Guam Department of Corrections, Hagatna Detention Facility es un centro de detención utilizado por ICE Enforcement and Removal Operations (ERO), ubicado en Hagatna, Guam. Está bajo la jurisdicción de la oficina San Francisco Field Office.
Referencia rápida del centro
| Dato | Detalle |
|---|---|
| Nombre del centro | Guam Department of Corrections, Hagatna Detention Facility |
| Dirección | 203 Aspinall Avenue |
| Ciudad, estado, ZIP | Hagatna, GU 96910 |
| Línea de información sobre personas detenidas | (671) 777-2976 |
| Teléfono principal del centro | (671) 777-2976 |
| Mensajes no confidenciales (según ICE) | (671) 472-0565 |
| Visitas, clérigos y llamadas legales (según ICE) | (671) 475-0184 |
| Teléfono de la oficina ERO (según la página de ICE de este centro) | (671) 475-0184 |
| Teléfono de San Francisco Field Office en el directorio de oficinas de campo de ICE, actualizado el 2 de septiembre de 2026 | (415) 365-8800 |
| Oficina de campo ERO | San Francisco Field Office |
| Localizador de detenidos ICE | locator.ice.gov |
| Página oficial de ICE (inglés) | ice.gov/detain/detention-facilities/guam-department-corrections-hagatna-detention-facility |
| Última verificación | 2026-09-10 |
ADP = población diaria promedio; ALOS = estancia promedio, ambos promedios del año fiscal 2026 (no un conteo de un solo día). Fuente: ICE Detention Management, FY2026 (publicado el 2026-07-20).
Cómo localizar o contactar a un detenido
Para localizar a una persona bajo custodia de ICE, use el Sistema Localizador de Detenidos en Línea de ICE en locator.ice.gov. Necesitará el número A (número de registro de extranjero) y el país de nacimiento de la persona, o su nombre completo, país de nacimiento y fecha de nacimiento.
Para preguntar si una persona está detenida aquí y para dejarle un mensaje urgente, ICE publica el (671) 777-2976, al que se puede llamar entre las 7:30 a. m. y las 3:30 p. m. para pedir información sobre una persona detenida (consultado el 16 de octubre de 2026). Indique el nombre completo de la persona, su número de registro de extranjero (número A), su propio nombre y un teléfono donde puedan contactarlo; ICE dice que la persona detenida recibirá el mensaje. Para un mensaje no confidencial con datos para devolver la llamada, ICE indica otro número del centro, el (671) 472-0565. Los detenidos no pueden recibir llamadas entrantes — ellos mismos realizan las llamadas salientes. Tenga lista la información biográfica de la persona cuando llame (nombre legal completo y cualquier alias, fecha de nacimiento y país de nacimiento). Las visitas se coordinan en otro número, el (671) 475-0184. Vea Visitas en persona más abajo.
Visitas en persona
Según la página de ICE de este centro (actualizada el 08/06/2026; consultada el 16 de octubre de 2026):
Amigos y familiares: las visitas son de lunes a viernes, de 8 a. m. a 5 p. m., excepto días festivos. Para coordinar una visita o pedir más información, ICE indica llamar al centro al (671) 475-0184.
Solo sin contacto: todas las visitas familiares u otras visitas sociales son sin contacto (“non-contact”).
Revisión: toda persona que pida entrar al centro o al área de visitas está sujeta a:
- un cacheo;
- la inspección de sus pertenencias;
- una revisión con detector de metales.
Quien se niegue a cooperar con una revisión razonable no será admitido.
No se permite:
- armas de fuego ni armas de ningún tipo;
- pasar, o intentar pasar, artículos a las personas detenidas;
- llevar artículos al área de visitas;
- aparatos electrónicos (celulares, localizadores, radios, etc.) en las áreas de seguridad.
No se permite la visita a quien esté o parezca estar intoxicado.
Funcionarios consulares: pueden reunirse con sus connacionales detenidos en cualquier momento. ICE pide que, en lo posible, coordinen antes con el ICE Supervisory Deportation Officer y que lleven las credenciales correspondientes. ICE da el número de ese oficial como (671) 777-2976/2912.
Clérigos: pueden visitar en cualquier momento, pero deben coordinar antes con la oficina del capellán (Chaplain’s Office). Comuníquese con el centro al (671) 475-0184.
Estacionamiento: ICE indica que hay estacionamiento público gratuito en el centro.
Reglas de visita del Departamento de Correcciones de Guam. La página Visiting Hours & Policies del Departamento de Correcciones de Guam (DOC) (consultada el 19 de octubre de 2026) indica que solo se incluye en la lista de visitas de una persona detenida a quienes hayan solicitado formalmente la visita y hayan sido aprobados por el Prison Security Administrator (alcaide), y que los visitantes no pueden entregar a un preso ni recibir de él ninguna carta, documento ni artículo salvo aprobación expresa del Director. El DOC indica como su teléfono el (671) 735-5170. La misma página incluye, en su lista de políticas, la Orden General FY07-003 del DOC sobre visitas en los Hagåtña (Federal) Detention Facilities, un documento de 2007 (fecha de emisión: 09-17-07, es decir, el 17 de septiembre de 2007). La página actual indica por su parte que el número de visitantes por preso “may be limited” (puede limitarse) y que esos límites “may be subject to exceptions when appropriate” (pueden admitir excepciones cuando corresponda). La orden de 2007 indica que:
- la solicitud de visitas de una persona detenida puede incluir hasta quince (15) nombres, cada uno sujeto a verificación de antecedentes y a aprobación;
- se autoriza un máximo de cinco (5) visitantes por persona detenida; si la persona tiene más de cinco hijos, se considera caso por caso;
- los visitantes solo pueden llevar consigo una llave de vehículo y una identificación válida con fotografía, y no presentar identificación es motivo para negar la visita;
- a cada visitante se le autoriza no más de una (1) visita por día de visitas;
- los menores deben ir acompañados por un visitante adulto aprobado y presentar una copia de su acta de nacimiento como identificación;
- el visitante cuyo nombre se retira de la lista a pedido de la persona detenida o del propio visitante no vuelve a incluirse durante al menos noventa (90) días;
- las consultas telefónicas sobre si un visitante fue aprobado o rechazado no se atienden (“will not be entertained”); la orden deja a la persona detenida la tarea de informar al visitante.
La página de horarios y políticas de visita del DOC exige que todos los visitantes aprobados completen toda la documentación requerida antes de ingresar. La misma página del DOC publica el fax del departamento: (671) 734-4051 (consultado el 19 de octubre de 2026).
Envío de correo, fondos para el economato y artículos personales
Cada centro publica su propio formato exacto para las cartas; el formato que ICE indica para este centro aparece más abajo, en Lo que ICE publica sobre correo, dinero y paquetes en este centro. ICE indica el formato de cada centro en la página de ese centro en ice.gov. La propia página de ICE de este centro dice que el correo entrante “no se lee al abrirlo, solo lo inspecciona el oficial que lo entrega” y que pueden sellar sus propias cartas salientes. La norma nacional de ICE permite más que eso. Según las National Detention Standards de ICE, revisadas en 2019, §5.1(E), el correo general entrante se abre y se inspecciona en busca de contrabando, y el correo general saliente puede ser inspeccionado y leído si va dirigido a otra persona detenida o si el personal tiene motivos para creer que amenaza la seguridad o el orden del centro, pone en peligro a alguien o puede facilitar una actividad delictiva. Solo la correspondencia especial — cartas de o hacia abogados y otros representantes legales, cortes y jueces, abogados del gobierno, embajadas y consulados, el presidente y el vicepresidente de Estados Unidos, miembros del Congreso, el Departamento de Justicia (incluidas las cortes de inmigración), el DHS (incluidos ICE/ERO, IHSC, CRCL y el Inspector General del DHS), administradores del sistema de quejas y medios de comunicación — no puede ser leída ni copiada por el personal. La correspondencia especial entrante se inspecciona en busca de contrabando en presencia de la persona detenida; la saliente no se abre, inspecciona ni lee, y si existe una necesidad, cualquier inspección se hace en presencia de la persona detenida. La norma limita cualquier inspección a detectar contrabando físico y confirmar que los anexos califican como correspondencia especial. El correo solo cuenta como correspondencia especial si el sobre identifica sin ambigüedad el cargo y la oficina del remitente (correo entrante) o del destinatario (correo saliente). Las reglas para depósitos al economato (commissary) y los artículos personales permitidos varían por centro, y también varía el número que los atiende — en algunas páginas ICE indica un encargado de correo (mail clerk) distinto. La vía de depósito, la forma de pago aceptada y los contactos de este centro están en la sección Sending Items to Detainees de su página oficial de ICE (enlazada arriba).
Lo que ICE publica sobre correo, dinero y paquetes en este centro
Según la página de ICE de este centro (consultada el 16 de octubre de 2026):
- Cartas: deben incluir los últimos cuatro dígitos del número A (File Number) de la persona detenida, además del nombre y la dirección del remitente.
- Correo entrante y saliente: todo el correo entrante se revisa en busca de contrabando. El correo saliente se envía a la oficina postal dentro de las 24 horas siguientes a su recepción por el personal. En todas las unidades se publica un horario de recogida y entrega de correo.
- Dinero por correo: los fondos que una persona detenida recibe por correo se llevan al área de procesamiento y se depositan en su cuenta, y el oficial de procesamiento entrega un recibo. ICE advierte que las personas detenidas no deben pedir que se les envíe efectivo por correo. La página de ICE de este centro no describe otro método de depósito.
- Paquetes: antes de enviar uno, comuníquese con el Guam ERO Duty Officer al (671) 777-2976. Solo se permiten artículos considerados necesarios exclusivamente para el viaje o la liberación de la custodia, con la aprobación del ICE Deportation Officer.
- Estampillas: las personas detenidas pueden comprarlas. Las personas detenidas indigentes (sin medios de sostén económico ni fondos en su cuenta del centro) reciben una asignación de franqueo a cargo del gobierno.
- Traslados y salidas: solo se reenvía el correo legal. La correspondencia general se devuelve al remitente.
- Equipaje para la deportación: se permite una maleta pequeña. Si la persona no tiene, se puede enviar o entregar una después de la aprobación del Supervisory Deportation Officer. No se aceptan aparatos electrónicos.
Acceso legal, abogados e información de la corte de inmigración
Los detenidos tienen derecho a hablar con un abogado, y las visitas y llamadas entre abogado y cliente son confidenciales. Para información sobre un caso ante la corte de inmigración (EOIR), la línea automatizada de EOIR 1-800-898-7180 (gratuita, 24 horas, en inglés y español) da la próxima fecha de audiencia y el estado del caso; se marcan los 9 dígitos del número A, sin la letra A (EOIR, consultado el 24 de octubre de 2026). Para un asunto ante la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA), la línea principal de EOIR (la agencia del Departamento de Justicia a la que pertenece la BIA) es el (703) 305-0289. Las solicitudes de alivio de deportación deben presentarse directamente ante la corte de inmigración que atiende el caso. Si no puede pagar un abogado, la corte de inmigración puede entregar una lista de proveedores de servicios legales pro bono — vea los recursos relacionados más abajo.
Cómo programar visitas legales, videollamadas y llamadas legales
Según la página de ICE de este centro (consultada el 16 de octubre de 2026):
- Formularios G-28: se pueden presentar por ERO eFile. El personal del centro no tiene acceso a esa plataforma, por lo que el representante debe llevar una copia descargada del G-28 presentado a toda visita legal presencial o remota.
- Visitas legales presenciales: se atiende sin cita de 8 a. m. a 5 p. m., de lunes a viernes. La página de ICE del centro de Guam nombra a CNMI Dept of Corrections en sus instrucciones para visitas legales fuera de horario, en fines de semana y días festivos. No hemos verificado que esa vía de reserva de CNMI se aplique a Guam. La página añade que, según las normas de detención de ICE, la visita legal está disponible cuatro horas en fines de semana y días festivos.
- Llamadas legales: bajo el título “Legal Calls or Video Teleconferencing”, ICE indica que los proveedores de servicios legales pueden llamar al centro al (671) 475-0184 para programar llamadas legales.
- Información del caso: las solicitudes se envían a SanFrancisco.Outreach@ice.dhs.gov. ICE aclara que este buzón no acepta solicitudes de suspensión de deportación (Stay of Removal) ni apelaciones (Case Appeals).
- Saber quién es el Deportation Officer del cliente: comuníquese con el Guam ERO Duty Officer al (671) 777-2976. Debe haber un G-28 en el expediente para que se divulgue cualquier información.
- Lista pro bono: la lista de organizaciones legales gratuitas se publica en todas las unidades y se actualiza cada trimestre. Contactar a un proveedor para pedir cita es responsabilidad de la persona detenida.
Envío de documentos legales a un cliente detenido
ICE indica que los representantes legales pueden enviar correspondencia legal por fax al (671) 472-3919 o por correo electrónico a hubintakeprocessing@doc.guam.gov. Deben incluir una carta de presentación con:
- el nombre completo de la persona detenida;
- su número A;
- el número de fax del remitente;
- el total de páginas;
- la anotación “Legal Mail”.
Los documentos se revisan en busca de contrabando, pero no se leen, y luego se entregan. Las solicitudes de comunicación electrónica legal se procesan de lunes a viernes, de 8 a. m. a 5 p. m., excepto días festivos. Cuando no es posible una comunicación oportuna por correo, el administrador del centro puede, a su discreción, permitir una cantidad razonable de comunicación escrita electrónica entre la persona detenida y su representante legal designado.
Comentarios, quejas y supervisión
Para reportar una inquietud sobre las condiciones de este centro o la conducta de un empleado de ICE o de un contratista, comuníquese con la oficina de campo ERO (San Francisco Field Office) que supervisa este centro, o presente una queja ante la Oficina de Derechos Civiles y Libertades Civiles (CRCL) del DHS. En su propia página Make a Civil Rights Complaint el DHS publica un solo canal: el portal en línea engage.dhs.gov/crcl-complaint. CBP publica además, para esa misma oficina, el correo CRCL@dhs.gov, el fax (202) 401-4708 y la dirección postal DHS/CRCL, Compliance Branch, 2707 Martin Luther King Jr Ave SE, Mail Stop #0190, Washington, DC 20528-0190. La línea del Inspector General (OIG) del DHS es 1-800-323-8603.
La propia página de ICE de este centro añade estos canales (consultada el 16 de octubre de 2026):
- Comentarios sobre el servicio, o una queja por mala conducta ante la oficina de campo: Field Office Director, Enforcement and Removal Operations, U.S. Immigration and Customs Enforcement, 630 Sansome Street # 590, San Francisco, CA 94111.
- Oficina de Responsabilidad Profesional de ICE (por correo): Director, Office of Professional Responsibility, U.S. Immigration and Customs Enforcement, 500 12th Street, SW, Suite 1049, Mailstop 5099, Washington, DC 20536-5005.
- ICE OPR Integrity Coordination Center: 1-833-4ICE-OPR o ICEOPRIntake@ice.dhs.gov.
Un periodista que quiera entrevistar a una persona detenida aquí debe solicitarlo por escrito a la oficina de Enforcement and Removal Operations de San Francisco. ICE indica que la persona detenida tiene derecho a no ser entrevistada, fotografiada ni grabada por los medios, y que el periodista debe obtener antes su permiso por escrito. ICE indica ICEMedia@ice.dhs.gov para consultas de prensa sobre las actividades, operaciones o políticas de ICE.