Permiso de salida de menor de Colombia desde EE. UU.: US$13

Si su hijo o hija menor de edad va a salir de Colombia sin usted, la ley colombiana exige su autorización, y desde Estados Unidos se da reconociendo su firma en el permiso de salida ante cualquier consulado de Colombia. Así lo indica la Cancillería: las personas en el exterior que «requieran autorizar la salida del país de sus hijos menores de edad, deberán reconocer sus firmas en el permiso de salida ante cualquier consulado». La tarifa publicada por la Cancillería es de USD $13 (resto del mundo), la misma que listan los consulados de Newark y Nueva York en sus tarifas 2026 (consultadas el 3 de octubre de 2026). Hay una vía distinta para menores que viven fuera de Colombia hace un año o más y viajan con el padre que tiene la custodia: la certificación de residencia en el exterior de la Ley 1878 de 2018.

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Datos clave

DatoDetalle (consultado el 3 de octubre de 2026)
Qué esReconocimiento de firma del padre o la madre en el permiso de salida de Colombia del menor
Dónde«Ante cualquier consulado» de Colombia (Cancillería)
TarifaUSD $13 (Cancillería, resto del mundo); $13 en las tarifas 2026 de Newark y de Nueva York
Permiso permanente por escritura pública$184 (Newark, «Poder General y permiso permanente de salida de menor»); $201.49 (Nueva York)
Certificación de residencia en el exteriorUSD $33 (Cancillería)
CitaNueva York lo lista entre los «Trámites con cita previa»
Base legalLey 1098 de 2006 (Infancia y Adolescencia); Ley 1878 de 2018 para la certificación de residencia

Requisitos que publica la Cancillería

Para el reconocimiento de firma en el permiso de salida, la Cancillería pide:

  1. Nombre completo del menor de edad y número de identidad.
  2. Lugar de destino.
  3. Propósito del viaje.
  4. Fecha de salida y regreso al país.
  5. Nombres, apellidos y número del documento de identificación de quien va a viajar con el menor.
  6. Copia del registro civil de nacimiento del menor.
  7. Cédula de ciudadanía en formato vigente o pasaporte del padre o la madre que firma. Si tiene contraseña, el comprobante de duplicado o renovación de la cédula en trámite, con la consulta en línea de la fecha de expedición que se descarga en la página de la Registraduría.
  8. Si el padre o la madre es extranjero: pasaporte vigente.

La guía 2026 del Consulado en Nueva York describe el mismo trámite así: el padre que otorga el permiso se presenta con la cédula de ciudadanía «en formato válido» (si es extranjero, pasaporte vigente «o el documento que aparece en el registro del menor»), lleva una «Copia impresa del Registro Civil (con el espacio de notas)» y debe tener «las fechas de salida y de ingreso de Colombia».

¿Por qué se exige? La Cancillería explica que esta autenticación «la exige la Ley de Infancia y Adolescencia (Ley 1098 del 2006), y no fue derogado por el Decreto 0019 del 2012».

Paso a paso

  1. Defina el viaje: destino, motivo, fechas de salida y regreso, y quién acompañará al menor (con su número de documento).
  2. Reúna la copia del registro civil de nacimiento del menor y su cédula en formato vigente o pasaporte.
  3. Pida cita. El Consulado en Nueva York lista el «permiso de salida de menor» entre los trámites notariales con cita previa, y su agenda se habilita de martes a viernes a las 9:00 a. m. En otras ciudades, vea el rastreador de citas consulares o los consulados de Colombia en EE. UU..
  4. Firme ante el funcionario consular y pague la tarifa.
  5. Haga llegar el permiso a la persona que viajará con el menor desde Colombia.

Cómo se paga

La página de la Cancillería para este trámite incluye una lista de consulados que reciben money order; en Estados Unidos figuran Atlanta, Boston, Chicago, Houston, Los Ángeles, Miami, Newark, Nueva York, Orlando, San Francisco y Washington. También ofrece pago electrónico por PSE, que según la Cancillería requiere «una cuenta activa en Colombia», y recuerda que el pago se hace después de formalizar la solicitud. Las tarifas 2026 de Newark listan como medios de pago «TARJETA CRÉDITO O DEBITO / MONEY ORDER», y la guía de Nueva York «Tarjeta de crédito, débito o money order». La Cancillería pide validar los medios de pago habilitados por cada consulado.

Permiso permanente de salida (escritura pública)

Además del permiso para un viaje concreto, los consulados publican un permiso permanente de salida de menor que se otorga por escritura pública, con otra tarifa:

ConsuladoLo que publica (tarifas 2026)
Newark«Poder General y permiso permanente de salida de menor $184»; aparte lista «Derechos notariales $24.49»
Nueva York«permiso permanente de salida de menor»: $201.49

Para este trámite la guía de Nueva York pide una minuta diligenciada (un formato especial que el consulado envía por correo), la cédula de los padres escaneada por ambos lados en formato válido y una copia del registro civil de nacimiento del menor «tomada del libro original con fecha de expedición reciente». La cita se concierta por correo electrónico con el consulado.

Menores que viven en el exterior: la certificación de residencia

La Cancillería explica que desde el 9 de marzo de 2018 los niños, niñas o adolescentes con residencia habitual en el exterior igual o superior a un año que salen de Colombia con el progenitor que tiene la custodia «ya no requerirán la autorización del otro padre». En ese caso deben presentar:

  • la certificación de residencia en el exterior, expedida por el consulado competente, y
  • copia del documento en el cual se establezca la custodia a cargo del progenitor con quien sale.

Requisitos de la certificación de residencia (Cancillería)

  1. Documento de identificación del menor.
  2. Documento de identificación del solicitante.
  3. Documentos que demuestren la residencia del menor por un año o más, «por ejemplo: constancias estudiantiles, certificado de afiliación médica».
  4. Copia del documento de custodia «expedido u homologado por autoridad colombiana».
  5. Certificado de movimientos migratorios del menor expedido por Migración Colombia. Migración Colombia fijó para 2026 el Certificado de Movimientos Migratorios en $89.000 pesos colombianos (anuncio de tarifas 2026 de Migración Colombia, consultado el 3 de octubre de 2026).

La tarifa de la certificación es de USD $33 según la Cancillería (consultado el 3 de octubre de 2026). La guía 2026 del Consulado en Nueva York lista aparte un «Certificado de residencia» general en $34, con otros requisitos; no dice que sea el certificado para la salida de un menor, así que pregunte en su consulado cuál debe pedir.

Cuándo se sigue necesitando un permiso

Según la Cancillería:

  • Si la residencia habitual en el exterior es menor de un año, el menor necesita el permiso de ambos padres o del representante legal con quien no viaja, «debidamente autenticado ante notario o autoridad consular».
  • Si el menor sale con el progenitor que no tiene la custodia o con un tercero, necesita el permiso de salida del progenitor que tiene la custodia, junto con la certificación de residencia y el documento de custodia.
  • Si el documento de custodia fue expedido por una autoridad extranjera, la Cancillería indica que debe haberse surtido el trámite de exequátur.
  • Si no se acreditan la custodia y la residencia habitual en el exterior, «se deberá contar con el permiso de los padres».

La Cancillería remite a la Ley 1878 de 2018, que modifica el artículo 110 de la Ley 1098 de 2006.

Su estatus migratorio en EE. UU.

Las listas de requisitos de la Cancillería y del Consulado en Nueva York para el permiso de salida piden documentos colombianos (registro civil, cédula o pasaporte) y no incluyen documentos migratorios de Estados Unidos. Para la certificación de residencia, Nueva York menciona documentos de residencia en EE. UU. como licencia de conducir o extractos bancarios. Si su caso involucra custodia disputada o un proceso migratorio, consulte a un abogado (vea ayuda legal pro bono).

Información relacionada

Fuentes oficiales


Última verificación: 2026-10-03. Información procedimental general con propósito educativo. Los requisitos y las tarifas los fijan la Cancillería de Colombia y cada consulado, y pueden cambiar. Verifique directamente con su consulado de Colombia antes de la cita. No es asesoría legal.