Pacito contra Trump: demanda contra la suspensión de admisiones de refugiados (USRAP)
Estado: Parcialmente bloqueada — Pacito v. Trump (9th Cir. Nos. 25-1313 & 25-1939; W.D. Wash. No. 2:25-cv-00255)
El 5 de marzo de 2026, un panel de tres jueces del Noveno Circuito (opinión del juez Bybee, acompañado por el juez Clifton; el juez Lee concurrió en parte y disintió en parte) emitió una decisión mixta sobre los mandatos judiciales preliminares. Sostuvo que el Presidente probablemente tenía autoridad legal bajo 8 U.S.C. sección 1182(f) para suspender la entrada de refugiados conforme a la Orden Ejecutiva 14163 y para pausar las decisiones sobre solicitudes pendientes, y revocó los mandatos del tribunal de distrito en la medida en que bloqueaban esas medidas. Al mismo tiempo, confirmó el mandato que obliga al gobierno a seguir brindando los servicios de reasentamiento nacional (recepción y ubicación) exigidos por ley a los refugiados ya admitidos, al concluir que su cancelación era probablemente ilegal y arbitraria y caprichosa bajo la Ley de Procedimiento Administrativo. El resultado es un bloqueo parcial: la suspensión de admisiones puede continuar, pero el gobierno debe mantener los servicios de reasentamiento nacional. La demanda de fondo continúa en el tribunal de distrito.
Próximo paso: Está programado un juicio de fondo (sin jurado) para el 8 de septiembre de 2026 en el Tribunal de Distrito de EE.UU. para el Distrito Oeste de Washington.
Verificado contra la fuente primaria al 2026-07-25 — el estado puede cambiar con un solo fallo judicial. Fuente oficial.
Qué está pasando
El 5 de marzo de 2026, un panel de tres jueces del Noveno Circuito (opinión del juez Bybee, acompañado por el juez Clifton; el juez Lee concurrió en parte y disintió en parte) emitió una decisión mixta sobre los mandatos judiciales preliminares. Sostuvo que el Presidente probablemente tenía autoridad legal bajo 8 U.S.C. sección 1182(f) para suspender la entrada de refugiados conforme a la Orden Ejecutiva 14163 y para pausar las decisiones sobre solicitudes pendientes, y revocó los mandatos del tribunal de distrito en la medida en que bloqueaban esas medidas. Al mismo tiempo, confirmó el mandato que obliga al gobierno a seguir brindando los servicios de reasentamiento nacional (recepción y ubicación) exigidos por ley a los refugiados ya admitidos, al concluir que su cancelación era probablemente ilegal y arbitraria y caprichosa bajo la Ley de Procedimiento Administrativo. El resultado es un bloqueo parcial: la suspensión de admisiones puede continuar, pero el gobierno debe mantener los servicios de reasentamiento nacional. La demanda de fondo continúa en el tribunal de distrito.
A quién afecta
Los refugiados que ya llegaron a Estados Unidos, en especial quienes fueron reasentados en los últimos 90 días, conservan el derecho a los servicios nacionales de recepción y ubicación (ayuda con vivienda, asistencia en efectivo, gestión de casos) que el tribunal preservó. Los refugiados aprobados antes de la suspensión pero que aún no habían entrado por lo general no pueden completar su viaje mientras siga la pausa de admisiones. También se ven afectados los peticionarios en Estados Unidos dentro del proceso de reunificación familiar Follow-to-Join (Formulario I-730) y las tres clases certificadas en el caso. Esta es una decisión sobre mandatos preliminares, no una decisión final sobre la legalidad del programa.
Cómo llegó hasta aquí
- 20 de ene de 2025 El presidente Trump firma la Orden Ejecutiva 14163, "Realineación del Programa de Admisiones de Refugiados de Estados Unidos", que suspende la entrada de refugiados bajo el USRAP a partir del 27 de enero de 2025.
- 10 de feb de 2025 Se presenta la demanda en el Distrito Oeste de Washington por agencias de reasentamiento de refugiados y refugiados individuales que impugnan la suspensión.
- 28 de feb de 2025 El tribunal de distrito concede un primer mandato judicial preliminar que bloquea la aplicación de la suspensión de admisiones de refugiados.
- 24 de mar de 2025 El tribunal de distrito concede un segundo mandato judicial preliminar que ordena al gobierno restaurar los acuerdos de cooperación y el financiamiento de reasentamiento que había cancelado.
- 12 de sep de 2025 El Noveno Circuito emite una opinión provisional que suspende ambos mandatos preliminares mientras se resuelve la apelación.
- 5 de mar de 2026 El Noveno Circuito confirma en parte y revoca en parte: mantiene la autoridad presidencial para suspender las admisiones de refugiados, pero exige que el gobierno continúe los servicios de reasentamiento nacional (recepción y ubicación) para los refugiados ya admitidos.
- 8 de sep de 2026 Juicio de fondo (sin jurado) programado en el Tribunal de Distrito de EE.UU. para el Distrito Oeste de Washington.
Qué vigilar a continuación
Está programado un juicio de fondo (sin jurado) para el 8 de septiembre de 2026 en el Tribunal de Distrito de EE.UU. para el Distrito Oeste de Washington.
Fuentes oficiales
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