Renunciar a la nacionalidad venezolana desde Estados Unidos
Estado al 3 de octubre de 2026: Venezuela y Estados Unidos acordaron restablecer sus relaciones diplomáticas y consulares el 5 de marzo de 2026 (comunicado de la Cancillería venezolana y declaración del Departamento de Estado). Aun así, no consta que ningún consulado venezolano en EE. UU. atienda trámites: el 12 de septiembre de 2026, Radio Nacional de Venezuela informó que el consulado en Nueva York luce renovado, pero que «las autoridades aún no han emitido un comunicado oficial que establezca la fecha de apertura formal al público ni la habilitación del sistema de citas para trámites». La lista oficial de consulados de la Cancillería (MPPRE), consultada el 3 de octubre de 2026, tiene 25 oficinas y ninguna en Estados Unidos.
Esta página describe cómo funciona el trámite según las fuentes oficiales; no evalúa si a una persona le conviene hacerlo. El Registro de Renuncia a la Nacionalidad es, según la Cancillería venezolana (MPPRE), un documento que certifica la inscripción de la renuncia a la nacionalidad venezolana ante la misión diplomática, «el cual será inserto en el territorio nacional ante el Consejo Nacional Electoral (CNE)». Es gratuito (catálogo del MPPRE, consultado el 3 de octubre de 2026). Lo decisivo: la renuncia no surte efecto jurídico hasta que se estampa la nota marginal en el acta de nacimiento de quien renuncia. Sin consulados abiertos en EE. UU., se presenta ante una misión venezolana fuera del país, previa confirmación de que acepta el caso.
Lo esencial
| Punto | Dato | Fuente |
|---|---|---|
| Registro de renuncia | «Este trámite es gratuito» | MPPRE, descripción 35 (consultado el 3 de octubre de 2026) |
| Dónde se hace | Ante la misión diplomática; luego se inserta ante el CNE | MPPRE, descripción 35 |
| Cuándo surte efecto | Solo cuando se estampa la nota marginal en el acta de nacimiento | MPPRE, descripción 35 |
| Constancia de tramitación de renuncia | Arancel a consultar en la misión; menores exonerados | MPPRE, descripción 7 |
| Constancia de renuncia | Arancel a consultar en la misión; menores exonerados | MPPRE, descripción 8 |
| Plazo | No publicado en las páginas consultadas el 3 de octubre de 2026 | — |
Documentos que pide el MPPRE
| Documento | Cantidad |
|---|---|
| Certificación de la constancia de haber obtenido o estar tramitando otra nacionalidad, apostillada o legalizada y traducida al castellano por intérprete público de ser el caso; o copia certificada del pasaporte extranjero | Un (1) original y dos (2) copias |
| Cédula de identidad o pasaporte venezolano de quien renuncia | Original y tres (3) copias simples |
| Documento de identidad de dos testigos | Tres (3) copias simples |
| Si quien renuncia es niño, niña o adolescente: carta explicativa de las razones que justifican la renuncia | Un (1) original y dos (2) copias |
| Si quien renuncia es niño, niña o adolescente: documento de identidad del padre, madre o representante legal | Original y tres (3) copias simples |
Fuente: MPPRE — Registro de Renuncia a la Nacionalidad, consultado el 3 de octubre de 2026.
Si el documento que prueba la otra nacionalidad es estadounidense y hay que apostillarlo, vea cómo apostillar un documento de EE. UU..
Cuándo surte efecto: la nota marginal
El catálogo del MPPRE lo dice en su observación: «La renuncia a la nacionalidad venezolana no surtirá efecto jurídico hasta tanto se estampe la correspondiente nota marginal en el acta de nacimiento del renunciante».
Juntando lo que dicen las fuentes oficiales:
- La renuncia se inscribe ante la misión diplomática.
- El registro se inserta en Venezuela ante el CNE.
- Se estampa la nota marginal en el acta de nacimiento; desde entonces surte efecto jurídico.
- La Constancia de Renuncia a la Nacionalidad (MPPRE, descripción 8) pide, entre sus recaudos, la «copia simple del acta de nacimiento con la nota marginal de renuncia a la nacionalidad estampada».
Para pedir el acta de nacimiento venezolana, vea el acta de nacimiento venezolana desde EE. UU..
Las constancias posteriores
| Constancia | Qué certifica | Recaudos | Costo |
|---|---|---|---|
| Constancia de Tramitación de Renuncia a la Nacionalidad | La inscripción de la renuncia ante la misión diplomática | Original y copia del documento de identidad; copia simple del acta consular de la renuncia; comprobante de pago del arancel | Arancel a consultar en la misión |
| Constancia de Renuncia a la Nacionalidad | La renuncia tramitada por la embajada o consulado e inserta ante el CNE | Original y copia del documento de identidad; copia simple del acta consular de renuncia; copia simple del acta de nacimiento con la nota marginal estampada; comprobante de pago del arancel | Arancel a consultar en la misión |
Fuente: MPPRE, descripciones 7 y 8, consultadas el 3 de octubre de 2026. En ambas, el MPPRE indica que los niños, niñas y adolescentes están exonerados del pago de derechos consulares según el artículo 9 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y el Adolescente (LOPNA), Gaceta Oficial N° 37.476 del 2 de julio de 2002.
Lo que pide el SAIME
La página de identificación del SAIME (consultada el 3 de octubre de 2026) lista, bajo «Renuncia de nacionalidad venezolana»:
- Exposición de motivos con dos números de teléfono y correo electrónico actualizado y legible.
- Acta de Renuncia a la Nacionalidad Venezolana por nacimiento, ante el Registro Civil.
- Acta de Nacimiento con nota marginal de renuncia a la nacionalidad.
- Si es extranjero, copia de la Gaceta Oficial y acta de la renuncia a la nacionalidad.
- Copia de la cédula de identidad y del pasaporte venezolano.
La página del SAIME no explica cuál es su paso dentro del proceso; publica solo esa lista de requisitos.
Dónde hacerla mientras no hay consulados en EE. UU.
El MPPRE describe el registro de renuncia como «realizado ante la misión diplomática». La Sección Consular en Francia, por ejemplo, ofrece el registro consular a quienes residen en Francia, Mónaco o Andorra, y el catálogo del MPPRE indica que «para la realización de cualquier trámite ante esta Embajada deberá estar inscrito en el Registro Consular». Ninguna página consultada el 3 de octubre de 2026 dice si una sede fuera de EE. UU. acepta a quien vive en Estados Unidos: confírmelo con esa sede antes de viajar. La lista del SAIME menciona además un «Acta de Renuncia a la Nacionalidad Venezolana por nacimiento, ante el Registro Civil»; las páginas consultadas no describen ese trámite en Venezuela.
Lo que las fuentes no dicen sobre la doble nacionalidad
- Las fuentes oficiales venezolanas consultadas el 3 de octubre de 2026 no dicen si Venezuela permite la doble nacionalidad con Estados Unidos ni si naturalizarse en otro país hace perder la venezolana. Esta página no afirma ninguna de las dos cosas.
- La página de Venezuela del Departamento de Estado de EE. UU. (actualizada el 20 de abril de 2026) dice: «Venezuelan law requires that Venezuelan citizens enter and depart the country using Venezuelan passports» (la ley venezolana exige que los ciudadanos venezolanos entren y salgan del país con pasaporte venezolano), y que quienes tienen doble nacionalidad estadounidense y venezolana deben planear viajar entre ambos países con pasaportes válidos de los dos.
Información relacionada
- Todos los trámites consulares de Venezuela
- Consulados de Venezuela en Estados Unidos
- Acta de nacimiento venezolana desde EE. UU.
- Pasaporte venezolano desde EE. UU.
- Identificación consular venezolana
- Apostillar un documento de EE. UU.
- Ayuda legal pro bono de inmigración
Fuentes oficiales
- Cancillería de Venezuela (MPPRE) — Registro de Renuncia a la Nacionalidad
- MPPRE — Constancia de Tramitación de Renuncia y Constancia de Renuncia
- MPPRE — Registro Consular
- Embajada de Venezuela en Francia — Registro Consular Único
- SAIME — Identificación: requisitos
- Departamento de Estado de EE. UU. — Venezuela: información de viaje (sección Dual nationality)
- Radio Nacional de Venezuela — Consulado en Nueva York, 12 de septiembre de 2026
- MPPRE — Consulados de Venezuela en el mundo
Última verificación: 2026-10-03. Información procedimental general con propósito educativo. Los requisitos los fijan la Cancillería venezolana (MPPRE) y el SAIME y pueden cambiar sin aviso. Verifique directamente con la misión diplomática venezolana y, para su situación, consulte a un abogado. No es asesoría legal.