Carta de no objeción argentina (J-1): USD 40, por correo a Washington
La carta de no objeción es la nota con la que el Gobierno argentino expresa que no se opone a que se levante la condición de regresar al país durante dos años que, según la Embajada argentina, se impone a quienes obtienen una visa de intercambio educacional y cultural (J-1) o de estudiante (F-1) «según lo establecido en la sección 212 (e)» de la ley de inmigración de EE. UU. En Estados Unidos la tramita la Embajada argentina en Washington D.C. (el Consulado en Chicago remite allí a los interesados), por correo postal: se envía un formulario firmado ante notario con carácter de declaración jurada y copias de los documentos, se paga un arancel de USD 40 solo con tarjeta, y la Embajada estima 30 días hábiles desde que recibe el sobre (consultado el 3 de octubre de 2026). Esta página explica cómo emite Argentina la carta; no describe ni evalúa el trámite que se sigue ante las autoridades de EE. UU.
Datos clave
| Dato | Detalle (Embajada en Washington, consultado el 3 de octubre de 2026) |
|---|---|
| Quién la emite | Embajada de la República Argentina en Washington, Sección Consular |
| Otros consulados | El Consulado en Chicago remite el trámite y las consultas a la Embajada |
| Modalidad | Por correo postal, en sobre cerrado |
| Formulario | Formulario adjunto a la página de la Embajada, con carácter de declaración jurada, firmado ante notario público |
| Arancel | USD 40, solo tarjeta de débito o crédito |
| Plazo estimado | 30 días hábiles desde que la Sección Consular recibe la documentación |
| Resultado | En los casos que corresponda, nota de no objeción al Departamento de Estado con copia electrónica al solicitante |
| Consultas | consular@embassyofargentina.us |
Cuándo la pide la Embajada
La página de la Embajada en Washington (actualizada el 27/04/2026) se dirige a quien recibió de las autoridades estadounidenses la indicación de que, para cambiar su estatus migratorio en el país, necesita una carta de no objeción del Gobierno argentino. Esta guía no explica quién debe pedirla ni qué decide EE. UU. con ella. Para su caso concreto, consulte a un abogado de inmigración: vea ayuda legal pro bono.
Documentos
Junto con el formulario, la Embajada pide enviar en sobre cerrado copias de:
- La página principal del pasaporte argentino válido y vigente. Quienes fueron residentes legales extranjeros en la Argentina envían la del pasaporte extranjero.
- Una foto tipo pasaporte, de frente, con fondo blanco.
- Las visas estadounidenses J-1 o F-1 que le hayan otorgado.
- Los formularios DS-2019 que firmó al obtener cada visa.
- La página titulada «THIRD PARTY BARCODE PAGE», que contiene el número del caso iniciado ante el Departamento de Estado (Waiver Case Number).
- Si el programa tuvo financiamiento estatal: cuando los estudios o la capacitación en EE. UU. se financiaron parcial o totalmente, directa o indirectamente, con fondos del Gobierno argentino o del de EE. UU., notas de las entidades patrocinantes en las que declaren que usted no les debe dinero (constancia de libre deuda) y que no tienen objeciones a que no regrese a la Argentina al terminar sus actividades para cumplir el requisito de residencia de dos años.
Paso a paso
- Descargue el formulario de la página de la Embajada y fírmelo ante notario público: tiene carácter de declaración jurada.
- Reúna las copias de la lista anterior.
- Envíe todo por correo postal, en sobre cerrado, a la dirección que publica la Embajada: Embassy of the Argentine Republic, Consular Section, Att.: Cartas de No Objeción, 1600 New Hampshire Ave. NW, Washington D.C., 20009.
- Pague USD 40 con tarjeta de débito o crédito. La Embajada indica que, «De resultar procedente su caso», le facilitará un enlace de pago electrónico.
- Espere la verificación: la Embajada estima 30 días hábiles desde que recibe la documentación.
- Resultado: según la Embajada, una vez procesadas las expresiones de no objeción, envía al Departamento de Estado, «en los casos que corresponda», una nota de no objeción con copia electrónica al solicitante.
Lo que descartan las páginas oficiales
- Tramitarla en el Consulado en Chicago: el Consulado en Chicago indica que los interesados deben hacer el trámite y dirigir todas las consultas a la Embajada en Washington (su página está fechada el 23/05/2017).
- Pagar en efectivo o con cheque: la Embajada publica el arancel como pagadero «mediante tarjeta de débito o crédito únicamente».
Su estatus migratorio en EE. UU.
Este trámite está ligado a una visa de EE. UU. y a un caso abierto ante el Departamento de Estado, por eso la Embajada pide las visas, los DS-2019 y el Waiver Case Number. La carta expresa solo la posición del Gobierno argentino; la Embajada la envía al Departamento de Estado «en los casos que corresponda». Esta página no evalúa situaciones individuales: un abogado de inmigración puede revisar su caso.
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Fuentes oficiales
- Embajada en Washington — Carta de No Objeción: requisitos, modalidad y costos (actualizada el 27/04/2026): https://eeeuu.cancilleria.gob.ar/es/requisitos-modalidad-y-costos-de-tramitaci%C3%B3n-carta-de-no-objeci%C3%B3n
- Consulado en Chicago — Carta de No Objeción (actualizada el 23/05/2017): https://cchic.cancilleria.gob.ar/es/content/carta-de-no-objeci%C3%B3n
Última verificación: 2026-10-03. Información procedimental general con propósito educativo. El arancel, el plazo y los requisitos los fija la Embajada argentina y pueden cambiar. Verifique directamente con la Sección Consular de la Embajada argentina en Washington. Esta página no describe el trámite ante las autoridades de EE. UU. No es asesoría legal.