El centro del CNMI Department of Corrections en Susupe, Saipán (Vincente Taman Building) alberga a detenidos migratorios de ICE en las Islas Marianas del Norte. Lo supervisa la oficina de campo de ICE en San Francisco. La página de ICE remite las llamadas de información de detenidos y sobre el oficial de deportación a la suboficina ERO de Saipán, y el centro opera en hora estándar de Chamorro.
La página de ICE sobre este centro se actualizó por última vez el 08/06/2026 (consultado el 16 de octubre de 2026). Según esa página, el centro ofrece a los detenidos adaptaciones por discapacidad, según se necesiten, para acceder a sus programas y actividades.
Referencia rápida del centro
| Dato | Detalle |
|---|---|
| Nombre del centro | CNMI Department of Corrections |
| Dirección | Vincente Taman Building, P.O. Box 506506, Susupe, Saipan, MP 96950 |
| Teléfono del centro | (670) 237-2700 (mensajes urgentes, depósitos, coordinación legal/clero) |
| Información de detenidos de ICE | (670) 237-6000 — suboficina ERO de Saipán, 8 a.m.–4 p.m. ChST |
| Oficina de campo ERO | San Francisco Field Office — (415) 365-8800 |
| Correo de información de casos | SanFrancisco.Outreach@ice.dhs.gov |
| Correspondencia legal | doccnmi@gmail.com / fax (670) 664-9515 |
| Página oficial de ICE | ice.gov/detain/detention-facilities/cnmi-department-corrections |
| Última verificación | 2026-06-11 |
ADP = población diaria promedio; ALOS = estancia promedio, ambos promedios del año fiscal 2026 (no un conteo de un solo día). Fuente: ICE Detention Management, FY2026 (publicado el 2026-07-20).
Cómo localizar o contactar a un detenido
El localizador de detenidos de ICE, en locator.ice.gov, busca con el A-number y el país de nacimiento; ICE también indica la suboficina ERO de Saipán, al (670) 237-6000 (8 a.m.–4 p.m.), para información sobre detenidos. Al llamar al (670) 237-6000, ICE pide tener a mano el nombre, los apellidos (incluidos los compuestos con guion), los alias, la fecha de nacimiento y el país de nacimiento de la persona. Los detenidos no pueden recibir llamadas. Para un mensaje urgente, ICE indica el (670) 237-2700 y pide dejar el nombre completo del detenido, su número de registro de extranjero (A-number), y el nombre y un teléfono de contacto de quien llama. ICE indica que el mensaje se entregará al detenido (consultado el 16 de octubre de 2026).
Visitas
- Familiares y amigos: a diario 8–9 a.m., una visita por semana, máximo 30 minutos, todas sin contacto. Revisión corporal, inspección de pertenencias y detector de metales; sin dispositivos electrónicos en áreas seguras.
- Abogados: sin cita de lunes a viernes 8 a.m.–5 p.m.; visitas legales de fin de semana o fuera de horario se coordinan con el DOC al (670) 237-2700. ICE indica que, según sus normas de detención, la visita legal está disponible cuatro horas los fines de semana y días feriados.
Visitas en persona
La página de ICE sobre este centro publica estas reglas (consultado el 16 de octubre de 2026):
- Todas las visitas familiares u otras visitas sociales son sin contacto.
- Los visitantes no pueden pasar ni intentar pasar objetos a los detenidos, ni llevar ningún objeto al área de visitas.
- No se permiten armas de fuego ni armas de ningún tipo en el centro. No se permite la visita a quienes estén o parezcan estar intoxicados.
- Toda persona que pida entrar al centro o al área de visitas está sujeta a revisión corporal, inspección de pertenencias y detector de metales. No se admite a quien se niegue a cooperar con una revisión razonable. No se permiten dispositivos electrónicos (celulares, localizadores, radios, etc.) en las áreas seguras.
- Estacionamiento: hay estacionamiento público gratuito en el centro.
- Los funcionarios consulares pueden reunirse con sus connacionales detenidos en cualquier momento. ICE pide que, en la medida de lo posible, hagan arreglos previos con el supervisor de oficiales de deportación de ICE, al (670) 237-6000, y que traigan las credenciales correspondientes.
- Las visitas de clérigos se solicitan al centro del CNMI DOC al (670) 237-2700.
Citas para visitas legales, videollamadas y llamadas legales
- Los G-28 pueden presentarse por ERO eFile. Por ahora el personal del centro no tiene acceso a ERO eFile, así que, según ICE, los representantes legales deben llevar una copia descargada del G-28 presentado a cualquier visita legal presencial o remota.
- Llamadas legales: los proveedores de servicios legales las solicitan al centro del CNMI DOC al (670) 237-2700. Al 16 de octubre de 2026, la página de ICE sobre este centro no describe un procedimiento para reservar videoconferencias (VTC).
- Identificar al oficial de deportación del cliente: ICE remite esta consulta a la suboficina ERO de Saipán, al (670) 237-6000. Para revelar cualquier información debe haber un G-28 en el expediente.
- Información de casos: las solicitudes van a SanFrancisco.Outreach@ice.dhs.gov. Este buzón no acepta solicitudes de suspensión de deportación (Stay of Removal) ni apelaciones de casos.
- Documentos legales por correo electrónico o fax: doccnmi@gmail.com o fax (670) 664-9515. ICE pide que el asunto deje claro que es correspondencia/correo legal, con los documentos adjuntos y una portada que indique el nombre completo del detenido, el A-number, el número de fax de respuesta del remitente, el total de páginas y la anotación “Legal Mail”. Los documentos se inspeccionan en busca de contrabando, pero no se leen, y luego se entregan. Las solicitudes se procesan de lunes a viernes, de 8 a.m. a 4 p.m. ChST, excepto días feriados.
- Otros intercambios electrónicos: cuando no es posible una comunicación oportuna por correo, el administrador del centro puede, a su discreción, permitir una cantidad razonable de comunicación escrita electrónica entre el detenido y su representante legal designado.
- ICE indica que la lista de organizaciones legales gratuitas (pro bono) se publica en todas las unidades de vivienda y se actualiza cada trimestre. Contactar a un proveedor para pedir una cita es responsabilidad del detenido.
Atención médica según el reglamento penitenciario de la CNMI
El reglamento de la Mancomunidad, redactado para las personas bajo custodia de la División de Correcciones, establece lo siguiente (consultado el 17 de octubre de 2026):
- El examen físico previo a la salida en libertad se exige solo para las personas recluidas durante más de tres meses.
- Cada administración de medicamentos se registra en el expediente de la persona, con la hora, la fecha, la cantidad y quién los administró.
- Los medicamentos se usan solo para tratar enfermedades específicas y se toman ante el personal que los administra.
Teléfonos y rutina diaria según el reglamento penitenciario de la CNMI
Las propias normas del Commonwealth para su centro correccional, el subcapítulo 57-20.1 del NMIAC, «Inmates and Correctional Facility Rules and Regulations» (Reglas y reglamentos de reclusos y del centro correccional), adoptado el 15 de octubre de 1991 (texto de la Commonwealth Law Revision Commission con fecha del 28 de septiembre de 2021; consultado el 17 de octubre de 2026), están redactadas para los reclusos de la División de Correcciones (Division of Corrections). Indican:
- Teléfonos (§ 57-20.1-1601): los teléfonos están disponibles para los reclusos de forma libre e igualitaria («on a free and equal basis») para llamadas locales en el horario laboral normal del Commonwealth, bajo la supervisión de un guardia, siempre que la llamada no represente una amenaza para la seguridad de la prisión. Las llamadas al abogado del recluso tienen acceso prioritario a los teléfonos.
- Llamadas de emergencia (§ 57-20.1-1610): los reclusos pueden hacer y recibir llamadas de duración razonable en emergencias como la muerte, una enfermedad grave o un accidente de un familiar, sin importar su posición en el sistema de clasificación.
- Fin de una llamada (§ 57-20.1-1605): un guardia puede terminar una llamada cuando por teléfono se comete o se planea una conducta que viola la ley o las reglas de la División de Correcciones.
- Barbería (§ 57-20.1-320): los reclusos tienen acceso a servicios de barbería al menos una vez al mes, y el jefe de la División de Correcciones puede exigir que se recorten el cabello y el vello facial.
- Duchas: el oficial de turno limita el uso de la sala de duchas a 10 minutos por recluso.
- Pertenencias (§ 57-20.1-401, -405, -410): las pertenencias solo se permiten con la aprobación del jefe de Correcciones (Chief of Corrections) o de quien él designe; los objetos que se guardan en la celda se limitan a lo que cabe a la vista en los estantes destinados para ello; a cada recluso se le asigna un casillero con cerradura, que puede revisarse sin aviso en cualquier momento.
Correo y dinero
Las cartas deben llevar el nombre completo del detenido y los últimos cuatro dígitos del A-number, además del nombre y la dirección del remitente, y deben ir dirigidas a P.O. Box 506506, Susupe, Saipan, MP 96950. ICE enumera como artículos restringidos por correo: paquetes, materiales obscenos o pornográficos, cheques personales, cheques de caja, estampillas o sobres con franqueo, cualquier tipo de comida y publicaciones periódicas que no envíe directamente la editorial (consultado el 16 de octubre de 2026). La única excepción que ICE indica para los paquetes son los artículos necesarios exclusivamente para el viaje o la liberación de la custodia, con aprobación del oficial de deportación de ICE (ver abajo). El dinero se puede depositar en la cuenta llamando al (670) 237-2700 o con un giro postal (money order) enviado por correo (ver abajo).
Lo que ICE publica sobre correo, dinero y paquetes en este centro
- Formato de la dirección:
Detainee Name
P.O. Box 506506
Susupe, Saipan, MP 96950
- Revisión: todo el correo entrante se revisa en busca de contrabando. Según ICE, no se lee al abrirlo; solo lo inspecciona el oficial que lo entrega. Los detenidos pueden cerrar sus cartas salientes, y el correo saliente se lleva a la oficina postal dentro de las 24 horas desde que lo recibe el personal.
- Estampillas: los detenidos pueden comprarlas. ICE dice: “Generally, there is no limit to the amount of correspondence detainees may send at their own expense” (en general, no hay límite a la correspondencia que pueden enviar a su costa). Los detenidos indigentes (sin medios de sustento ni fondos en su cuenta del centro) reciben una asignación para franqueo a cargo del gobierno.
- Dinero: no se entrega dinero directamente al detenido. Se puede depositar en su cuenta llamando al CNMI Department of Corrections al (670) 237-2700, o con un giro postal (money order) enviado por el Servicio Postal de EE. UU. a P.O. Box 506506, Susupe, Saipan, MP 96950, con el nombre del detenido indicado en el giro. Los fondos recibidos por correo se depositan en la cuenta, y el oficial de procesamiento entrega un recibo. ICE advierte que no se envíe efectivo por correo.
- Paquetes: solo se aceptan artículos que se consideren necesarios exclusivamente para el viaje o la liberación de la custodia, con aprobación del oficial de deportación de ICE. ICE pide, antes de enviar nada, una solicitud clara y concisa de lo que se necesita.
- Equipaje para la deportación: se permite una maleta pequeña. Si la persona no tiene, se puede enviar o entregar tras la aprobación del supervisor de oficiales de deportación. No se aceptan dispositivos electrónicos (celulares, rasuradoras eléctricas, laptops, radios, etc.).
- Traslados y salidas: solo se reenvía el correo legal. La correspondencia general se marca “Return to Sender” y se devuelve a la oficina postal.
Corte de inmigración en Saipán
Las audiencias de los detenidos aquí se celebran en la Corte de Inmigración de Saipán — Marina Heights II Building, Suite 301, Marina Heights Business Park, Saipan, MP 96950; teléfono (670) 322-0601; correo postal P.O. Box 505595, Saipan, MP 96950. La línea automatizada de EOIR es 1-800-898-7180 (A-number a mano); línea principal de EOIR (la agencia a la que pertenece la BIA) (703) 305-0289.
Quejas y supervisión
Oficina ERO de San Francisco (630 Sansome Street, Rm 590, San Francisco, CA 94111, (415) 365-8800), CRCL del DHS (su portal de quejas o CRCL@dhs.gov), o la línea del OIG del DHS 1-800-323-8603.
Otros canales en la página de ICE de este centro
- Comentarios sobre el servicio o queja por mala conducta: Field Office Director, Enforcement and Removal Operations, U.S. Immigration and Customs Enforcement, 630 Sansome Street # 590, San Francisco, CA 94111.
- Oficina de Responsabilidad Profesional de ICE (por correo): Director, Office of Professional Responsibility, U.S. Immigration and Customs Enforcement, 500 12th Street, SW, Suite 1049, Mailstop 5099, Washington, DC 20536-5005.
- Centro de Coordinación de Integridad de ICE OPR: 1-833-4ICE-OPR o ICEOPRIntake@ice.dhs.gov.
- Medios de comunicación: un periodista que quiera entrevistar a un detenido debe solicitarlo por escrito a ERO San Francisco. La solicitud debe indicar que el solicitante conoce las reglas y los reglamentos del centro proporcionados por el personal y acepta cumplirlos. ICE indica que el detenido tiene derecho a no ser entrevistado, fotografiado ni grabado, y que el representante del medio debe obtener antes su permiso por escrito. Las consultas de prensa sobre ICE van a ICEMedia@ice.dhs.gov. La página de ICE también indica: «Ordinarily, live television or radio interviews will not be permitted in the facility» («por lo general, no se permitirán entrevistas en vivo de televisión ni de radio en el centro») (consultado el 19 de octubre de 2026).