Inscribir en El Salvador un matrimonio de EE. UU.: gratis o multa $5
Si usted es salvadoreño y se casó en Estados Unidos, ese matrimonio puede inscribirse en el Registro del Estado Familiar de El Salvador a través de un consulado salvadoreño. La Cancillería (Ministerio de Relaciones Exteriores) indica que todo matrimonio de salvadoreños ocurrido en el extranjero puede registrarse en la Representación Diplomática o Consular del lugar donde ocurrió o en la más cercana a su residencia. La inscripción dentro del término de ley está exenta de pago; después de seis meses de ocurrido el matrimonio se cobra una multa de US$5.00, y la certificación consular cuesta US$10.00 (aranceles publicados por la Cancillería en su página actualizada el 10 de julio de 2024, consultada el 3 de octubre de 2026).
Costos de la inscripción del matrimonio
La Cancillería explica que los funcionarios consulares cobran los derechos del Art. 212-Bis de la Ley Orgánica del Servicio Consular, en dólares de Estados Unidos:
| Concepto | Costo (Cancillería, consultado el 3 de octubre de 2026) |
|---|---|
| Inscripción del matrimonio dentro del término de ley | Exento de pago |
| Inscripción después de seis meses de ocurrido el matrimonio | US$5.00 en concepto de multa |
| Expedición de certificación consular del Registro Familiar | US$10.00 |
El texto de la ley coincide: su arancel lista el asiento de una partida «dentro del término de Ley» como exento, la inscripción «después de seis meses de ocurrido el acontecimiento» con multa de US$5.00 y la certificación de partida con US$10.00.
Documentos que pide el consulado
Según la lista de la Cancillería para el Registro de Matrimonio:
| Documento | Detalle |
|---|---|
| Acta de matrimonio de EE. UU. | «La certificación de partida de matrimonio extranjera en original» |
| Identificación de los cónyuges | Documentos de identificación de ambos cónyuges, en original |
| Partidas de nacimiento | Certificación de partida de nacimiento de ambos cónyuges, en original |
| Si informa un tercero sin parentesco | Debe acreditar la representación (legal, convencional o judicial) y presentar un documento de identidad en original y vigente |
Dos notas prácticas sobre esa lista:
- El acta de matrimonio de EE. UU. la emite el estado o el condado donde se casó, no el consulado. Vea cómo pedirla en nuestra guía de actas vitales por estado.
- La partida de nacimiento salvadoreña la emite el RNPN y se puede pedir en línea; vea partida de nacimiento de El Salvador desde EE. UU.. La página de inscripción de la Cancillería no fija una antigüedad máxima para esa partida; otros trámites consulares sí la fijan, así que confirme con el consulado.
Paso a paso
- Pida la certificación de su matrimonio a la oficina de registros vitales del estado o condado donde se casó.
- Reúna los documentos de ambos cónyuges: identificación en original y partida de nacimiento en original.
- Agende una cita en el Portal de Citas de la Cancillería, que lista «Registros del Estado Familiar» entre los servicios que se pueden programar. También puede usar el Consulado Virtual (1-888-301-1130) o el rastreador de citas consulares.
- Acuda al consulado del lugar donde se casó o al más cercano a su residencia — vea consulados de El Salvador en EE. UU. o busque por estado.
- Pague lo que corresponda: nada si está dentro del término de ley; US$5.00 de multa si han pasado más de seis meses desde la boda.
- Solicite la certificación consular (US$10.00) si necesita un documento que acredite la inscripción.
El plazo de seis meses
El arancel no cobra por inscribir dentro del término de ley y aplica la multa de US$5.00 cuando la inscripción ocurre después de seis meses de ocurrido el acontecimiento. Es decir: un matrimonio celebrado hace años en EE. UU. todavía puede inscribirse; lo que cambia es la multa. La página de la Cancillería no menciona otro recargo por año de atraso.
Por qué importa la inscripción: DUI y pasaporte
La inscripción del matrimonio se conecta con otros documentos salvadoreños:
- DUI: la página de requisitos de dui.sv indica que para actualizar el estado civil «no es necesario presentar certificación de partida, ya que el RNPN cuenta con esta información en su registro», y pide que antes de presentarse al DUI Centro se asegure de haber inscrito su estado civil en el Registro del Estado Familiar correspondiente. Vea el DUI en los consulados y renovar el DUI en línea.
- Pasaporte: la página de pasaportes de la Cancillería indica que, si modifica su nombre o estado familiar, debe presentar el DUI vigente debidamente actualizado al renovar. Vea renovación de pasaporte salvadoreño.
¿Hace falta apostillar el acta de EE. UU.?
La página de Registro del Estado Familiar no menciona la apostilla entre los requisitos de inscripción en el consulado. Para documentos de EE. UU. que van a surtir efecto en El Salvador en general, la Cancillería explica que, si el documento proviene de un país miembro del Convenio de La Haya, se obtiene la apostilla de la autoridad que designa ese país y, una vez apostillado, no requiere trámite ni en el consulado salvadoreño ni en el Ministerio de Relaciones Exteriores. El proceso en EE. UU. está en apostillar un documento; los documentos salvadoreños se tratan en apostilla de documentos de El Salvador. Pregunte al consulado si su caso lo requiere.
Su estatus migratorio en EE. UU.
La lista de documentos de la Cancillería para este trámite no incluye ningún documento migratorio de EE. UU.: pide la identificación de los cónyuges, el acta de matrimonio extranjera y las partidas de nacimiento. La inscripción es un acto del registro civil salvadoreño.
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- Ayuda legal pro bono de inmigración
Fuentes oficiales
- Cancillería de El Salvador — Registro del Estado Familiar (servicios en el exterior): https://rree.gob.sv/registro-estado-familiar-se/
- Cancillería — Registro del Estado Familiar (oficinas regionales): https://rree.gob.sv/registro-estado-familiar/
- Ley Orgánica del Servicio Consular, Art. 212-Bis: https://rree.gob.sv/download/ley-organica-del-servicio-consular-de-la-republica-de-el-salvador/
- Portal de Citas de la Cancillería: https://rree.gob.sv/servicios/portal-de-citas/
- RNPN — requisitos del DUI en el exterior: https://dui.sv/exterior/
Última verificación: 2026-10-03. Información procedimental general con propósito educativo. Los aranceles y requisitos consulares cambian; los datos de esta página provienen de las páginas oficiales consultadas el 3 de octubre de 2026. Verifique directamente con el consulado de El Salvador o con el Ministerio de Relaciones Exteriores antes de su cita. No es asesoría legal.