Poder notarial de México en un consulado de EE.UU.

Un poder notarial es un documento legal que autoriza a otra persona — su apoderado — a actuar en su nombre en México. Firma el documento frente al cónsul de México en EE.UU., y la firma y sello del cónsul lo hace válido para uso en México sin notarización adicional ahí.

Al 3 de octubre de 2026, el consulado en Filadelfia publica requisitos para poderes de, entre otros, divorcio, matrimonio por poder, propiedades, herencia, sucesión agraria, liberación de crédito INFONAVIT o ISSSTE y cuentas bancarias o de caja de ahorro popular.

Tipos de poder

Tipos comunes (la página del consulado en Filadelfia menciona, entre otros, el poder especial, el poder general de actos de administración o de dominio y el poder general para pleitos y cobranzas):

  • Poder general — autoridad amplia cubriendo la mayoría de asuntos excepto actos específicos listados
  • Poder especial — limitado a transacciones específicas (ej., “para vender la propiedad en [dirección]”)
  • Poder para pleitos — autoriza a un abogado de México a representarlo en corte
  • Poder para sucesión — autoriza a un apoderado a manejar su parte de una sucesión

Cuanto más estrecho mejor legalmente — solo otorgue los poderes que el apoderado realmente necesita.

Documentos requeridos

Según la lista del consulado en Filadelfia, necesita:

  • Identificación oficial vigente — el consulado en Filadelfia solo acepta pasaporte mexicano, matrícula consular o credencial de elector
  • Su acta de nacimiento, y su acta de matrimonio si está casado (Filadelfia)
  • Copia de la identificación del apoderado — la persona que lo representará (Filadelfia)
  • Descripción de poderes a otorgar — qué específicamente puede hacer el apoderado
  • Comprobante de domicilio de EE.UU. con su nombre y de donde vive actualmente (así lo pide el consulado en Filadelfia)
  • Borrador del texto o cláusula de su abogado en México, si lo tiene — Filadelfia pide la cláusula en poderes de divorcio, herencia y sucesión agraria
  • Tarifa — US$177 por un poder notarial individual (US$264 por un poder de negocio / persona moral), según las tablas 2026 de los consulados de Los Ángeles y Chicago; la hoja de tarifas de Chicago indica que acepta efectivo y tarjetas VISA o Mastercard (confirme el monto vigente)

Proceso paso a paso

  1. Decida qué poderes necesita otorgar. Si es complejo (litigio, sucesión, propiedad), consulte un abogado de México que pueda preparar un borrador.
  2. Agende cita en su consulado local de México
  3. Reúna documentos según lista
  4. Asista a la cita en persona — firma frente al cónsul
  5. Pague la tarifa — US$177 por un poder notarial individual (US$264 por un poder de negocio / persona moral)
  6. Reciba el documento notarizado — pregunte al consulado cuándo estará listo (el consulado en Filadelfia, por ejemplo, indica que el Primer Testimonio está listo 5 días hábiles después de la firma de la escritura)
  7. Envíe el original a México vía mensajería o llévelo a mano en su próximo viaje

Revocar un poder

Pregunte al consulado o a un abogado de México cómo revocar un poder (revocación), y avise directamente al apoderado. No hemos verificado una página consular oficial que describa el trámite de revocación, así que no describimos uno aquí.

Testigos y requisitos adicionales

Al 3 de octubre de 2026, el consulado en Filadelfia indica que si una persona no sabe leer y escribir español, no ve bien o no puede firmar, debe presentar un intérprete y/o 2 testigos de asistencia con identificación oficial vigente. Verifique antes de la cita si necesitará intérprete o testigos. En algunos poderes su cónyuge debe acudir con usted: Filadelfia lo pide en los poderes sobre propiedades si se casó en Estados Unidos, si está casado bajo sociedad conyugal o si su acta de matrimonio no indica el régimen.

Indique al consulado para qué es el poder — algunos lo piden antes de la cita: Filadelfia pide enviar primero los documentos por correo electrónico para revisión (responde en 2 a 3 días hábiles) y, en poderes para divorcio o herencia, llevar las respuestas de su abogado en México sobre el tipo de poder y la cláusula que llevará.

Apostilla — no se necesita para un poder consular

Un poder firmado ante un cónsul de México en EE. UU. no necesita apostilla para usarse en México: según su artículo 1, la Convención de La Haya sobre la Apostilla no se aplica a los documentos ejecutados por agentes diplomáticos o consulares.

El proceso de apostilla aplica cuando necesita enviar un documento emitido en EE.UU. (acta de nacimiento de EE.UU., acta de matrimonio de EE.UU., documento judicial de EE.UU.) a México.

Información relacionada

Fuentes autoritativas


Última verificación: 2026-10-08. Información procedimental general con propósito educativo. Los requisitos de poder notarial varían por país, por tipo de transacción, y cambian periódicamente. Verifique directamente con el consulado de México y, para asuntos complejos, consulte un abogado de México. No es asesoría legal.