Certificado de supervivencia de Perú en EE. UU.: US$1 y el DL 1246
El certificado consular de supervivencia es el documento con el que un peruano en el extranjero acredita que está con vida, y se pide en persona y con el DNI en el consulado del Perú que corresponde a su domicilio; los consulados en Washington D.C. y Miami además exigen cita. El Consulado General en Washington D.C. cobra US$1; la página del Consulado en Miami indica 1 sol consular (tarifas publicadas por cada consulado, consultadas el 3 de octubre de 2026). Antes de sacar la cita conviene saber una cosa: según la Cancillería, desde 2017 las entidades públicas peruanas no pueden exigir este certificado para cobrar pensiones del Estado; quien sí puede pedirlo es una entidad privada.
Fecha de las fuentes: página nacional del trámite en gob.pe (Ministerio de Relaciones Exteriores, «Último cambio 10 julio 2026»), página del Consulado en Miami en gob.pe («Último cambio 06 marzo 2026»), página del Consulado General en Washington D.C. en consulado.pe (sin fecha) y la Tarifa Consular en PDF (sin fecha). Todas consultadas el 3 de octubre de 2026.
Lo primero: qué cambió con el Decreto Legislativo 1246
La página nacional del trámite en gob.pe dice textualmente que «las entidades públicas peruanas no pueden exigir la presentación de certificados o constancias de supervivencia para realizar procedimientos relacionados, entre otros, con el cobro de pensiones o prestaciones económicas otorgadas por el Estado. Desde el 2017, estas entidades deben verificar esta información directamente mediante consultas al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) o a sus propias bases de datos, sin generar costos para el ciudadano».
La misma página añade que la prohibición «se aplica únicamente a la exigencia del documento por parte de las entidades públicas», y que por eso los consulados pueden expedirlo cuando el ciudadano lo solicita para otros trámites.
El Consulado General en Washington D.C. cita la norma: el artículo 9 del Decreto Legislativo 1246, publicado en el diario oficial «El Peruano» el 10 de noviembre de 2016. Según esa página, ya no se requiere el certificado en los trámites de cobro de pensiones a cargo del Estado, y si el trámite se va a realizar ante una entidad privada, sí se requiere.
Lo que ofrece el Consulado en Miami. La página del Consulado en Miami (6 de marzo de 2026) ofrece el certificado y fija su costo «para los pensionistas de la ONP y de las Cajas de Pensiones Militar y Policial», con la indicación de enviarlo después a la entidad pagadora en el Perú. Esa misma página de Miami incluye la explicación citada arriba: «Esta prohibición se aplica únicamente a la exigencia del documento por parte de las entidades públicas. Por ello, las oficinas consulares pueden expedir este documento cuando el ciudadano lo solicite para otros trámites o procedimientos en los que necesite acreditar que se encuentra con vida». Las páginas consultadas no dicen si una entidad pagadora en particular todavía lo pide: pregúntele a la suya antes de sacar la cita.
Costos y tiempos publicados
| Concepto | Dato publicado | Quién lo publica |
|---|---|---|
| Certificado de supervivencia en el consulado | US$1 | Consulado General en Washington D.C. (consultado el 3 de octubre de 2026) |
| Certificado para pensionistas de la ONP y de las Cajas Militar y Policial | 1 sol consular | Consulado en Miami, gob.pe (6 de marzo de 2026) |
| Tarifa oficial | «Por un certificado de supervivencia. Derecho fijo 1.00» | Tarifa Consular, numeral 28 a); la misma tabla indica «1 Sol Consular (S/C) = US$ 1.00» |
| Vía por correo (solo Washington D.C.) | US$30 por la legalización de la firma del County Clerk | Consulado General en Washington D.C. |
| Entrega | Inmediata | Consulado en Miami |
En Washington D.C. el pago se hace en efectivo o con tarjeta VISA o MASTERCARD, pero el último día hábil del mes solo se acepta efectivo, según la página del consulado.
Requisitos según el consulado
| Requisito | Washington D.C. | Miami |
|---|---|---|
| Cita | «Es obligatorio solicitar cita» | Reserva en el Sistema de Citas, opción «Certificado de Supervivencia»; presentar el comprobante digital o impreso |
| Presencia | Del interesado; no se puede delegar | Obligatoria, salvo enfermedad acreditada con certificado médico |
| Identidad (peruanos) | DNI | DNI vigente y físico |
| Identidad (extranjeros con pensión del Estado peruano) | No lo indica | Pasaporte o licencia de conducir (ID) de Florida vigente |
| Pensionista postrado | Vía por correo (ver abajo) | Certificado médico original, firmado por un médico local y notarizado |
La página nacional en gob.pe lista, entre las oficinas que tramitan el certificado, a los consulados del Perú en Seattle, Phoenix, Chicago, Dallas, Houston, Los Ángeles, Miami, New York, San Francisco, Atlanta, Paterson, Washington DC, Hartford, Boston y Denver. Solo revisamos en detalle las páginas de Washington D.C. y Miami; los requisitos de otro consulado pueden diferir. Para ubicar el suyo, vea consulados del Perú en EE. UU. o consulados por estado.
Paso a paso
- Confirme con su entidad pagadora o con la entidad privada que le pide el certificado que de verdad lo necesita (ver la sección sobre el DL 1246).
- Saque la cita en el sistema de su consulado. Para ver disponibilidad, puede usar el rastreador de citas consulares.
- Revise su DNI. Miami aconseja renovarlo si está vencido; vea cómo se tramita el DNI peruano en los consulados.
- Acuda en persona el día de la cita. Miami describe que el pensionista se identifica y estampa su firma y huella dactilar frente al funcionario consular; Miami da atención prioritaria a adultos mayores en este trámite.
- Pague (US$1 en Washington D.C.; 1 sol consular en Miami) y reciba el certificado.
- Envíelo a quien se lo pidió. Miami indica enviarlo a la entidad pagadora en el Perú «según los canales que ellos tengan habilitados (físico o digital)».
Trámite por correo (solo Consulado en Washington D.C.)
El Consulado General en Washington D.C. publica una vía por correo solo para quienes no pueden movilizarse y viven en su jurisdicción: Maryland, Virginia, West Virginia, Kentucky, Delaware y el Distrito de Columbia. Los pasos que publica:
- Descargar el formato de Certificado de Supervivencia de la página del consulado, completarlo, firmarlo igual que en el DNI y poner la huella del índice derecho.
- Legalizar la firma ante un notario público ubicado en la jurisdicción del consulado.
- Legalizar la firma del notario ante el County Clerk.
- Enviar el documento al consulado con un money order a nombre del Consulado General del Perú por US$30 y un sobre de correo certificado, pagado y con la dirección de retorno. El consulado dice que no devolverá el documento por otro tipo de correo.
La página advierte que el trámite no se hará si falta cualquiera de esos requisitos. Ningún otro consulado de los que revisamos publica una vía por correo.
Si un apoderado cobra su pensión en el Perú
El certificado de supervivencia y el poder para cobrar la pensión son trámites distintos. El Consulado General en Washington D.C. publica que el poder fuera de registro cuesta US$25, pero US$10 cuando se otorga solo para cobrar la pensión de jubilación del poderdante, y que tiene una vigencia de 1 año. Vea poder notarial peruano en un consulado de EE. UU..
Su estatus migratorio en EE. UU.
Los requisitos publicados por Washington D.C. y Miami piden el DNI peruano (o, para extranjeros que cobran una pensión peruana, un pasaporte o ID de Florida); no piden documentos migratorios de EE. UU. Los consulados operan bajo la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares (1963). El RENIEC, en las preguntas frecuentes de su página de servicios en consulados, responde: «¿Hacer un trámite en el Consulado puede afectar mi situación migratoria? No. Al hacer un trámite en el Consulado, el ciudadano solo establece un vínculo con el Estado Peruano, no con el Gobierno del País donde se encuentra.» Esa es la posición del RENIEC; no encontramos una fuente oficial sobre si un consulado comparte datos con agencias de EE. UU., así que no afirmamos nada al respecto. Si tiene dudas sobre su caso, vea ayuda legal pro bono de inmigración.
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- Consulados del Perú en EE. UU.
- DNI peruano en los consulados (no existe matrícula consular)
- Poder notarial peruano en un consulado de EE. UU.
- Rastreador de citas consulares
- Ayuda legal pro bono de inmigración
Fuentes oficiales
- Ministerio de Relaciones Exteriores (gob.pe) — Solicitar certificado consular de supervivencia en el extranjero: https://www.gob.pe/82737-solicitar-certificado-consular-de-supervivencia-en-el-extranjero
- Consulado General del Perú en Miami (gob.pe): https://www.gob.pe/82737-solicitar-certificado-consular-de-supervivencia-en-el-extranjero?child=112950
- Consulado General del Perú en Washington D.C. — Certificado de supervivencia: https://www.consulado.pe/es/Washington/tramite/paginas/Certificado-de-supervivencia.aspx
- Tarifa Consular (PDF): https://www.consulado.pe/Documents/Tarifa_Consular.pdf
Última verificación: 2026-10-03. Información procedimental general con propósito educativo. Las entidades públicas peruanas no pueden exigir este certificado, pero los consulados lo siguen expidiendo cuando el ciudadano lo necesita para otros trámites; los requisitos pueden cambiar. Verifique directamente con el consulado del Perú que le corresponde y con su entidad pagadora. No es asesoría legal.