Poder notarial de Argentina en un consulado de EE.UU.
Un poder autoriza a otra persona — su apoderado — a actuar en su nombre en la Argentina. Los consulados argentinos en EE. UU. cumplen funciones notariales: usted firma el poder ante el cónsul y se puede usar en la Argentina «sin necesidad de posterior legalización o apostillado del poder» (Consulado en Los Ángeles). Las páginas de los consulados (consultadas el 3 de octubre de 2026) describen un trámite que empieza por los documentos: un abogado o escribano en la Argentina redacta el texto, usted lo envía por correo al consulado, el consulado calcula el arancel según la extensión y le da una fecha para firmar.
Poderes generales y especiales
El Consulado en Houston publica sus «REQUISITOS PARA PODERES GENERALES Y ESPECIALES». El contenido del poder — qué puede hacer el apoderado — sale de la minuta que prepara su abogado o escribano en la Argentina. Houston da como ejemplo de lo que debe indicar la minuta el «Objeto del poder (por ejemplo, si se trata de un poder de venta de un inmueble, información catastral del bien)».
Aranceles por consulado
| Consulado | Arancel publicado | Pago | Página actualizada |
|---|---|---|---|
| Nueva York | Escritura USD 40 por cada 25 renglones + testimonio USD 40 por cada 25 renglones | Tarjeta de débito o money order | 29/05/2026 |
| Houston | USD 40 por cada 25 renglones o fracción; «un poder implica la emisión de dos documentos, ambos sujetos al pago del arancel» | No se indica en la página | 29/01/2026 |
| Miami | Escritura USD 40 por página de 25 renglones + testimonio USD 40; tabla con precio de tarjeta: 83,20 por actos notariales c/ 25 renglones; 41,60 por testimonio solo | Crédito, débito o Apple Pay | 05/01/2026 |
| Los Ángeles | USD 80 por cada 25 renglones o fracción | Medios de pago admitidos (enlazados por el consulado) | 24/10/2024 |
| Atlanta | USD 80 por cada 25 renglones o fracción, «incluyendo el primer testimonio» | — | 03/12/2025 |
| Chicago | U$S 80 por cada 25 renglones o fracción, incluyendo el primer testimonio | — | 26/11/2025 |
Atlanta y Chicago: «El valor total dependerá de la extensión y le será informado por correo electrónico una vez que usted haya remitido el contenido o minuta del poder». Ninguna página consular que leímos acepta efectivo.
Documentos requeridos
Lo que piden Los Ángeles, Atlanta y Chicago (Houston y Miami son parecidos, con las diferencias indicadas):
- Su documento: «Original del DNI (si el solicitante es argentino) o pasaporte (si el solicitante es extranjero), idéntico al que figurará en el poder». Nueva York recomienda el DNI «o en su defecto el Pasaporte Argentino vigente» y exige que el documento consignado en el texto sea el mismo que presente al firmar.
- Copia del DNI del apoderado.
- La minuta, «proporcionado al solicitante por su abogado o escribano en la Argentina», con membrete y datos de contacto del estudio o escribanía, donde figure su domicilio en la jurisdicción del consulado. Houston: «La minuta debe ser enviada directamente por el escribano», en formato Word. Nueva York la incluye «A modo de recomendación».
- Copia de la escritura o título si el poder menciona un inmueble o vehículo registrable.
- Sus datos de contacto (domicilio, teléfono, email).
- Solo Miami: planilla de datos personales completa y «Constancia de CUIL/CUIT del poderdante/s y apoderado/s».
- Solo Houston: el día de la firma, su DNI formato tarjeta «con constancia de domicilio actual».
Quién puede firmar: Nueva York exige ser mayor de 18 años y residir en su jurisdicción o estar de tránsito en ella; Houston y Miami también exigen 18 años.
Proceso paso a paso
- Pida la minuta a su abogado o escribano en la Argentina en un archivo editable tipo Word.
- Envíe documentos y minuta por correo a su consulado — Nueva York fzc@mrecic.gov.ar; Los Ángeles nacionalidad_clang@cancilleria.gob.ar; Atlanta notarial_catla@mrecic.gob.ar; Chicago visaschicago@mrecic.gob.ar; Miami notariales_cmiam@mrecic.gov.ar; Houston podereshouston@mrecic.gov.ar (la minuta la envía el escribano). Miami: «EL TRÁMITE SÓLO INICIARÁ UNA VEZ QUE EL INTERESADO ENVIE TODA LA DOCUMENTACION REQUERIDA».
- Espere la respuesta del consulado con el monto y la cita — Los Ángeles «determinará en base a la longitud del poder el monto a abonar, y le responderá con una cita».
- Firme ante el cónsul en la fecha acordada, con el documento original que figura en el poder, y pague.
- Reciba el poder: «El Consulado entregará en el acto el poder en papel (en forma de testimonio), y en 48 horas enviará por email un PDF con el poder y la habilitación de firma del cónsul» (Los Ángeles); Atlanta y Chicago dicen «48 horas hábiles». Los Ángeles describe la copia electrónica como «para su uso inmediato en la Argentina».
Apostilla: no aplica a los poderes firmados en el consulado
Nueva York: «Los poderes o actas notariales otorgados ante el Consulado no requieren del sello de la Apostilla de La Haya. La legalización de la firma del funcionario consular se efectúa de modo virtual, entregándose el testimonio del acta notarial perfeccionado el mismo día de la firma». Los documentos emitidos en sede consular «no pueden ser apostillados» (Nueva York).
La alternativa del notario de EE. UU.: Nueva York y Los Ángeles indican que un poder firmado ante un notary public estadounidense vale en la Argentina con la Apostilla de La Haya. Esa apostilla se tramita del lado estadounidense — vea el proceso de apostilla para documentos de EE. UU.
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Fuentes autoritativas
- Consulado General en Nueva York — Tramitación de poderes
- Consulado General en Los Ángeles — Poderes
- Consulado General en Miami — Poderes notariales
- Consulado General en Houston — Poderes notariales
- Consulado General en Chicago — Poderes
- Consulado General en Atlanta — Poderes
- Convención de Viena sobre Relaciones Consulares (1963) — funciones notariales consulares
Última verificación: 2026-10-03. Información procedimental general con propósito educativo. Los requisitos de poder notarial varían por consulado y por tipo de trámite, y cambian periódicamente. Verifique directamente con el consulado de Argentina y, para el contenido del poder, con su abogado o escribano en la Argentina. No es asesoría legal.