Recuperar o renunciar a la nacionalidad colombiana desde EE. UU.

Hacerse ciudadano de Estados Unidos hoy no le quita la nacionalidad colombiana: la Cancillería cita el artículo 34 de la Ley 2332 de 2023, según el cual «la calidad de nacional colombiano no se pierde por el hecho de adquirir otra nacionalidad». La recuperación existe para dos grupos que la Cancillería nombra: quienes la perdieron por naturalizarse en otro país antes de la Constitución de 1991, con la cédula cancelada en el Archivo Nacional de Identificación, y quienes renunciaron a ella. Se tramita en los consulados de Colombia y la Cancillería da respuesta en 15 días hábiles desde que el expediente está completo; las tarifas 2026 del Consulado en Newark la listan en $0. La renuncia es el trámite inverso: según la Cancillería cuesta USD $88,0 en el exterior, mientras las tarifas 2026 de Newark listan $92 (ambas cifras consultadas el 3 de octubre de 2026).

English version

Datos clave

DatoRecuperaciónRenuncia
Dónde, desde EE. UU.Consulados de Colombia (o el GIT de Naturalización, Renuncia y Recuperación de la Nacionalidad en Bogotá)«Directamente en los Consulados de Colombia»
CitaLa página no describe un sistema de citaCita previa por el Buzón Virtual, con los documentos en PDF
Costo (consultado el 3 de octubre de 2026)$0 (tarifas 2026 del Consulado en Newark)USD $88,0 (Cancillería, incluye impuesto de timbre) + reconocimiento de firma · $92 (tarifas 2026 de Newark)
TiempoRespuesta en 15 días hábiles desde que la documentación está completaRespuesta dentro de 3 meses desde el día siguiente al pago
Base legalLey 2332 de 2023Ley 2332 de 2023

Doble nacionalidad: el punto de partida

La Cancillería transcribe el artículo 34 de la Ley 2332 de 2023: «La calidad de nacional colombiano no se pierde por el hecho de adquirir otra nacionalidad». La misma norma dice que el colombiano con doble nacionalidad «se someterá a la Constitución Política y la legislación colombiana» y que «su ingreso, permanencia y salida deberá hacerlo siempre en calidad de colombiano». Por eso la recuperación tiene un alcance acotado: la Cancillería la describe para quienes perdieron la nacionalidad al naturalizarse antes de la Constitución de 1991, o para quienes renunciaron.

Recuperación: requisitos para adultos

Según la Cancillería:

  1. Solicitud por escrito en la que exprese su voluntad de recuperar la nacionalidad colombiana. Debe manifestar su voluntad «de respaldar y acatar la Constitución Política y las leyes de la República» y, si tiene otra nacionalidad, mencionarla. También debe indicar sus datos de contacto (ciudad de domicilio y dirección de residencia en Colombia, teléfono fijo, celular y correo electrónico) y su voluntad de ser notificado por medio electrónico.
  2. Copia de la cédula de ciudadanía, si la tiene, o copia del registro civil de nacimiento.
  3. Quienes nacieron antes de 1938 pueden presentar la partida de bautismo.
  4. Copia del acta de renuncia a la nacionalidad colombiana, o un documento idóneo donde conste la fecha de naturalización en el otro Estado.
  5. Foto reciente tipo documento, 4x5 cm, fondo blanco.
  6. Copia del pasaporte de su nacionalidad actual.

Recuperación para menores de edad

La Cancillería pide: la solicitud firmada por quienes ejerzan la patria potestad (si se otorgó a uno de los padres o a un tercero, la sentencia de un juez colombiano, u homologada en Colombia si la dictó un juez extranjero); copia del registro civil de nacimiento colombiano; copia de la tarjeta de identidad si se expidió; copia del acta de renuncia; copia del documento de identidad de quienes ejercen la patria potestad, y una foto 4x5 cm de fondo blanco.

Paso a paso

  1. Reúna los documentos de la lista.
  2. Presente la solicitud en su consulado de Colombia (vea consulados de Colombia en EE. UU. y consulados por estado).
  3. Espere la respuesta: la Cancillería indica que «será otorgada dentro de los quince (15) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la fecha en el que la solicitud cuente con la documentación completa».

Costo. Las tarifas 2026 del Consulado en Newark listan «Recuperación de nacionalidad $0». La página de recuperación de la Cancillería que consultamos no publica tabla de costos ni dice que el trámite sea gratuito; confirme con su consulado.

Después de recuperar la nacionalidad, los documentos de identidad se tramitan aparte: vea la cédula de ciudadanía desde EE. UU. y renovar el pasaporte colombiano.

Renuncia a la nacionalidad colombiana

La Cancillería define la renuncia como el procedimiento por el cual un nacional colombiano, por nacimiento o por adopción, solicita «romper el vínculo jurídico, político y anímico» con el Estado colombiano, conforme a la Ley 2332 de 2023.

Cómo funciona desde el exterior

  1. Lugar: «Directamente en los Consulados de Colombia».
  2. Cita previa: el trámite «es estrictamente personal»; la cita se pide por el Buzón Virtual adjuntando los documentos en PDF.
  3. Día de la cita: se presenta con todos los documentos en original.
  4. Perfeccionamiento: con el Acta de Renuncia firmada por el Cónsul o el Ministro. La respuesta se da «dentro de los tres (3) meses posteriores contados desde el día siguiente al pago».

Requisitos para quien vive fuera de Colombia

  • Solicitud escrita de renuncia, con reconocimiento de firma ante el funcionario consular.
  • Cédula de ciudadanía colombiana, si se la expidieron.
  • Pasaporte colombiano, si se lo expidieron.
  • Documento que demuestre que tiene otra nacionalidad o que la está tramitando.
  • Hombres de 18 a 50 años: constancia de que definieron su situación militar según la ley colombiana, salvo que la hayan definido en el país de su otra nacionalidad, lo que se comprueba con certificado de la autoridad extranjera.
  • La foto la toma el funcionario en el consulado.

La Cancillería agrega que los documentos de otro Estado deben ir apostillados o legalizados, y que lo que esté en otro idioma debe ir traducido oficialmente al español con la firma del traductor legalizada o apostillada. Para menores de edad, la renuncia se presenta por intermedio de quienes ejercen la patria potestad, con reconocimiento de firma ante el funcionario consular si el menor vive en el extranjero.

Costo de la renuncia: dos cifras oficiales

FuenteLo que publica (consultado el 3 de octubre de 2026)
Cancillería, página de renuncia«Resto del Mundo USD $ 88,0», con la nota de que «incluye impuesto de timbre». Además, el costo del reconocimiento de firma lo asume el solicitante
Consulado de Colombia en Newark, tarifas 2026«Renuncia de nacionalidad $92»

La tarifa que la Cancillería publica para el reconocimiento de firma en el exterior es de USD $13,0 para el resto del mundo, impuesto de timbre incluido (consultada el 3 de octubre de 2026). La página de renuncia lista los consulados que reciben money order; en EE. UU. figuran Atlanta, Boston, Chicago, Houston, Miami, Newark, Nueva York, Orlando, San Francisco y Washington. La Cancillería pide verificar con el consulado los medios de pago disponibles.

Efecto en el voto

La Registraduría indica que no hacen parte del censo electoral, entre otros, «los colombianos que renuncian a la nacionalidad colombiana como lo establece la Ley 2332 de 2023». Vea votar desde EE. UU..

Su estatus migratorio en EE. UU.

Estos trámites dependen de la ley colombiana. Las páginas de la Cancillería no dicen nada sobre efectos en la ciudadanía o el estatus migratorio en Estados Unidos. Si tiene dudas sobre cómo una renuncia o una recuperación se relaciona con un trámite migratorio en EE. UU., consulte a un abogado (vea ayuda legal pro bono).

Información relacionada

Fuentes oficiales


Última verificación: 2026-10-03. Información procedimental general con propósito educativo. Los requisitos, tarifas y plazos los fijan la Cancillería de Colombia y cada consulado, y pueden cambiar. Verifique directamente con su consulado de Colombia antes de presentar la solicitud. No es asesoría legal.