Apostillar documentos de Nicaragua desde EE. UU.: La Haya desde 2013

Nicaragua es parte del Convenio de la Apostilla de La Haya desde el 14 de mayo de 2013, según la tabla de estado de la Conferencia de La Haya (HCCH, consultada el 3 de octubre de 2026). Los documentos nicaragüenses no los apostilla el Registro Civil: el Consejo Supremo Electoral (CSE) responde que el Registro Central «solo certifica las actas, la Auténtica y Apostilla se realiza ante Cancillería General de la República». El sitio de la Cancillería no resolvía el 3 de octubre de 2026, así que no encontramos una tarifa, un canal ni un plazo oficial publicados que podamos citar. En la dirección contraria, el CSE pide que los documentos de EE. UU. lleguen apostillados o legalizados y, si están en inglés, traducidos por un notario nicaragüense con más de diez años de incorporado.

English version

Datos clave

PuntoDetalle (consultado el 3 de octubre de 2026)
Convenio de la ApostillaAdhesión de Nicaragua el 7-IX-2012; en vigor el 14-V-2013 (HCCH)
Quién apostilla documentos nicaragüensesCancillería General de la República (según el CSE)
¿Apostilla el Registro Central?No, solo certifica las actas (CSE)
Tarifa, canal y plazo de la apostilla nicaragüenseNo publicados en fuentes oficiales alcanzables (Cancillería fuera de línea)
Documentos emitidos por un consuladoSe legalizan en la Cancillería de Nicaragua (CSE); autenticados por el Ministerio de Relaciones Exteriores (Ley 761, Art. 51)
Documentos de EE. UU. para el Registro CivilApostillados o legalizados + traducción de notario nicaragüense con más de diez años de incorporado ante la Corte Suprema de Justicia (CSE)
Legalización consular (Ley 710)De US$ 10 a US$ 75 según el tipo de documento
Documentos del exterior para MigraciónVigencia máxima de seis meses desde su emisión (Reglamento de la Ley 761, Art. 260)

Parte 1: documentos nicaragüenses para usar en EE. UU.

El orden que describe el CSE tiene dos pasos separados:

  1. Certificación del Registro Civil. El Registro Central o el Registro Civil municipal emite el certificado (por ejemplo, el certificado de nacimiento por C$ 120 o el certificado de soltería por C$ 300, tarifas del CSE consultadas el 3 de octubre de 2026).
  2. Auténtica y apostilla en la Cancillería. Pregunta 6 de las preguntas frecuentes del Registro Civil: «¿El Registro Central Autentica y Apostilla los documentos emitidos? No, Registro Central solo certifica las actas, la Auténtica y Apostilla se realiza ante Cancillería General de la República».

Lo que no pudimos confirmar. El 3 de octubre de 2026, www.cancilleria.gob.ni no resolvía y el portal de citas de la Cancillería rechazaba las solicitudes, incluso desde un navegador normal. La página de la HCCH sobre la autoridad competente de Nicaragua no mostró contenido. Por eso esta página no indica cuánto cuesta la apostilla, si se pide en línea, cuánto tarda ni si la puede gestionar un tercero. Si alguien en Nicaragua hará el trámite por usted y necesita un poder, vea poder notarial de Nicaragua en un consulado.

Parte 2: documentos emitidos por un consulado nicaragüense

Un certificado emitido por un consulado —por ejemplo, la inscripción consular de un nacimiento o un matrimonio— se legaliza en la Cancillería, según los textos oficiales:

  • Nacimiento: el CSE acepta el «Certificado de Nacimiento emitida por el Consulado de Nicaragua en el extranjero, debidamente legalizada por Cancillería de Nicaragua, independientemente de la edad».
  • Matrimonio: el CSE acepta el «Certificado de Matrimonio emitido por el Consulado de Nicaragua en el extranjero, debidamente legalizada por Cancillería de Nicaragua, dentro de los 90 días contados a partir de su realización».
  • Prueba de nacionalidad: la Ley 761 (Art. 51) incluye el «Certificado de inscripción de nacimiento expedido por las representaciones diplomáticas u oficinas consulares nicaragüenses en el exterior, debidamente autenticado por el Ministerio de Relaciones Exteriores».
  • Poderes otorgados en un consulado: al responder sobre la nulidad de asientos, el CSE indica que el poder especial pedido en un consulado se envía «en original y con la debida Apostilla o Legalización».

Parte 3: documentos de EE. UU. para usar en Nicaragua

Para el Registro Civil (CSE)

Para inscribir un nacimiento o un matrimonio ocurrido en el extranjero, el CSE pide:

  • El certificado original «Apostillado o Legalizado» del país donde ocurrió (nacimiento) o donde se celebró (matrimonio).
  • Si no está en español, «la traducción por un notario de la República de Nicaragua con más de diez años de estar incorporado ante Corte Suprema Justicia».

Cómo se apostilla un documento en un estado de EE. UU.: apostillar un documento de EE. UU.. Los trámites completos: inscribir un matrimonio de EE. UU. y registrar a un hijo nacido en EE. UU..

Para trámites migratorios

El Reglamento de la Ley 761 (Decreto 31-2012) dispone:

  • Art. 259: «Todos los documentos provenientes del exterior, deberán ser presentados en original en idioma español con las debidas Auténticas de Ley».
  • Art. 260: «Los documentos provenientes del exterior, tendrán una vigencia máxima de seis meses posterior a su emisión, siempre y cuando estos no presenten fecha de vencimiento de la autoridad que lo emite».

Ese reglamento es de 2012. La Ley 1228 (noviembre de 2024) reformó la Ley 761 y ordenó a la Presidencia adecuar el reglamento; no encontramos el texto adecuado, así que estos artículos se citan tal como figuran en el reglamento vigente según la base de datos de la Asamblea.

Tasas consulares de legalización y traducción (Ley 710)

La Ley 710, Ley de Tasas por Servicios Consulares (La Gaceta 67, 13 de abril de 2010), registrada como vigente por la Asamblea Nacional, fija estas tasas en dólares. Según su Art. 2, se pagan «en dólares de los Estados Unidos de América o su equivalente en la moneda del país donde se realice la transacción».

Servicio consular (tabla del Art. 3, sección V)Tasa
Legalización: estudios en todas sus modalidadesUS$ 10
Legalización: actos comercialesUS$ 75
Legalización: actos referentes al estado civil de las personasUS$ 20
Legalización: actos notarialesUS$ 40
Legalización: certificaciones emitidas por autoridades diversasUS$ 20
Traducción al español por hoja: estudiosUS$ 10
Traducción al español por hoja: Registro del Estado Civil de las PersonasUS$ 10
Traducción al español por hoja: notarialesUS$ 20
Traducción al español por hoja: comercialesUS$ 20
Traducción al español por hoja: cualquier otro documentoUS$ 5

Son tasas que fija la ley, consultada el 3 de octubre de 2026; no confirman que un consulado de EE. UU. preste hoy cada servicio. Para inscripciones en el Registro Civil, el CSE pide la traducción de un notario nicaragüense, no la consular. Nuestro directorio de consulados de Nicaragua lista tres oficinas que atienden en EE. UU. (Miami, Nueva York y Washington, D. C.), con base en reportes de prensa de 2024.

Su estatus migratorio en EE. UU.

Los requisitos del CSE y de la Ley 710 citados aquí se refieren al documento y a su autenticación. No piden documentos migratorios de EE. UU.

Información relacionada

Fuentes oficiales


Última verificación: 2026-10-03. Información procedimental general con propósito educativo. Las tasas consulares, los requisitos del CSE y las reglas de la Cancillería pueden cambiar. Verifique directamente con la Cancillería de Nicaragua, con su consulado y con la entidad que recibirá el documento. No es asesoría legal.