Poderes especiales para trámites en Cuba
La Oficina Consular de Cuba en Washington, DC publica nueve modelos de solicitud de poder especial, los Anexos 23 a 31, uno por cada trámite común en Cuba: comprar o vender una vivienda, comprar o vender un carro, casarse, el divorcio notarial, una donación, sacar la carga de un contenedor, una escritura de autorización para subsanar una inscripción en el Registro Civil y un modelo genérico. El poder especial cuesta $150.00, más $20.00 por hoja, según la columna de EE. UU. del Arancel Consular de Cuba, la Resolución 38/2023 (consultado el 19 de octubre de 2026). Esta guía explica qué pide cada planilla.
Para el poder general, la tabla completa de aranceles notariales y la legalización de documentos de EE. UU., vea nuestra guía del poder notarial de Cuba.
Para qué sirven los poderes especiales, según el consulado
La página de servicios consulares dice que los servicios notariales le permiten al solicitante “autorizar a otra persona en Cuba a realizar en su nombre acciones concretas o referidas a un bien u objeto, ya sea de vivienda, registros de vehículos, donación de inmuebles, permutas, venta de auto, divorcio, etc.”. Para los poderes especiales agrega: “revise los siguientes anexos en este sitio antes de visitar nuestra Oficina Consular”.
Las nueve planillas de un vistazo
| Anexo | Trámite | Datos propios que pide | Copias o condiciones que indica |
|---|---|---|---|
| 23 | Compra de viviendas | Dirección de la vivienda que se va a comprar; cláusulas a incluir en el poder | Fotocopia de la propiedad de la vivienda |
| 24 | Compraventa de autos | Nombres de los padres de ambas partes; marca, modelo, año, color, número de motor, número de chasis y matrícula | Copia de la propiedad del auto y de la circulación |
| 25 | Contraer matrimonio | Datos del contrayente, con los nombres de sus padres y su nivel de escolaridad | No indica |
| 26 | Divorcio notarial | Datos del cónyuge; fecha del matrimonio; tomo y folio de la inscripción; Registro de Estado Civil del municipio; hijos, patria potestad, pensión alimenticia y régimen de comunicación | No indica |
| 27 | Donación | Datos del donatario; dirección de la vivienda objeto de la donación | El apoderado no puede ser el beneficiado; fotocopia de la propiedad obligatoria |
| 28 | Sacar carga de contenedor | Motivos detallados de la representación; número del contenedor, BL, el total consignado, su numeración y los kilogramos del equipaje no acompañado | No indica |
| 29 | Escritura de autorización para subsanar asiento de inscripción en el Registro del Estado Civil | Nombre del menor, lugar y fecha de nacimiento, edad; tomo y folio de la inscripción que se va a subsanar; los trámites para los que se otorga | No indica |
| 30 | Venta de viviendas | Dirección de la vivienda que se va a vender; cláusulas a incluir en el poder | Fotocopia de la propiedad de la vivienda |
| 31 | Poder especial (modelo genérico) | Nombres de los padres de ambas partes; cláusulas a incluir en el poder | No indica |
Fuente: los PDF de los modelos de solicitud enlazados en la sección “Notariales” de la página de la Oficina Consular de Cuba, consultados el 19 de octubre de 2026.
Lo que piden todas las planillas
Las nueve planillas llevan el encabezado “Oficina Consular de Cuba en Estados Unidos” y dos bloques parecidos (el Anexo 25 pide la situación migratoria de quien otorga solo si es cubano; los Anexos 24 y 31 no tienen el campo de sexo):
- Poderdante (quien otorga el poder) y apoderado (quien lo representará en Cuba): nombre y apellidos, lugar de nacimiento (municipio y provincia), fecha de nacimiento, estado civil, ciudadanía, ocupación, dirección y número de identidad permanente o pasaporte.
- Condición migratoria de cada parte: “residente en el territorio nacional o emigrado”.
- El correo electrónico y el celular del poderdante, la fecha de la solicitud y la firma del poderdante.
Compra, venta y donación de vivienda (Anexos 23, 27 y 30)
Los modelos de compra y de venta piden la dirección de la vivienda y dejan espacio para las “cláusulas a incluir en el poder”. Los dos indican presentar “fotocopia de la propiedad de la vivienda”.
El modelo de donación agrega un bloque para el donatario y la dirección de la vivienda que se dona. Su observación dice: “no puede ser el apoderado la persona que se va a beneficiar, es obligatorio presentar fotocopia de la propiedad de la vivienda”.
Compraventa de carro (Anexo 24)
Este modelo pide los nombres de los padres del poderdante y del apoderado, y un bloque del vehículo: marca, modelo, año, color, número de motor, número de chasis y matrícula. Indica en mayúsculas que se debe aportar “copia de la propiedad de auto y de la circulación del mismo”.
Matrimonio y divorcio notarial (Anexos 25 y 26)
El modelo de matrimonio agrega los datos del contrayente, con los nombres de sus padres y su nivel de escolaridad. Si lo que se busca es que Cuba reconozca un matrimonio celebrado en EE. UU., vea inscribir en Cuba un matrimonio celebrado en EE. UU..
El modelo de divorcio notarial pide los datos del matrimonio: los datos personales del otro cónyuge y, si es cubano, su condición migratoria; la fecha de celebración del matrimonio; los datos de la inscripción (tomo y folio); y el Registro de Estado Civil del municipio. Un apartado titulado “especificar si tienen hijos” pide a quién corresponderá la patria potestad, el nombre del menor, la pensión alimenticia y el régimen de comunicación.
Carga de contenedor (Anexo 28)
El modelo del contenedor pide que el solicitante “especifique detalladamente los motivos” por los que desea ser representado, y luego describe el envío como “despacho de equipaje no acompañado enviado a Cuba”: el número del contenedor, el BL (conocimiento de embarque), el total consignado (“consignando un total de”), su numeración y el total de kilogramos.
Escritura de autorización para subsanar una inscripción (Anexo 29)
Su título completo es “Solicitud de poder especial para escritura de autorización para subsanar asiento de inscripción en el Registro del Estado Civil”. Pide los datos de la inscripción que se va a subsanar: nombre del menor, lugar y fecha de nacimiento, edad, y el tomo y folio de la inscripción; luego pide especificar para qué tipo de trámite se otorga el poder.
El pasaporte cubano y la salida al exterior de un menor llevan otro poder distinto, el Anexo 21, explicado en nuestra guía del permiso de viaje y pasaporte de menor cubano.
Poder especial genérico (Anexo 31)
Para los actos que no tienen modelo propio, el Anexo 31 es una solicitud genérica de poder especial. Además de los datos de las dos partes, pide los nombres de sus padres y deja espacio para las cláusulas. La página consular menciona las permutas y los registros de vehículos entre los asuntos notariales, pero no publica un modelo dedicado para ellos.
Aranceles
| Concepto (Resolución 38/2023, columna EE. UU.) | Arancel (USD) |
|---|---|
| Poder especial para divorcio, matrimonio, permuta, salida de menor y otros, con expedición de Concuerda (14.c) | $150.00 |
| En adición, por cada hoja o fracción (14.f) | $20.00 |
| Poder general, de administración, para pleitos o testamento, con expedición del Concuerda (14.b), como comparación | $210.00 |
| Revocación con expedición del Concuerda (15) | La mitad de lo cobrado por el otorgamiento |
Resolución 38/2023, firmada el 29 de junio de 2023, publicada por la Oficina Consular de Cuba en Washington; consultada el 19 de octubre de 2026. Las planillas no indican arancel.
Se paga solo con giro postal (Postal Money Order) de USPS; la página consular advierte que el trámite pagado con otro giro se devuelve.
La página consular indica que el giro postal de USPS debe llenarse cuidadosamente, con letra legible y tinta negra o azul, sin tachaduras ni borrones (consultado el 23 de octubre de 2026).
Dónde y cómo
- Oficina: 2639 16th St NW, Washington, DC 20009, abierta al público de lunes a viernes de 9:00 a. m. a 12:00 m. (Nota Informativa No. 1/2024).
- Vía: la página pide revisar los anexos “antes de visitar nuestra Oficina Consular”. No describe una vía por correo ni por agencia para estos poderes especiales.
- Dudas: (202) 797-8518 o recepcion@usadc.embacuba.cu, de lunes a viernes de 9:00 a. m. a 5:00 p. m.
La página no publica plazos de tramitación, cuánto tiempo vale un poder ni cómo llega el original a Cuba. Las nuevas leyes de Migración, Ciudadanía y Extranjería de Cuba, publicadas el 5 de mayo de 2026, entran en vigor 180 días después; la página consular, consultada el 19 de octubre de 2026, describe los poderes especiales como se explica arriba.
Información relacionada
- Poder notarial de Cuba
- Permiso de viaje y pasaporte de menor cubano
- Legalizar documentos de EE. UU. para usarlos en Cuba
- Inscribir en Cuba un matrimonio celebrado en EE. UU.
- Certificados del Registro Civil cubano desde EE. UU.
- Oficina Consular de Cuba en Washington, DC
- Todos los trámites consulares de Cuba
- Buscar abogado: ayuda legal pro bono de inmigración (sin comisiones ni pagos por referencia)
Fuentes oficiales
- Embajada de Cuba en EE. UU.: Servicios consulares, sección “Notariales”.
- Modelos de solicitud (PDF): Anexo 23, Anexo 24, Anexo 25, Anexo 26, Anexo 27, Anexo 28, Anexo 29, Anexo 30, Anexo 31
- Resolución 38/2023 sobre el Arancel Consular (PDF): apartados 14 y 15
Última verificación: 2026-10-19. Esta es información general, no asesoría legal. Consulte a un abogado sobre su situación específica. Los aranceles y requisitos los fija la Oficina Consular de Cuba y pueden cambiar sin aviso. Verifique directamente con la Oficina Consular de Cuba en Washington, DC, y con quien usará el poder en Cuba.