Un tribunal anula las pausas de USCIS en asilo y beneficios (39 países)

Estado: Decidido — Dorcas International Institute of Rhode Island v. U.S. Citizenship and Immigration Services (D.R.I. No. 1:26-cv-00132-JJM-PAS (on appeal: 1st Cir. No. 26-1703))

El 5 de junio de 2026, el Tribunal de Distrito de EE.UU. para el Distrito de Rhode Island falló a favor de los demandantes y declaró ilegales cuatro políticas de USCIS bajo la Ley de Procedimiento Administrativo (APA): la pausa global de asilo, la pausa de beneficios, la re-revisión integral y la política de factores por país de origen (PM 602-0192, PM 602-0194 y PA 2025-26). El tribunal las anuló y dejó sin efecto las cuatro. La sentencia final se dictó el 11 de junio de 2026, por lo que la anulación rige de inmediato y en toda la agencia, y USCIS anunció que la está cumpliendo: las pausas ya no están vigentes. El 12 de junio de 2026 el gobierno presentó un aviso de apelación ante el Primer Circuito (No. 26-1703) y el 19 de junio pidió al tribunal de distrito suspender (pausar) su fallo durante la apelación; la respuesta de los demandantes vencía el 6 de julio de 2026. Al 16 de julio de 2026 no se ha concedido ninguna suspensión, por lo que las políticas siguen anuladas. El tribunal negó la solicitud de una orden judicial permanente y no resolvió los reclamos constitucionales.

Próximo paso: El plazo del 6 de julio de 2026 para la respuesta de los demandantes ya venció y, al 16 de julio de 2026, el tribunal de distrito no ha concedido ninguna suspensión — la alerta de USCIS 'Court Order on Hold Policies' (actualizada por última vez el 12 de junio de 2026) confirma que está cumpliendo y tratando las cuatro políticas como no vigentes. Si más adelante se concede una suspensión, USCIS podría volver a pausar las adjudicaciones afectadas. Por separado, la apelación continúa en el Primer Circuito (No. 26-1703).

Verificado contra la fuente primaria al 2026-07-25 — el estado puede cambiar con un solo fallo judicial. Fuente oficial.

Qué está pasando

El 5 de junio de 2026, el Tribunal de Distrito de EE.UU. para el Distrito de Rhode Island falló a favor de los demandantes y declaró ilegales cuatro políticas de USCIS bajo la Ley de Procedimiento Administrativo (APA): la pausa global de asilo, la pausa de beneficios, la re-revisión integral y la política de factores por país de origen (PM 602-0192, PM 602-0194 y PA 2025-26). El tribunal las anuló y dejó sin efecto las cuatro. La sentencia final se dictó el 11 de junio de 2026, por lo que la anulación rige de inmediato y en toda la agencia, y USCIS anunció que la está cumpliendo: las pausas ya no están vigentes. El 12 de junio de 2026 el gobierno presentó un aviso de apelación ante el Primer Circuito (No. 26-1703) y el 19 de junio pidió al tribunal de distrito suspender (pausar) su fallo durante la apelación; la respuesta de los demandantes vencía el 6 de julio de 2026. Al 16 de julio de 2026 no se ha concedido ninguna suspensión, por lo que las políticas siguen anuladas. El tribunal negó la solicitud de una orden judicial permanente y no resolvió los reclamos constitucionales.

A quién afecta

Personas de 39 países sujetos a la “prohibición de viaje” — que incluyen a grandes comunidades cubana, haitiana y venezolana — cuyas solicitudes de green card (ajuste de estatus), permiso de trabajo (EAD), naturalización y otros beneficios de USCIS estaban congeladas, además de cualquier persona con un caso pendiente de asilo o de retención de expulsión, ya que esa pausa se aplicaba sin importar la nacionalidad. Con las políticas anuladas, USCIS vuelve a emitir decisiones sobre estas solicitudes y ya no re-revisa los casos ya aprobados ni considera el país de origen como un factor negativo automático. Esto restablece el trámite normal; no cambia quién califica para ningún beneficio.

Cómo llegó hasta aquí

  1. 2 de dic de 2025 USCIS emite el memorando de política PM 602-0192, que impone una pausa indefinida a todas las solicitudes pendientes de asilo y de retención de expulsión (sin importar la nacionalidad) y a las solicitudes de beneficios de nacionales de países designados 'de alto riesgo', y ordena re-revisar los casos ya aprobados.
  2. 16 de dic de 2025 La Proclamación 10998 amplía la lista de restricción de viaje a 39 países — incluidos Cuba, Haití y Venezuela — la lista que USCIS usó para la pausa de beneficios y el factor negativo por país de origen.
  3. 5 de jun de 2026 El juez presidente John J. McConnell, Jr. falla a favor de los demandantes, declara ilegales las cuatro políticas impugnadas bajo la APA, y las anula y deja sin efecto; niega una orden judicial permanente.
  4. 11 de jun de 2026 El tribunal dicta la sentencia final; la anulación entra en vigor de inmediato y en toda la agencia, y USCIS anuncia que la cumple y reanuda las adjudicaciones.
  5. 19 de jun de 2026 Tras presentar su aviso de apelación ante el Primer Circuito el 12 de junio (No. 26-1703), el gobierno pide al tribunal de distrito suspender su fallo durante la apelación; al 16 de julio de 2026 no se ha concedido ninguna suspensión.

Qué vigilar a continuación

El plazo del 6 de julio de 2026 para la respuesta de los demandantes ya venció y, al 16 de julio de 2026, el tribunal de distrito no ha concedido ninguna suspensión — la alerta de USCIS ‘Court Order on Hold Policies’ (actualizada por última vez el 12 de junio de 2026) confirma que está cumpliendo y tratando las cuatro políticas como no vigentes. Si más adelante se concede una suspensión, USCIS podría volver a pausar las adjudicaciones afectadas. Por separado, la apelación continúa en el Primer Circuito (No. 26-1703).

Fuentes oficiales

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