clase certificada, ni de forma que entre en conflicto con la orden preliminar, mientras el gobierno no obtenga alivio de esa orden). El expediente confirma la orden: el 2 de septiembre de 2026 la jueza Deborah L. Boardman firmó una opinión (ECF 181) y una orden, “granting 178 Motion for Preliminary Injunction; denying as moot 178 Motion for Temporary Restraining Order” (ECF 182). El 8 de septiembre de 2026 el gobierno pidió disolver esa orden judicial y, en subsidio, suspenderla (ECF 183), con un memorando de respaldo y la guía del Departamento de Estado como anexo. Los demandantes presentaron su oposición el 22 de septiembre de 2026 (ECF 188); al 7 de octubre de 2026 el expediente público no muestra ninguna decisión sobre esa moción. No publicamos ninguna predicción sobre cómo va a resolver la corte. La condición que el propio DHS pone a su exclusión es la citada: se mantiene “unless and until the government obtains relief from the injunction” (mientras el gobierno no obtenga alivio de la orden judicial).
El periodo de comentarios cerró el 5 de octubre de 2026. Como es una regla interina final, entró en vigor sin esperar los comentarios y sigue vigente ahora que el periodo cerró; el DHS todavía puede modificarla con una regla final y, al 7 de octubre de 2026, no había publicado ninguna. El 16 de septiembre de 2026 el DHS publicó una corrección (documento 2026-18949, 91 FR 58575) que restablece requisitos de prueba del 8 CFR 264.2(c)(2) que el texto del 9 de septiembre había eliminado “unintentionally” (sin intención), aplicable desde el 4 de septiembre de 2026. Los comentarios se enviaban por regulations.gov bajo el expediente DHS Docket No. USCIS-2026-0496; la regla advertía que los comentarios enviados por cualquier otra vía, “including emails or letters sent to DHS or USCIS officials, will not be considered comments on the interim final rule” (incluidos correos o cartas a funcionarios del DHS o de USCIS, no se considerarán comentarios sobre la regla), y que todo lo enviado se publica “without change” (sin cambios), incluida cualquier información personal que contenga. El DHS dice que no puede cuantificar a cuántos niños alcanza la regla: la Oficina de Misiones Extranjeras del Departamento de Estado “reports that the United States hosts more than 124,000 foreign mission members and dependents” (informa que Estados Unidos alberga a más de 124,000 miembros de misiones extranjeras y sus dependientes), una cifra que el propio DHS dice que no puede usar como estimación.
Si uno de los padres trabaja para un gobierno extranjero, una embajada, un consulado o una organización internacional y su hijo nació el 4 de septiembre de 2026 o después, esto corresponde a un abogado de inmigración con licencia o a un representante acreditado por el DOJ, no a un sitio web. Hay una orden judicial vigente, una moción pendiente para disolverla y un periodo de comentarios que cerró el 5 de octubre de 2026, y la respuesta depende de hechos específicos de su familia.
Qué está pasando
El 30 de junio de 2026, la Corte Suprema resolvió Trump v. Barbara (N.º 25-365) y anuló la Orden Ejecutiva 14160 por un voto de 6 a 3. El presidente del tribunal, Roberts, redactó la opinión mayoritaria y sostuvo que la Cláusula de Ciudadanía de la Decimocuarta Enmienda garantiza la ciudadanía a los niños nacidos en Estados Unidos sin importar el estatus migratorio de sus padres. El juez Kavanaugh concurrió en el fallo por motivos legales; los jueces Alito, Thomas y Gorsuch disintieron.
La orden queda sin efecto y no se puede aplicar. La ciudadanía por nacimiento sigue exactamente igual que antes de la orden — conforme a más de un siglo de precedente bajo United States v. Wong Kim Ark (1898).
A quién afecta
Hijos nacidos en EE.UU. cuya madre es inmigrante no autorizada, o con presencia legal solo temporal, y cuyo padre no es ciudadano estadounidense ni residente permanente legal — la categoría a la que la Orden Ejecutiva 14160 habría negado la ciudadanía automática por nacimiento. La Corte Suprema anuló la orden, así que estos niños son ciudadanos estadounidenses al nacer, como antes.
Escala estimada: 260.000 — nacimientos al año en EE.UU. que no habrían calificado para la ciudadanía bajo la OE 14160 (Pew Research).
Cómo llegó hasta aquí
- 20 de ene de 2025 El presidente Trump firma la Orden Ejecutiva 14160, instruyendo a las agencias federales dejar de reconocer la ciudadanía por nacimiento para ciertos niños nacidos en EE.UU.
- 5 de dic de 2025 La Corte Suprema concede certiorari antes del fallo, tomando el caso directamente.
- 1 de abr de 2026 Se realizan los argumentos orales sobre si la OE 14160 cumple con la Cláusula de Ciudadanía de la Decimocuarta Enmienda y 8 U.S.C. § 1401(a).
- 30 de jun de 2026 La Corte Suprema anula la Orden Ejecutiva 14160 por un voto de 6 a 3. El presidente del tribunal, Roberts, redacta la opinión mayoritaria y sostiene que la Cláusula de Ciudadanía de la Decimocuarta Enmienda garantiza la ciudadanía a los niños nacidos en Estados Unidos sin importar el estatus migratorio de sus padres. El juez Kavanaugh concurre en el fallo por motivos legales; los jueces Alito, Thomas y Gorsuch disienten. Se confirma la ciudadanía por nacimiento.
- 6 de ago de 2026 El presidente Trump firma la Orden Ejecutiva 14418, “Continuar protegiendo el significado y el valor de la ciudadanía estadounidense” (publicada el 11 de agosto de 2026 en 91 FR 51991). No reabre Trump v. Barbara. Instruye a las agencias a no emitir ni aceptar documentos de ciudadanía para una persona cuando ninguno de los dos padres es ciudadano estadounidense y aplica una de cuatro categorías: un padre o madre es terrorista extranjero designado o Terrorista Global Especialmente Designado; un padre o madre es empleado de un gobierno extranjero; los padres pagaron por turismo de parto o por un acuerdo de gestación subrogada en EE.UU., o cometieron fraude de ciudadanía; o el nacimiento ocurrió en un territorio de EE.UU. donde la ciudadanía no se otorga por ley. Las agencias tienen 30 días para publicar guía de implementación.
- 2 de sep de 2026 La Corte de Distrito de Estados Unidos para el Distrito de Maryland dicta una orden preliminar en Casa Inc. v. Trump, No. 8:25-cv-00201. La jueza Deborah L. Boardman firma una opinión (ECF 181) y una orden, "granting 178 Motion for Preliminary Injunction; denying as moot 178 Motion for Temporary Restraining Order" (ECF 182). El DHS declara después, en su propia regla, que no la aplicará a ningún miembro de la clase certificada mientras esta orden siga vigente. El texto del expediente no describe el alcance de la orden; la descripción de lo que cubre es del DHS.
- 4 de sep de 2026 El Departamento de Estado publica su plan de implementación propuesto de la OE 14418 (travel.state.gov, U.S. Passports News) y marca su página de la OE 14160 como reemplazada: cuando ninguno de los dos padres es ciudadano estadounidense, debe presentarse con el DS-11 del niño una declaración de cada padre o madre, bajo pena de perjurio, sobre si alguno de los dos cumple alguna de las condiciones de la orden; el personal local de una embajada o consulado que sea nacional del país que envía se lee como empleado de gobierno extranjero, mientras que los nacionales de terceros países y los contratistas generalmente no (caso por caso). Primera guía de una agencia bajo la Sección 3(b). Ese mismo día USCIS anunció la regla interina final del propio DHS sobre la misma categoría, en vigor desde esa fecha e impresa en el Registro Federal el 9 de septiembre; la SSA y el DOJ siguieron en silencio.
- 8 de sep de 2026 El gobierno pide disolver la orden preliminar del 2 de septiembre y, en subsidio, suspenderla (ECF 183), con un memorando de respaldo y la guía del Departamento de Estado como anexo. La moción está pendiente (los demandantes se opusieron el 22 de septiembre de 2026); la exclusión que el DHS hizo para la clase certificada dura solo lo que dure la orden judicial.
- 9 de sep de 2026 El Registro Federal publica la regla interina final del DHS, "Registration of Lawful Permanent Residence for Children Born to Foreign Government Employees in the United States" (documento 2026-18345, RIN 1615-AD24, expediente DHS Docket No. USCIS-2026-0496), que modifica las partes 101 y 264 del título 8 del CFR. En palabras de la regla: "This interim final rule (IFR) is effective on September 4, 2026. This IFR will apply to children born to foreign government employees on or after September 4, 2026; children born to a foreign government employees prior to that date will be treated consistently with the regulations in place at the time of their birth. Comments must be received on or before October 5, 2026." Reemplaza «funcionario diplomático extranjero» por el término más amplio «empleado de gobierno extranjero» (incluye a empleados de embajadas o consulados que son nacionales de ese país y excluye a nacionales de terceros países, contratistas y empleados personales de funcionarios), permite a esos niños registrarse voluntariamente como residentes permanentes legales con el Formulario I-485, y revisa el Formulario G-325R para quienes no lo hagan. No decide la ciudadanía de nadie; Trump v. Barbara no se toca.
- 16 de sep de 2026 El DHS publica una corrección a la regla interina final (documento 2026-18949, 91 FR 58575) que restablece requisitos de prueba del 8 CFR 264.2(c)(2) eliminados sin intención en el texto del 9 de septiembre; vigente desde el 16 de septiembre y aplicable desde el 4 de septiembre de 2026.
- 22 de sep de 2026 Los demandantes presentan su oposición a la moción del gobierno para disolver o suspender la orden preliminar del 2 de septiembre (ECF 188). Al 7 de octubre de 2026 el expediente público no muestra ninguna decisión.
- 5 de oct de 2026 Cierra el periodo de comentarios del expediente USCIS-2026-0496; la regla interina final sigue en vigor.
Qué vigilar a continuación
Las agencias que faltan, y la pelea por la orden judicial. El Departamento de Estado publicó su plan de implementación el 4 de septiembre de 2026 y el DHS publicó su regla interina final el 9 de septiembre (ambas actualizaciones arriba). Al 10 de septiembre de 2026, la Administración del Seguro Social y el Departamento de Justicia no han publicado nada. Tres cosas deciden lo que sigue: si el Distrito de Maryland concede la moción del gobierno del 8 de septiembre para disolver o suspender la orden preliminar del 2 de septiembre en Casa Inc. v. Trump — la exclusión que el DHS hizo para la clase certificada dura exactamente lo que dure esa orden; qué hace el DHS después del plazo de comentarios del 5 de octubre de 2026 en el expediente USCIS-2026-0496; y si la categoría de empleados de gobiernos extranjeros, que tanto el Departamento de Estado como el DHS leen como incluyente del personal consular local que sea nacional del país que envía, sobrevive a la revisión judicial. También sigue abierta la declaración que según el Departamento de Estado debe presentar cada padre o madre con el DS-11 de un niño cuando ninguno es ciudadano, y cualquier modificación del plan, que se llama a sí mismo propuesto y sujeto a cambios.
El fallo en Trump v. Barbara es definitivo y rige en todo el país, y la Orden Ejecutiva 14418 no lo reabre.
Fuentes oficiales
- Opinión de la Corte Suprema (PDF)
- Orden Ejecutiva 14418, 91 FR 51991 (11 de agosto de 2026)
- travel.state.gov — Orden Ejecutiva 14418 (U.S. Passports News, 4 de septiembre de 2026)
- Plan de implementación de la OE 14418 del Departamento de Estado (PDF, 3 páginas, en inglés)
- travel.state.gov — página de la Orden Ejecutiva 14160, marcada como reemplazada por la OE 14418
- Regla interina final del DHS — Registration of Lawful Permanent Residence for Children Born to Foreign Government Employees in the United States (documento 2026-18345, 9 de septiembre de 2026, en inglés)
- Alerta de USCIS — DHS Announces Rule for Certain Children Born in the United States to Foreign Government Employees (4 de septiembre de 2026, en inglés)
- Expediente de Casa Inc. v. Trump, No. 8:25-cv-00201 (D. Md.) en CourtListener (en inglés)
- scotusblog.com
- Expediente en supremecourt.gov
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