Pasaporte de emergencia de Ecuador en EE. UU.: gratis, vale 3 meses
El pasaporte de emergencia ecuatoriano lo emiten las misiones diplomáticas y oficinas consulares del Ecuador en el extranjero en caso de pérdida o robo del pasaporte vigente o de necesidad urgente debidamente comprobada, «con el objeto de retornar a Ecuador o a su lugar de residencia» (artículo 154 de la Ley Orgánica de Movilidad Humana, citado en gob.ec). Para un ecuatoriano en EE. UU., se pide en persona en el consulado con una solicitud escrita al Cónsul y la denuncia o declaración jurada del documento perdido. No tiene costo y su vigencia es de 3 meses (ficha de gob.ec actualizada el 16 de mayo de 2024, consultada el 3 de octubre de 2026).
Datos clave
| Dato | Detalle (consultado el 3 de octubre de 2026) |
|---|---|
| Quién lo emite | Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, por medio de sus oficinas consulares |
| Base legal | Ley Orgánica de Movilidad Humana, art. 154 |
| Costo | Gratis (Arancel Consular y Diplomático 2023, partida «7.5 Pasaporte de emergencia. GRATIS») |
| Vigencia | 3 meses |
| Canal | Presencial |
| Horario en el exterior | Lunes a viernes de 08h30 a 14h00 (según la ficha) |
| Citas | citas.cancilleria.gob.ec |
| Tiempo de entrega | No publicado |
Lo que dice la ley
La ficha de gob.ec reproduce el artículo 154 de la Ley Orgánica de Movilidad Humana: «El pasaporte de emergencia será conferido por la autoridad de movilidad humana, tanto en el territorio nacional como en las misiones diplomáticas u oficinas consulares ecuatorianas en el extranjero, a las personas en situación de movilidad humana, en caso de pérdida o robo de su pasaporte vigente o necesidad urgente debidamente comprobada con el objeto de retornar a Ecuador o a su lugar de residencia».
Es decir, la ley le asigna un objeto concreto: retornar a Ecuador o al lugar de residencia.
Casos en que se emite a ecuatorianos
La ficha enumera cinco casos; tres se refieren a personas extranjeras. Los dos que se refieren a personas ecuatorianas son:
- Pérdida, robo o vulnerabilidad: «A las personas ecuatorianas que, por pérdida o robo de su documento de viaje vigente no puedan acceder de forma oportuna a un pasaporte ordinario, o a quienes presenten una situación de vulnerabilidad y no cuenten con el documento de viaje que le permita su retorno al país de su residencia».
- Deportación, expulsión o extradición: «A las personas ecuatorianas cuando son requeridos o dispuestos por autoridad administrativa o judicial nacional o extranjera dentro de procesos administrativos de carácter migratorio en la que se ordene su deportación o expulsión; y, en causas judiciales en las que se requiera la emisión del documento de viaje para materializar y ejecutar su extradición».
Sobre el segundo caso, la Cancillería también tiene un servicio gratuito de asistencia a ecuatorianos detenidos y en proceso de deportación: vea ayuda consular para ecuatorianos detenidos.
Requisitos en el consulado
Para ecuatorianos en el exterior (y extranjeros residentes en Ecuador que estén en el exterior), la ficha lista tres requisitos obligatorios:
- Solicitud dirigida al Cónsul del Ecuador en territorio.
- Presencia del solicitante o de los solicitantes.
- Denuncia o declaración jurada del documento perdido o extraviado.
La ficha no pide foto ni documentos migratorios de EE. UU. para este caso. La lista de requisitos para extranjeros que están en Ecuador es otra (incluye certificado de antecedentes penales y foto, entre otros) y no aplica a ecuatorianos en el exterior.
Sobre la declaración jurada: la declaración juramentada es también un trámite consular aparte que cuesta USD 25,00 según gob.ec (ficha actualizada el 6 de marzo de 2025). La ficha del pasaporte de emergencia no dice si la declaración para este fin se cobra; confírmelo con su consulado.
Cómo se tramita
Gob.ec describe el trámite presencial en dos pasos: acudir a las ventanillas dispuestas por la Cancillería en las oficinas consulares y presentar la documentación habilitante. La ficha publica para las oficinas consulares en el exterior un horario de lunes a viernes de 08h30 a 14h00 y remite al sistema de citas citas.cancilleria.gob.ec, donde se elige un «Centro Administrativo» (la oficina consular) y un servicio. Para ubicar su consulado, vea el directorio de consulados de Ecuador o los consulados por estado.
Pasaporte de emergencia frente al pasaporte ordinario
| Pasaporte de emergencia | Pasaporte ordinario en el exterior | |
|---|---|---|
| Costo | Gratis | USD 90,00 (50 % menos para tercera edad; 100 % menos con discapacidad desde el 30 %) |
| Vigencia | 3 meses | 10 años |
| Objeto según la ficha | Retornar a Ecuador o al lugar de residencia | Primera vez o renovación |
| Si perdió el anterior | Denuncia o declaración jurada | La ficha del ordinario lista la «Denuncia de pérdida de pasaporte» |
Datos de las fichas de gob.ec del pasaporte de emergencia (16 de mayo de 2024) y del pasaporte ordinario en el exterior (17 de junio de 2025), consultadas el 3 de octubre de 2026. Para el trámite ordinario, vea renovar el pasaporte de Ecuador en EE. UU.
Lo que publica el Consulado en Washington para un pasaporte ordinario cuando el anterior se perdió (página del consulado fechada el 22 de enero de 2022): «En casos de pérdida o robo del último pasaporte, se deberá realizar una declaración juramentada tras la comprobación en los sistemas informáticos. Se realizará en la misma cita». Ese consulado pide dos money orders: «$90 y $25» si se perdió o robaron el último pasaporte o la última cédula, y «$ 90 y $35» si se perdieron ambos (montos para menores de 65 años; esa página dice que el money order es el único medio de pago aceptado). Estas cifras son de ese consulado; otras oficinas pueden publicar otras reglas.
Lo que las fuentes no dicen
- La ficha no publica un tiempo de entrega.
- La ficha no dice en qué países o rutas se acepta el pasaporte de emergencia; solo describe su objeto (retornar a Ecuador o al lugar de residencia).
- La ficha tiene fecha de actualización del 16 de mayo de 2024, anterior a la del pasaporte ordinario (17 de junio de 2025).
Su estatus migratorio en EE. UU.
Los requisitos de la ficha son una solicitud, la presencia del solicitante y la denuncia o declaración del documento perdido; no piden documentos migratorios de EE. UU. La Guía Oficial de Trámites resume en sus fichas consulares el artículo 16 del Reglamento a la Ley Orgánica de Movilidad Humana: los servicios consulares se prestan «sin importar su condición migratoria».
Información relacionada
- Trámites consulares de Ecuador en EE. UU.
- Renovar el pasaporte de Ecuador en EE. UU.
- Pasaporte de Ecuador para menores de edad
- Renovar la cédula ecuatoriana desde EE. UU.
- Ayuda consular para ecuatorianos detenidos
- Certificado de migrante retornado
- Rastreador de citas consulares
- Consulados de Ecuador en EE. UU.
Fuentes oficiales
- gob.ec — Emisión de pasaporte de emergencia (actualizada el 16 de mayo de 2024): https://www.gob.ec/mremh/tramites/emision-pasaporte-emergencia
- gob.ec — Emisión de pasaporte ordinario por primera vez o renovación en el exterior (actualizada el 17 de junio de 2025): https://www.gob.ec/mremh/tramites/emision-pasaporte-ordinario-primera-vez-renovacion-exterior
- Consulado de Ecuador en Washington D.C. — Pasaportes (22 de enero de 2022): https://www.cancilleria.gob.ec/washington/2022/01/22/pasaportes/
- Cancillería — Sistema de citas: https://citas.cancilleria.gob.ec/Home/Ubicaciones
Última verificación: 2026-10-03. Información procedimental general con propósito educativo. Los requisitos y las tarifas consulares cambian. Verifique directamente con la oficina consular del Ecuador. No es asesoría legal.