Volver a Honduras desde EE. UU.: asistencia de retorno voluntario de la SRECI

La Secretaría de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional de Honduras (SRECI) incluye el retorno voluntario entre los servicios de su Oficina de Protección al Hondureño Migrante (OPROHM): «Retorno asistido o independiente al país de origen, basado en la decisión voluntaria de la persona que retorna». Según la SRECI, la asistencia contempla, entre otros, casos de calamidad, niñez no acompañada, personas en situación de calle y personas enfermas, y publica una línea de asistencia inmediata para hondureños en el exterior: +504 3221-7309 (consultado el 17 de octubre de 2026).

English version

Esta página describe lo que publica el gobierno de Honduras sobre el regreso a Honduras; no describe ni orienta sobre procesos migratorios en EE. UU.

Datos clave

DatoLo que publica la SRECI (consultado el 17 de octubre de 2026)
Quién lo ofreceOficina de Protección al Hondureño Migrante (OPROHM), SRECI
Para quiénHondureños en el exterior, especialmente personas en situación de vulnerabilidad
ServicioRetorno asistido o independiente al país de origen, basado en la decisión voluntaria de la persona que retorna
Casos que mencionaEntre otros: calamidad, niñez no acompañada, personas en situación de calle, personas enfermas
Asistencia inmediata+504 3221-7309
Dirección y contacto que publica la páginaBoulevard Kuwait, Contiguo a la CSJ, Tegucigalpa, Honduras; (504) 2236-0200 | (504) 2236-0300; lunes a viernes de 7:30 AM a 3:30 PM
Correotuconsuladovirtual@sreci.gob.hn

Qué hace la oficina de protección de la SRECI

La página de la SRECI dice que la Subsecretaría de Estado en Asuntos Consulares y Migratorios orienta su gestión a «la protección integral de los hondureños en movilidad humana y sus familias». También dice: «La Oficina de Protección al Hondureño Migrante (OPROHM) brinda asistencia y protección a hondureños en el exterior, especialmente a personas en situación de vulnerabilidad».

En la sección «RETORNOS VOLUNTARIOS», la página indica que la asistencia «contempla, entre otros, los siguientes casos»:

  • Casos de calamidad.
  • Niñez no acompañada.
  • Personas en situación de calle.
  • Personas enfermas.

Niñez migrante y víctimas de trata

Otros dos servicios de la misma página tienen que ver con el regreso a Honduras:

  • Protección de niñez migrante. «Atención inmediata a niñas, niños y adolescentes (NNA) migrantes hondureños, especialmente no acompañados», con el fin de evitar situaciones que pongan en riesgo su integridad física, emocional y su vida «durante el retorno y la reunificación». La SRECI indica que brinda apoyo a sus familias y procura que la recepción en Honduras la realice personal especializado en protección de la niñez y adolescencia.
  • Víctimas de trata de personas. La SRECI indica que da seguimiento al caso de la víctima de trata en el exterior y realiza las gestiones de retorno, en coordinación con las autoridades correspondientes para su recepción.

La misma página menciona ayudas económicas humanitarias para población hondureña en situación de extrema vulnerabilidad debido a crisis, conflictos, desastres naturales o exclusión social (comida, salud y medicamentos, protección y transporte, refugio y otras necesidades humanitarias). No dice si esas ayudas están ligadas a un retorno.

Lo que la página no publica

La página de protección de la SRECI, consultada el 17 de octubre de 2026, no indica costo, documentos requeridos, formulario ni plazo de trámite para el retorno voluntario, y no nombra un consulado en EE. UU. para este servicio. Para los detalles de un caso concreto, comuníquese con la SRECI a los números indicados o con un consulado hondureño; vea consulados de Honduras en EE. UU..

Información relacionada

Fuentes oficiales


Última verificación: 2026-10-17. Información procedimental general con propósito educativo. La página de la SRECI enumera la asistencia de retorno voluntario; sus servicios pueden cambiar. Verifique directamente con la SRECI o con un consulado hondureño y, para el efecto de salir de EE. UU. en su estatus, consulte a un abogado de inmigración. No es asesoría legal.