“Metering” de asilo en la frontera

Estado: Decidido — Mullin v. Al Otro Lado (No. 25-5)

Decidido 6-3 (25 de junio de 2026) — la Corte Suprema sostuvo que una persona parada del lado mexicano de un puerto de entrada no ha "llegado a Estados Unidos" y no puede invocar el derecho legal a solicitar asilo; el "metering" de CBP queda confirmado. El Noveno Circuito fue revertido y el caso devuelto.

Próximo paso: Devolución al Noveno Circuito para procedimientos adicionales conforme a la opinión (sin fecha fijada).

Verificado contra la fuente primaria al 2026-07-25 — el estado puede cambiar con un solo fallo judicial. Fuente oficial.

Qué está pasando

Decidido 6-3 (25 de junio de 2026) — la Corte Suprema sostuvo que una persona parada del lado mexicano de un puerto de entrada no ha “llegado a Estados Unidos” y no puede invocar el derecho legal a solicitar asilo; el “metering” de CBP queda confirmado. El Noveno Circuito fue revertido y el caso devuelto.

A quién afecta

Solicitantes de asilo ubicados físicamente del lado mexicano de los puertos de entrada de la frontera sur que aún no han cruzado a territorio estadounidense: bajo este fallo no han “llegado a Estados Unidos” y no pueden invocar el derecho legal a solicitar asilo, así que CBP puede rechazarlos mediante el “metering”. Las personas que ya cruzaron y están presentes en EE.UU. conservan la posibilidad legal de solicitar asilo y no perdieron ese derecho con esta decisión.

Cómo llegó hasta aquí

  1. nov de 2016 El DHS/CBP comenzó la política de "metering" — limitando el número de migrantes inspeccionados y admitidos para solicitar asilo cada día en los puertos del sur, rechazando a otros antes de cruzar.
  2. 25 de jun de 2026 La Corte Suprema decide 6-3 (Alito) que un extranjero parado en México no "llega a Estados Unidos" al intentar y no lograr pisar el país; se confirma el "metering". El Noveno Circuito es revertido. Sotomayor disiente (con Kagan y Jackson); Jackson presenta una disidencia separada.

Qué vigilar a continuación

Devolución al Noveno Circuito para procedimientos adicionales conforme a la opinión (sin fecha fijada).

Fuentes oficiales

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Esta página es información general sobre litigios en curso, no asesoría legal. El estado de un caso puede cambiar con un solo fallo y los resultados pueden depender de hechos específicos de cada persona. Para asesoría sobre una situación específica, consulte a un abogado de inmigración con licencia o a un representante acreditado por el DOJ.