Registrar en Colombia un matrimonio de EE. UU.: gratis en el consulado
Si usted es colombiano y se casó en Estados Unidos, el matrimonio se inscribe en el registro civil colombiano, que lleva la Registraduría Nacional del Estado Civil. Desde EE. UU. el trámite se hace en un consulado de Colombia y es gratis: la Cancillería indica que «este servicio no tiene costo en los Consulados de Colombia en el Exterior» (consultado el 3 de octubre de 2026). El documento base es su certificado de matrimonio estadounidense, apostillado y traducido al español. El declarante tiene que presentarse en persona.
Datos clave
| Dato | Detalle (consultado el 3 de octubre de 2026) |
|---|---|
| Quién lleva el registro | Registraduría Nacional del Estado Civil |
| Dónde se inscribe desde EE. UU. | Consulado de Colombia (MinJusticia indica que todo acto que afecte un registro civil también se puede inscribir en cualquier oficina del territorio nacional) |
| Costo en el consulado | Gratis (Cancillería) |
| Documento base | Certificado o registro de matrimonio de EE. UU., apostillado o legalizado y traducido |
| Presentación | Personal, del declarante |
| Cita | El Consulado en Nueva York atiende el registro civil con cita previa |
| Plazo de respuesta | La página de la Cancillería no publica un plazo para este trámite |
Quién debe inscribir el matrimonio
La Registraduría indica que se deben inscribir los matrimonios celebrados en Colombia o en el extranjero «entre dos colombianos; o un colombiano y un extranjero», sin importar si los colombianos lo son por nacimiento o por adopción. La inscripción, según la Registraduría, «permite dar publicidad y prueba la existencia del matrimonio».
Requisitos en el consulado
La página de la Cancillería para el registro civil de matrimonio pide:
- Presentación personal del denunciante (quien declara el matrimonio).
- Que el declarante se presente con su cédula de ciudadanía original y fotocopia.
- Una copia fiel del certificado o registro de matrimonio.
- Una copia del documento de identificación de cada contrayente: la cédula para los colombianos y el pasaporte vigente para los extranjeros.
- Si hay capitulaciones (acuerdo prematrimonial) o providencias, una copia fiel de ellas para anotarlas en el registro; el documento queda en el archivo del consulado.
Una página de MinJusticia (LegalApp, 2021) que resume el mismo trámite agrega a la lista una copia fiel del registro de nacimiento del contrayente colombiano. La Cancillería no la incluye en su lista actual; llévela si la tiene o confírmelo con su consulado.
Apostilla del certificado de matrimonio de EE. UU.
La Registraduría es explícita: el documento antecedente para inscribir un matrimonio celebrado en el extranjero es «el registro civil extranjero debidamente apostillado o legalizado y traducido al español» si está en otro idioma. La Cancillería repite la regla para todos los documentos de autoridades extranjeras: «tendrán que ser apostillados y/o legalizados según el caso».
La Cancillería explica, en su página sobre la apostilla, que un documento de un país que forma parte de la Convención de La Haya debe estar apostillado «por la Entidad competente del país de origen». Como referencia de práctica consular: para los certificados de nacimiento de EE. UU., la guía 2026 del Consulado en Nueva York pide la apostilla del Departamento de Estado del estado donde nació el menor. Para el procedimiento de apostilla en EE. UU., vea cómo apostillar un documento de EE. UU..
Traducción: tres fuentes, tres versiones
| Fuente | Qué dice |
|---|---|
| Cancillería (página de registro civil) | Traducidos «por un traductor autorizado» si están en idioma diferente al castellano |
| Registraduría (colombianos en el exterior) | Traducidos «por un profesional autorizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores» |
| MinJusticia, LegalApp (2021) | «Si la persona está fuera del territorio nacional, no es una obligación aportar el documento traducido por traductor oficial» |
| Consulado en Nueva York, guía 2026 (para nacimientos) | Acepta «Traducción simple al español del certificado de nacimiento» |
Como las fuentes no coinciden, pregunte a su consulado qué tipo de traducción acepta para el matrimonio antes de pagar una.
Casos especiales
- Matrimonio entre personas del mismo sexo celebrado en el extranjero. La Registraduría indica que el documento antecedente es «el registro civil extranjero debidamente apostillado o legalizado y traducido de ser el caso».
- Matrimonio civil y religioso de la misma pareja. Si ya existe una inscripción por un acto anterior entre los mismos contrayentes, la Registraduría no abre un nuevo serial: hace una nota de complementación en el registro existente.
- Capitulaciones. Se anotan en el registro de matrimonio colombiano con una copia fiel (Cancillería).
Paso a paso
- Consiga el certificado de matrimonio estadounidense (vea actas vitales por estado).
- Apostíllelo en EE. UU. (vea cómo apostillar un documento de EE. UU.).
- Tradúzcalo al español según lo que acepte su consulado (vea la tabla).
- Pida la cita. El Consulado en Nueva York incluye el registro civil entre los trámites «con cita previa»; la agenda se abre de martes a viernes a las 9:00 a. m. Para otros consulados, vea consulados de Colombia en EE. UU. y el rastreador de citas consulares.
- Preséntese con la cédula original y fotocopia, la copia fiel del certificado y la identificación de cada contrayente.
- Después de la inscripción, según MinJusticia (2021), el consulado notifica a la Registraduría para que actualice el registro civil.
Después: la copia del registro de matrimonio
La copia del registro de matrimonio inscrito en un consulado solo la expide ese mismo consulado, y cuesta US $10.94 en el exterior según la tabla de la Registraduría de 2026. Para pedirla se indica el consulado, el indicativo serial y el número de cédula del cónyuge. Vea copia del registro civil colombiano desde EE. UU..
Lo que no se puede hacer desde EE. UU.
- Inscribir el matrimonio sin presentarse: la Cancillería exige la presentación personal del declarante.
- Usar el certificado de matrimonio sin apostilla (o legalización) ni traducción si está en inglés.
Su estatus migratorio en EE. UU.
La lista de la Cancillería pide la cédula del declarante, el certificado de matrimonio y la identificación de cada contrayente (cédula o pasaporte vigente). No pide documentos migratorios de Estados Unidos.
Información relacionada
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- Apostillar documentos colombianos desde EE. UU.
- Actas vitales por estado — para pedir el certificado de matrimonio en EE. UU.
- Consulados por estado
- Encuentre ayuda legal pro bono
Fuentes oficiales
- Cancillería — Registro civil (trámites en el exterior): https://www.cancilleria.gov.co/atencion-y-servicio-al-ciudadano/tramites-y-servicios/tramites-en-el-exterior/registro-civil
- Registraduría — Registro civil de matrimonio: https://www.registraduria.gov.co/Registro-civil-de-matrimonio-527.html
- Registraduría — Colombianos en el exterior: https://www.registraduria.gov.co/-Colombianos-en-el-exterior-.html
- Ministerio de Justicia — LegalApp, registro civil en el extranjero (2021): https://www.minjusticia.gov.co/programas-co/LegalApp/Paginas/Que-hacer-para-obtener-un-registro-civil-nacimiento-matrimonio-defuncion-si-me-encuentro-en-el-extranjero.aspx
- Consulado de Colombia en Nueva York — Guía del usuario 2026 (PDF): https://nuevayork.consulado.gov.co/sites/default/files/nuevayorkconsuladogovco/Gu%C3%ADa%20del%20usuario%20tr%C3%A1mites%202026%20.pdf
Última verificación: 2026-10-03. Información procedimental general con propósito educativo. Los requisitos de la Registraduría, la Cancillería y los consulados de Colombia cambian. Verifique directamente con su consulado antes de iniciar el trámite. No es asesoría legal.