Argentino fallecido en EE. UU.: inscripción de defunción y traslado de restos

Cuando una persona argentina muere en Estados Unidos, el consulado argentino de la jurisdicción donde ocurrió el fallecimiento puede inscribir la defunción en el registro civil argentino. El Consulado en Los Ángeles explica que esa inscripción «es un requisito previo para obtener la partida argentina de defunción y eventualmente tramitar la baja de un beneficio (jubilación o pensión)». Se presenta el certificado de defunción de EE. UU. con Apostilla de La Haya y traducción, el DNI original de la persona fallecida y un arancel de 40 dólares (Los Ángeles y Atlanta, consultado el 3 de octubre de 2026). El traslado del cuerpo o las cenizas es otro trámite: lo coordinan la familia, la funeraria y la aerolínea; el consulado no otorga permisos ni paga la repatriación.

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Datos clave

DatoDetalle (consultado el 3 de octubre de 2026)
Dónde se inscribeEn el consulado de la jurisdicción donde ocurrió la muerte
Arancel40 dólares (Los Ángeles; Atlanta en money order a nombre de «Consulate of Argentina in Atlanta»); Chicago: USD 40 por cada 25 renglones del acta
Cómo se presentaEn persona o por correo postal (Los Ángeles, Atlanta)
PlazoUnas dos semanas (Los Ángeles); aproximadamente tres semanas (Atlanta)
Partida definitivaLa expide en formato digital el Registro Civil de la Ciudad de Buenos Aires (Miami, Atlanta)
Traslado de restosLo coordinan la familia, la funeraria y la aerolínea; el consulado no da permisos ni paga

La base del arancel es el Decreto 266/2000 de aranceles consulares, que fija la Unidad Consular en un dólar estadounidense y cobra 40 unidades por partida de nacimiento, matrimonio o defunción, «por cada 25 renglones o fracción».

Primer paso: avisar al consulado

Varios consulados recomiendan informar el fallecimiento a la sede de la jurisdicción. Los contactos que publican:

SedeContacto publicadoActualización
Nueva York(212) 603-042323/03/2026
Miami(305) 373-188916/07/2026
Chicago (emergencias)(312) 909-030819/12/2017

Para saber qué consulado corresponde al lugar del fallecimiento, vea el directorio de consulados de Argentina en EE. UU. o consulados por estado.

Inscripción de la defunción: documentos

La lista del Consulado en Los Ángeles (actualizada el 9 de marzo de 2026):

DocumentoDetalle
Certificado de defunción de EE. UU.Con Apostilla de La Haya y traducción hecha por un traductor profesional
DNI original de la persona fallecidaNo se devuelve: el Consulado debe enviarlo al RENAPER
Identificación de quien hace el trámiteCopia de su DNI o pasaporte
Datos de contactoUna hoja con los datos de quien solicita
Arancel40 dólares, por alguno de los medios de pago que admite el Consulado

Atlanta (09/09/2025) pide lo mismo, con dos precisiones: el pago es un money order por 40 dólares a nombre de «Consulate of Argentina in Atlanta», y si la fallecida figura en el certificado estadounidense con un apellido de casada distinto del de soltera, se agrega el certificado de matrimonio apostillado y traducido. Para recibir por correo el certificado argentino, Atlanta pide un sobre prepago.

El Consulado en Nueva York pide un ejemplar de la partida de defunción con Apostilla de La Haya, que queda en sus registros, y explica que la inscripción consular «reviste utilidad a fin de realizar trámites sucesorios y previsionales en la República Argentina». Chicago (26/11/2025) pide el documento original con apostilla, su traducción y el DNI del solicitante, con domicilio en la jurisdicción.

El consulado no consigue el certificado estadounidense: «El Consulado General no está habilitado por la ley local para obtener esos certificados» (Atlanta). Lo obtienen los interesados directamente de la autoridad estadounidense que lo emite (Atlanta); vea actas vitales por estado. La apostilla de ese certificado la pone la autoridad estadounidense; vea apostillar un documento en EE. UU.

El nombre debe coincidir exactamente con el DNI

Es el motivo de rechazo que los consulados destacan:

  • «El nombre de la persona fallecida debe aparecer en el certificado estadounidense de defunción exactamente igual que en su DNI argentino» (Los Ángeles).
  • «No se aceptarán certificados estadounidenses que usen una letra inicial de “middle name”, o de cualquier otra parte del nombre» (Los Ángeles). Nueva York y Miami dicen lo mismo: sin iniciales ni abreviaturas.
  • Apellido de casada: Los Ángeles indica salvar la diferencia en el mismo certificado con el campo AKA («also known as») o similar; Atlanta, consignando el nombre original en el campo «Maiden name» y agregando el certificado de matrimonio.
  • Si hay diferencias, se pide una enmienda al organismo que emitió el certificado (Nueva York, Atlanta).

Paso a paso

  1. Verifique el nombre en el certificado de defunción de EE. UU. contra el DNI argentino y pida la enmienda si hace falta.
  2. Apostille y traduzca el certificado.
  3. Reúna el DNI original de la persona fallecida, su propia identificación y la hoja de contacto.
  4. Envíe una copia escaneada al consulado para que la verifique, si su sede lo ofrece (Los Ángeles lo sugiere; Miami y Atlanta piden empezar por correo electrónico).
  5. Presente los originales en persona o por correo postal (Atlanta: Departamento de Opciones, días hábiles de 9 a 12 horas) y pague el arancel.
  6. Reciba el certificado o la inscripción. Los Ángeles: «la inscripción estará lista en un plazo estimado de dos semanas» desde que se recibe y verifica la documentación; Atlanta: «aproximadamente 3 semanas».
  7. Espere la partida definitiva. «Cuando el Registro Civil de la Ciudad de Buenos Aires cumplimente la inscripción en sus registros, expedirá la Partida de Defunción Definitiva (formato digital)» y la remite al consulado, que se la envía (Miami; Atlanta dice lo mismo).
  8. Presente la partida ante ANSES, si la persona cobraba una jubilación o pensión: «La partida argentina de defunción debe ser presentada por la persona interesada a ANSES para tramitar la baja del beneficio» (Los Ángeles).

Alternativa en Argentina: el Consulado en Los Ángeles indica que la misma documentación puede presentarse directamente en Argentina ante el Registro Civil, el RENAPER y ANSES, y sugiere consultar a un gestor allí.

Traslado del cuerpo o de las cenizas a Argentina

El papel del consulado es limitado:

  • «El Consulado General no otorga permisos para el repatrio de restos humanos a Argentina. Los deudos o personas responsables deben coordinar el embarque con la casa funeraria y la aerolínea directamente» (Nueva York, 23/03/2026).
  • «El Consulado no otorga permisos, ni afronta gastos para el repatrio» (Miami). La Embajada en Washington incluye «Abonar costos de repatrios de cenizas o restos mortales» entre lo que no es competencia del cónsul.
  • El Consulado en Los Ángeles «no tiene intervención en el eventual traslado».

Documentos que publican los consulados:

TrasladoDocumentos (Nueva York)Lo que agregan otras sedes
Cuerpo(1) Certificado de defunción. (2) Certificación de que la persona no padecía enfermedades infectocontagiosas, de la autoridad sanitaria local. (3) Certificado de la funeraria de que el cuerpo fue preparado según las normas del transporte internacional y colocado en un contenedor de metal herméticamente selladoAtlanta y Miami: certificado de quien preparó el cuerpo, y el de no enfermedades infectocontagiosas se presenta ante la Dirección de Sanidad en Fronteras. Chicago: certificado de embalsamamiento notarizado con apostilla
Cenizas(1) Certificado de defunción. (2) Certificado de cremación que indique que la urna contiene solo cenizas humanas y el nombre de la personaAtlanta: certificado de embarque de la oficina de Sanidad de Frontera del aeropuerto de origen, de corresponder

En todos los casos: «Toda la documentación debe llevar la “Apostille” de la Convención de La Haya» (Nueva York). Los Ángeles agrega que debe estar «traducida al español». Nueva York aclara que el consulado no necesita intervenir esos documentos, que se tramitan con la funeraria. Atlanta y Miami recomiendan consultar con anticipación a la aerolínea si las cenizas pueden viajar como equipaje acompañado.

Dos precisiones adicionales de la página de Los Ángeles sobre traslado de restos (consultado el 17 de octubre de 2026):

  • Para un cuerpo, el certificado de la funeraria debe indicar también que el contenedor de metal herméticamente sellado está colocado dentro de otro contenedor adecuado para el transporte.
  • Para cenizas, el certificado de cremación debe ser expedido por el crematorio.

Quién puede hacer el trámite

Las listas consulares piden la copia del DNI o pasaporte de quien solicita (Los Ángeles, Atlanta) y, en Miami y Atlanta, aceptan el documento de identidad extranjero si quien lo pide no es argentino. Ninguna de las páginas consultadas pide documentos migratorios de EE. UU. a la persona que hace el trámite.

Información relacionada

Fuentes oficiales


Última verificación: 2026-10-17. Información procedimental general con propósito educativo. Los aranceles, plazos y requisitos de cada consulado pueden cambiar. Verifique directamente con el consulado argentino de la jurisdicción donde ocurrió el fallecimiento. No es asesoría legal.