Legalizar documentos de Estados Unidos para usarlos en Cuba
Cuba no forma parte de la Convención de la Apostilla, así que un documento de Estados Unidos que va a surtir efecto en Cuba —un acta de nacimiento, un certificado de soltería, una sentencia de divorcio— no se resuelve con una apostilla: se legaliza y certifica en la oficina consular de Cuba, la única del país, en la Embajada de Cuba en Washington, DC. Antes de llegar al consulado, el documento se traduce al español con certificación de notario y se autentica ante el estado que lo emitió y ante el Departamento de Estado federal. El consulado cobra $140.00 USD por la legalización del original y $140.00 USD por la de la traducción, más $20.00 USD si se tramita por correo, solo con Postal Money Order del USPS (tarifas publicadas por la Oficina Consular de Cuba en Washington, consultadas el 3 de octubre de 2026).
Por qué no sirve la apostilla
La tabla de estado de la Convención de la Apostilla de la Conferencia de La Haya enumera 130 partes contratantes, y Cuba no está entre ellas (consultada el 3 de octubre de 2026). La regla cubana está en la Resolución 38/2023 del MINREX, Anexo II, artículo 12: «Todos los documentos expedidos en el extranjero para surtir efectos en Cuba deben ser legalizados y certificados por las oficinas consulares». El mismo artículo exige la traducción al español en las oficinas cuya circunscripción abarca territorios con idiomas oficiales distintos al español, y que «tanto el original como la traducción» sean legalizados y certificados.
Si el documento va a otro país que sí es parte de la Convención, el trámite es distinto: vea cómo apostillar un documento de EE. UU..
La cadena, paso a paso
La página consular describe la cadena así: los documentos extranjeros que se usarán en Cuba «deben ser traducidos al español y certificados por un Notario Público; luego deben ser autenticados por el Departamento de Estado del Estado que los emitió y por el Departamento de Estado Federal».
- Original o copia fiel. Los documentos emitidos en Estados Unidos «deben ser originales o copias fieles de los originales, debidamente firmados».
- Traducción al español, certificada por un Notario Público.
- Autenticación estatal: el Departamento de Estado del estado que emitió el documento.
- Autenticación federal: el Departamento de Estado federal.
- Legalización y certificación en la Oficina Consular de Cuba, con la solicitud Anexo 22 y fotocopia de un documento de identidad de la persona responsable del documento («Puede ser la fotocopia del pasaporte»).
- Pago con Postal Money Order del USPS y entrega por una de las tres vías (ver abajo).
Para extranjeros que se casan en Cuba, la página usa una redacción más corta: el Departamento de Estado en Washington DC «debe autenticar los documentos originales (inglés)» y la traducción debe estar notarizada «por un notario público, del Estado en que reside». La sección general menciona además la autenticación del estado emisor; si su caso es el de matrimonio en Cuba, confirme con la oficina cuál de las dos versiones aplica.
Costos
| Concepto | Monto (USD) |
|---|---|
| Legalización del documento original | $140.00 |
| Legalización de la traducción al español | $140.00 |
| Trámite no personal (solo por correo) | $20.00 |
| Un documento con su traducción, en persona | $280.00 |
| Un documento con su traducción, por correo | $300.00 |
Tarifas publicadas por la Oficina Consular de Cuba en Washington en su página de servicios consulares, consultada el 3 de octubre de 2026. Las cifras de $280.00 y $300.00 las publica la propia página.
En la Resolución 38/2023, columna de Estados Unidos, la legalización consular de documentos como certificaciones del Registro del Estado Civil extranjero, poderes y traducciones cuesta $70.00 (apartado 24.a) y su certificación otros $70.00 (25.a), con la nota de que en documentos para surtir efectos legales en Cuba «debe procederse a la legalización y certificación de cada uno». La suma de esas dos partidas coincide con los $140.00 que cobra la página consular por documento; la desagregación es lectura nuestra.
Plazo. La página de servicios consulares en español, consultada el 3 de octubre de 2026, no publica cuánto tarda la legalización.
La solicitud (Anexo 22)
La Solicitud de Legalizaciones de Documentos de la Oficina Consular de Cuba en Estados Unidos pide:
- Nombre y apellidos de quien solicita
- Ciudadanía y estado civil
- Fecha de nacimiento y profesión
- Número de identidad permanente o pasaporte cubano
- Si es cubano, la categoría migratoria: «residente en el territorio nacional o emigrado»
- Dirección en Estados Unidos, correo electrónico y número de celular
- El documento a legalizar
La «categoría migratoria» del formulario es la condición migratoria cubana que nombra el propio formulario (residente en el territorio nacional o emigrado), no el estatus migratorio en Estados Unidos.
Extranjeros que van a casarse en Cuba
La página consular dedica una sección a los documentos que un ciudadano extranjero legaliza para casarse en Cuba. Cada documento, con su traducción, cuesta $280.00 USD en persona, y la vía por correo suma $20.00 USD de trámite no personal (consultado el 3 de octubre de 2026). También pide fotocopia de un documento de identidad (pasaporte, ID o licencia de conducción).
| Situación | Documentos a legalizar | Lo que publica la página |
|---|---|---|
| Nunca casado | Certificado de nacimiento + certificado de soltería o declaración jurada (autorizada por el registro civil o un notario público) | $280.00 cada uno; total 560.00 USD en persona o 580.00 USD por correo |
| Divorciado | Certificado de nacimiento + certificado o sentencia de divorcio | $280.00 cada uno; total 560.00 USD en persona o 580.00 USD por correo |
| Viudo | Certificado de nacimiento + certificado de matrimonio con el excónyuge + certificado de defunción del excónyuge | $280.00 cada uno (tres documentos) |
| Viudo de un cónyuge cubano | Certificado de nacimiento + certificado de matrimonio con el excónyuge ($280.00 cada uno) + certificado de defunción del excónyuge y Modelo de Solicitud de Transcripción de Defunción | Defunción y transcripción: «exento de pago» |
En el caso de viudo de un cónyuge no cubano, la página lista tres documentos de $280.00 pero imprime el mismo total de 560.00 USD / 580.00 USD que usa para dos documentos; confirme el monto con la oficina antes de comprar los giros.
Cómo se presenta y se paga
- En persona: 2639 16th St NW, Washington DC 20009, de lunes a viernes de 9:00 a. m. a 12:00 m. (Nota Informativa No. 1/2024, desde el 4 de marzo de 2024).
- Por correo: Embassy of the Republic of Cuba, 2630 16th St NW, Washington DC 20009, con un sobre de retorno prepagado y sin cerrar por solicitante (la página recomienda número de rastreo y sello de 9.65 USD). El 2639 es la oficina presencial; el 2630, la dirección postal.
- Por agencia con contrato con la oficina consular (listas por estado en la página consular).
- Pago: solo Postal Money Order del USPS; con otro giro postal «su trámite será devuelto». El modelo de giro (Anexo 1) indica Pay to: Embajada de Cuba en Estados Unidos; Address: 2630 16th Street NW Washington, D.C. 20009; y en Memo el servicio que paga.
Información relacionada
- Consulados de Cuba en Estados Unidos
- Todos los trámites consulares de Cuba
- Inscribir en Cuba un matrimonio de EE. UU.
- Inscribir en Cuba una defunción ocurrida en EE. UU.
- Registrar en Cuba a un hijo nacido en EE. UU.
- Certificados civiles de Cuba pedidos desde EE. UU.
- Apostillar un documento de EE. UU. (países de la Convención)
- Actas vitales por estado de EE. UU.
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Fuentes oficiales
- Embajada de Cuba en EE. UU. — Servicios consulares (sección «Legalización y Certificación de Documentos Extranjeros»)
- Anexo 22 — Solicitud de Legalizaciones de Documentos
- Anexo 1 — Modelo de Postal Money Order
- Resolución 38/2023 sobre el Arancel Consular — apartados 24 y 25; Anexo II, artículo 12
- HCCH — Tabla de estado de la Convención de la Apostilla
Última verificación: 2026-10-03. Información procedimental general con propósito educativo. Las tarifas y requisitos de legalización los fija la Oficina Consular de Cuba y pueden cambiar sin aviso. Verifique directamente con la Oficina Consular de Cuba en Washington, DC. No es asesoría legal.