Copia del registro civil colombiano desde EE. UU.: US$10.94

El registro civil colombiano (de nacimiento, matrimonio o defunción) lo lleva la Registraduría Nacional del Estado Civil, y los consulados lo inscriben cuando el hecho ocurre en el exterior. La regla que más confunde: un consulado de Colombia solo expide copias de los registros que él mismo inscribió. Si su registro se hizo en Colombia o en otro consulado, la copia se pide en la oficina de origen. La copia física cuesta US $10.94 en el exterior (tabla de la Registraduría vigente desde el 1 de marzo de 2026, consultada el 3 de octubre de 2026). Para presentar la copia ante una autoridad fuera de Colombia, la Cancillería tiene una ruta de apostilla en línea que depende de quién expidió la copia.

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Datos clave

DatoDetalle (consultado el 3 de octubre de 2026)
Quién lleva el registroRegistraduría Nacional del Estado Civil; los consulados inscriben los hechos ocurridos en el exterior
Dónde se pide la copiaSolo en el consulado que hizo la inscripción; si se inscribió en Colombia, en la oficina de origen (Registraduría)
Costo de la copia física en el exteriorUS $10.94 (Registraduría, Res. 1500 de 2026; Cancillería; Consulado en Newark)
Copia en líneaUS $18.85 en la tabla de la Registraduría (canal no descrito aquí, ver abajo)
CitaEl Consulado en Nueva York atiende el registro civil con cita previa
Apostilla de la copiaEn línea en la Cancillería, USD $11.0 en el exterior

Dónde se pide: la regla del consulado de origen

La Cancillería lo dice sin rodeos: la persona en el exterior que necesite una copia de un registro civil inscrito fuera de Colombia «podrá solicitarla exclusivamente ante el mismo consulado de Colombia donde se efectuó la inscripción original», y «no es procedente la expedición de copias en consulados distintos al que realizó la inscripción».

La Registraduría añade el caso contrario: si la inscripción se hizo en Colombia o en otro consulado, «la copia solo podrá solicitarse en la respectiva oficina de origen y, excepcionalmente, en otras oficinas autorizadas». Para los registros antiguos de tomo y folio, la Registraduría precisa que solo se pueden consultar en la oficina donde fueron inscritos.

Dónde se inscribió el registroDónde se pide la copia
En un consulado de Colombia en EE. UU.En ese mismo consulado
En otro consulado (de cualquier país)En el consulado que lo inscribió
En una registraduría o notaría de ColombiaEn la oficina de origen o, excepcionalmente, en otras oficinas autorizadas (Registraduría)
Registro de tomo y folioSolo en la oficina donde se inscribió

Qué datos necesita

Para pedir la copia en un consulado, la Cancillería pide indicar:

  • en qué consulado se hizo la inscripción;
  • el indicativo serial;
  • el número único de identificación personal (NUIP), o el número de cédula del cónyuge (matrimonio) o del fallecido (defunción), según corresponda.

Para las oficinas en Colombia, la Registraduría pide los nombres y apellidos del solicitante y el número de tomo, folio, serial y fecha de la inscripción, y el pago de los derechos del trámite.

Quién puede pedirla

  • Registro de nacimiento de un menor: según la Cancillería, solo el padre, la madre o el representante legal, o un tercero que ellos autoricen «mediante poder debidamente reconocido ante notario o cónsul colombiano». Si necesita otorgar ese poder desde EE. UU., vea poder notarial de Colombia en un consulado.
  • Registros con datos sensibles: la Registraduría indica que si el registro contiene datos como los relacionados con adopción, cambio de género o inscripción de personas intersexuales, la copia solo se expide al titular, sus causahabientes, sus representantes legales, entidades públicas en ejercicio de sus funciones (por orden judicial) o terceros autorizados por el titular o por la ley.

Costo y formas de pago

La copia física cuesta US $10.94 en el exterior según la tabla de la Registraduría (Resolución 1500 del 11 de febrero de 2026, vigente desde el 1 de marzo de 2026). La página de la Cancillería muestra el mismo valor (USD $10,94) y el Consulado en Newark lista «Copia de Registro Civil del Consulado $10.94».

La página de la Cancillería para el registro civil lista los consulados que reciben money order para este trámite: en EE. UU., Atlanta, Boston, Chicago, Houston, Los Ángeles, Newark, Nueva York, Orlando y San Francisco. Miami y Washington no aparecen en esa lista (en la lista de la cédula, en cambio, sí aparecen y Los Ángeles no). La misma página menciona el pago por PSE, que exige una cuenta activa en Colombia, y con tarjeta de crédito, y pide validar los medios de pago de cada consulado.

Copia en línea. La tabla de la Registraduría lista también una «Copia del registro civil en línea» a US $18.85 en el exterior. No pudimos consultar la página de ese servicio (es una aplicación web), así que esta guía no describe cómo funciona ni para qué registros sirve. Verifíquelo en el sitio de la Registraduría.

Paso a paso en el consulado

  1. Confirme qué consulado inscribió el registro (si no fue uno de EE. UU., la copia no sale aquí).
  2. Pida cita. El Consulado en Nueva York incluye el registro civil entre los trámites «con cita previa»; su agenda se abre de martes a viernes a las 9:00 a. m. Para otros consulados, vea consulados de Colombia en EE. UU. y el rastreador de citas consulares.
  3. Lleve los datos del registro (consulado, indicativo serial, NUIP o cédula del cónyuge o del fallecido).
  4. Pague US $10.94 con un medio que acepte ese consulado.

Apostillar la copia

Si la copia se va a presentar ante una autoridad fuera de Colombia, la ruta de la apostilla depende de quién la expidió (página de requisitos de apostilla de la Cancillería y página de apostilla de la Registraduría):

Copia expedida porRuta
Un consulado, desde el 21 de noviembre de 2016Cancillería en línea, opción «Documentos electrónicos con firma digital – Documentos firmados por Cónsul colombiano o Ministerio de Relaciones Exteriores», con el código de verificación y la fecha de la etiqueta consular
Un consulado, antes del 21 de noviembre de 2016, sin nombre, cargo y firma del funcionarioPedir una fiel copia nueva en el consulado de inscripción, o una en una oficina de registro en Colombia y seguir la ruta de la Registraduría
La Registraduría (registradurías, corregidores, inspecciones)Primero el formulario apostilla.registraduria.gov.co: PDF de hasta 2 MB, adhesivo de recaudo con fecha no mayor a 90 días, firmado y escaneado por ambas caras. La Registraduría responde dentro de 15 días hábiles. Luego, apostilla en línea en la Cancillería con el código recibido
Una notaríaDirectamente en la Cancillería

La Registraduría advierte que no acepta el «Certificado Digital (Registro Digital)» para apostilla, porque no tiene el espacio de notas. Por su parte, la Cancillería indica que un registro civil sin notas marginales descargado del portal de copias de la Registraduría (copiaderegistrocivil.registraduria.gov.co) sí puede apostillarse una vez lo valide la Dirección Nacional de Registro Civil mediante el formulario de apostilla.registraduria.gov.co; pregunte a la Registraduría cuál regla aplica a su copia antes de comprar otra. La apostilla cuesta USD $11.0 en el exterior (Cancillería, consultado el 3 de octubre de 2026). Vea apostillar documentos colombianos desde EE. UU..

Para qué se usa la copia

  • Pasaporte de un menor: la Cancillería pide «copia auténtica del registro civil de nacimiento (fiel copia)» con espacio de notas, expedida por notario, registrador o cónsul, y no acepta certificados de registro, comprobantes de inscripción ni fotocopias autenticadas.
  • Primera cédula: la Cancillería pide copia auténtica del registro civil de nacimiento (o tarjeta de identidad biométrica). Vea cédula colombiana desde EE. UU..

Lo que no se puede hacer desde EE. UU.

  • Pedir en un consulado de EE. UU. la copia de un registro que inscribió otro consulado o una oficina en Colombia.
  • Pedir por PSE sin una cuenta activa en Colombia.

Si lo que necesita es un acta de EE. UU.

Esta página trata de registros colombianos. El acta de nacimiento, matrimonio o defunción emitida en Estados Unidos se pide en la oficina de estadísticas vitales del estado: vea actas vitales por estado. Para inscribir en Colombia a un hijo nacido aquí, vea registrar en el consulado a un hijo nacido en EE. UU..

Información relacionada

Fuentes oficiales


Última verificación: 2026-10-03. Información procedimental general con propósito educativo. Las tarifas y los requisitos de la Registraduría, la Cancillería y los consulados de Colombia cambian. Verifique directamente con el consulado que inscribió su registro o con la Registraduría Nacional del Estado Civil antes de pagar. No es asesoría legal.