Poder notarial de El Salvador en un consulado de EE.UU.

Un poder notarial es un documento legal que autoriza a otra persona — su apoderado — a actuar en su nombre en El Salvador. Firma el documento ante el cónsul de El Salvador en EE.UU., y luego el Ministerio de Relaciones Exteriores certifica la firma del funcionario consular (legalización, US$5.00 por firma de funcionario salvadoreño) para que el documento pueda surtir efectos en El Salvador.

La Cancillería indica que los motivos por los cuales se solicita un poder son variados, razón por la cual en la mayoría de sus consulados es necesario hacer cita para explicar el tipo de poder que se requiere.

Tipos de poder

Tipos comunes (el expediente inscrito ante el Organismo de Mejora Regulatoria, OMR, menciona el poder especial, el poder general judicial, el poder general administrativo y el poder general judicial y administrativo):

  • Poder especial — limitado a los actos específicos que nombra
  • Poder general judicial
  • Poder general administrativo
  • Poder general judicial y administrativo

Cuál de ellos corresponde a su caso es una pregunta para el consulado o para un abogado salvadoreño.

Cuanto más estrecho mejor legalmente — solo otorgue los poderes que el apoderado realmente necesita.

Documentos requeridos

Según las listas de la Cancillería, necesita:

  • Documento de identidad — DUI o pasaporte salvadoreño vigente (página de actas notariales de la Cancillería); la lista de requisitos inscrita en el OMR también acepta tarjeta de residente o cualquier otro documento de identidad
  • La persona a quien autoriza — la Cancillería pide que de preferencia presente una copia de un documento salvadoreño con foto del apoderado
  • Descripción de poderes a otorgar — qué específicamente puede hacer el apoderado
  • Sus generales — nombre completo, edad, ocupación y domicilio, que se reciben de forma verbal en la cita (la lista de la Cancillería no incluye comprobante de domicilio)
  • Borrador del texto del poder si tiene un abogado de El Salvador que lo preparó
  • Tarifa — US$40 fijo por el poder (cada escritura); puede aplicar una autenticación separada de US$5 para que el acto tenga efecto en El Salvador (la Cancillería indica que los poderes pueden pagarse por adelantado con tarjeta de débito o crédito en portalcitas.rree.gob.sv; confirme el monto vigente)

Proceso paso a paso

  1. Decida qué poderes necesita otorgar. Si es complejo (litigio, sucesión, propiedad), consulte un abogado de El Salvador que pueda preparar un borrador.
  2. Agende cita en su consulado local de El Salvador
  3. Reúna documentos según lista
  4. Asista a la cita en persona — firma frente al cónsul
  5. Pague la tarifa — US$40 fijo por el poder; puede aplicar una autenticación separada de US$5
  6. Reciba el documento notarizado — pregunte al consulado cuándo estará listo
  7. Envíe el original a El Salvador vía mensajería o llévelo a mano en su próximo viaje

Revocar un poder

Pregunte al consulado o a un abogado de El Salvador cómo revocar un poder (revocación), y avise directamente al apoderado. No hemos verificado una página consular oficial que describa el trámite de revocación, así que no describimos uno aquí.

Testigos y requisitos adicionales

Al 3 de octubre de 2026, la Cancillería pide testigos solo para testamentos (3 para testamento abierto y 5 para testamento cerrado); para un poder, su lista pide únicamente el documento de identidad. También indica que los requisitos dependen del tipo de poder, razón por la cual en la mayoría de consulados es necesario hacer cita para explicar el tipo de poder que se requiere.

Apostilla — no se usa en documentos consulares

Los documentos ejecutados por un agente consular salvadoreño quedan fuera de la Convención de la Apostilla, así que no se apostillan; en su lugar, luego el Ministerio de Relaciones Exteriores certifica la firma del funcionario consular (legalización, US$5.00 por firma de funcionario salvadoreño) para que el documento pueda surtir efectos en El Salvador. La apostilla se necesita cuando se transfieren documentos entre países que ambos son partes de la Convención de Apostilla de La Haya, no para documentos ya autenticados por un cónsul de El Salvador.

El proceso de apostilla aplica cuando necesita enviar un documento emitido en EE.UU. (acta de nacimiento de EE.UU., acta de matrimonio de EE.UU., documento judicial de EE.UU.) a El Salvador.

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Fuentes autoritativas


Última verificación: 2026-10-08. Información procedimental general con propósito educativo. Los requisitos de poder notarial varían por país, por tipo de transacción, y cambian periódicamente. Verifique directamente con el consulado de El Salvador y, para asuntos complejos, consulte un abogado de El Salvador. No es asesoría legal.