Alaska licencia de conducir e ID estatal — guía para inmigrantes
Alaska emite una licencia de conducir o una identificación estatal (que no es de conducir) solo a personas con presencia legal en Estados Unidos, y confirma ese estatus mediante el programa federal SAVE antes de emitir la tarjeta. No hay tarjeta de privilegio de conducir para residentes indocumentados. Esta página explica quién califica, la regla del Seguro Social, los documentos que debe llevar, las tarifas y cómo la vigencia de la credencial se ata a su documento migratorio. (Verificado con el DMV de Alaska al 30 de junio de 2026.)
Respuesta rápida
- Acceso para conductores indocumentados: No — Alaska no ofrece licencia ni ID a residentes indocumentados y no tiene una credencial tipo AB 60. A quienes no tienen una clase de admisión elegible se les indica que pueden solicitarla cuando se les emita o conceda una clase elegible.
- Regla del SSN: Requerido si lo tiene (debe coincidir con los registros de la SSA). Si no lo tiene, debe presentar documentación de la Administración del Seguro Social de que no se le ha emitido un número.
- ID estatal sin conducir: Disponible bajo las mismas reglas — $15 estándar / $35 REAL ID (gratis estándar / $20 REAL ID a partir de los 60 años). Se solicita con el Formulario D1.
- REAL ID: Opcional. Una credencial REAL ID es necesaria para entrar a ciertas instalaciones federales y abordar vuelos nacionales (en vigor desde el 7 de mayo de 2025).
- Cómo se verifica el estatus: Verificación federal SAVE; puede resolverse al instante o pasar a una revisión manual de unas 8 semanas.
- Agencia: División de Vehículos Motorizados (DMV) de Alaska.
Quién califica
Solo los no ciudadanos con presencia legal pueden obtener una licencia o ID estatal de Alaska, y el DMV verifica el estatus migratorio mediante el programa federal SAVE. El DMV de Alaska enumera las siguientes clases elegibles:
- Residentes permanentes — Tarjeta de Residente Permanente válida (I-551), un pasaporte con sello “Approved/Processed I-551,” un permiso de reingreso I-327, o un I-94 con sello “Processed for I-551.”
- Refugiados y asilados — un Documento de Autorización de Empleo (I-688B o I-766), un Documento de Viaje de Refugiado (I-571), o un pasaporte con un I-94 sellado como Refugiado o Asilado.
- Nacionales COFA de las Islas Marshall, Micronesia y Palaos — pasaporte, I-94 válido y tarjeta del SSN (no se requiere visa).
- Personas en parole, entrantes condicionales, residentes temporales legales, Estatus de Protección Temporal (TPS) y solicitantes de ajuste de estatus — el documento de estatus correspondiente más un EAD (I-688B/I-766) o pasaporte válido.
- Estudiantes — F-1/F-2/F-3, J-1/J-2, M-1/M-2/M-3, con pasaporte, visa de EE. UU., I-94 vigente y SEVIS/DS-2019.
- Diplomáticos — clases A y G, con pasaporte, visa, I-94 y una Carta de No Elegibilidad del Departamento de Estado.
- Visitantes no inmigrantes — clases B, E, H, I, K, L, N, O, P, Q, R, S, T, U, V, TN/TD y NATO.
No elegibles: C-1/C-2/C-3/C-4 (extranjero en tránsito), D-1/D-2 (tripulantes extranjeros) y WT/WB (Exención de Visa / temporal). Los residentes indocumentados no son elegibles para ninguna credencial de Alaska.
La regla del número de Seguro Social
Conforme a AS 28.15.061(b)(4): si tiene un número de Seguro Social, debe anotarlo en la solicitud y la información debe coincidir con los registros del Seguro Social. Si no tiene un número de Seguro Social, debe presentar documentación de la Administración del Seguro Social que verifique que no se le ha emitido un número (comúnmente llamada carta de inelegibilidad). La página de credenciales para no ciudadanos también señala que puede requerirse prueba del SSN según su estatus. En resumen, una persona que no es elegible para un SSN aún puede calificar presentando la documentación de la SSA de que no se le emitió un número.
Documentos que debe llevar
Lleve un documento de cada categoría a continuación. Todos los documentos deben ser originales, válidos y no vencidos.
Primario (nombre legal, fecha de nacimiento y presencia legal):
- Un pasaporte extranjero con los formularios de estatus migratorio correspondientes emitidos por el Departamento de Seguridad Nacional / Servicio de Ciudadanía e Inmigración (DHS/USCIS); o
- Un documento de residente extranjero, residente extranjero temporal o de autorización de empleo emitido por DHS/USCIS; o
- Un pasaporte o tarjeta de pasaporte de EE. UU., un Certificado de Ciudadanía / Naturalización / Nacimiento en el Extranjero, o un acta de nacimiento de EE. UU.
Las tablas por clase especifican los documentos exactos de USCIS según el estatus (I-551, EAD I-766/I-688B, I-571, I-94, SEVIS/DS-2019, visa de EE. UU., etc.). Para las clases que requieren un I-94, debe visitar cbp.gov/i-94 para imprimir una copia.
Domicilio residencial (un documento que muestre una dirección física en Alaska, no un apartado postal): una factura de servicios, tarjeta de registro de votante de Alaska, título/registro de Alaska, talón de pago, correo de primera clase, confirmación de cambio de domicilio del USPS, tarjeta de identificación tribal, registros escolares, documentos de seguro, un cheque cancelado o estado de cuenta bancario, un contrato de arrendamiento o hipoteca, o una carta con membrete de un empleador, banco, servicio público o entidad benéfica.
Seguro Social: vea la regla del SSN arriba.
ID consular / matrícula consular: La matrícula consular no figura como aceptable en ninguna categoría. Un pasaporte extranjero solo cuenta cuando va acompañado de los formularios de estatus migratorio de DHS/USCIS, así que una tarjeta consular por sí sola no califica.
Tarifas y vigencia de la credencial
| Credencial | Estándar | REAL ID |
|---|---|---|
| Licencia de conducir o de motocicleta no comercial | $20 | $40 |
| Renovación de licencia | $20 (+$1 si se renueva por correo) | $40 (+$1 si se renueva por correo) |
| Tarjeta de identificación estatal | $15 | $35 |
| ID estatal, 60 años o más | Gratis | $20 |
| Licencia duplicada | $15 | $35 |
| Permiso de instrucción | $15 | — |
| Licencia de conducir temporal | $5 | — |
| Examen de manejo (no comercial) | $15 | — |
Vigencia: Una credencial estándar es válida por 8 años. Sin embargo, para no ciudadanos, conforme al Estatuto de Alaska 28.15.101(d), el DMV de Alaska puede emitir una licencia de conducir y/o tarjeta de identificación con una vigencia menor a 8 años para coincidir con la fecha de expiración de su estancia autorizada en Estados Unidos. Planee renovar cuando se actualice su documento migratorio de base.
Cómo y dónde solicitarla
- Solicite en persona en una oficina local del DMV de Alaska — una licencia o ID original no puede tramitarse en línea.
- Complete el Formulario D1. Puede llenarlo con antelación desde el formulario imprimible del DMV (dmv.alaska.gov/media/tskk4urs/d1.pdf).
- Lleve los originales de sus documentos primario, de domicilio residencial y de Seguro Social.
- La verificación SAVE se realiza sobre su estatus. Puede resolverse al instante, o pasar a una segunda revisión manual de USCIS que tarda unas 8 semanas. Si pasa a revisión manual, recibe una “Fact Sheet for Benefit Applicants” de SAVE con un número de caso; verifique el estado en uscis.gov/save/casecheck o llame al Call Center del DMV al (907) 269-5551 antes de regresar.
- Los solicitantes de licencia por primera vez también toman los exámenes de conocimientos y de visión y un examen de manejo; hay una herramienta de práctica del examen de conocimientos en línea.
La oficina del DMV en Anchorage está en 4001 Ingra Street, Ste 101, Anchorage, AK 99503; teléfono (907) 269-5551. Un Programa Móvil/de Alcance Rural del DMV atiende a comunidades remotas. Confirme horarios y detalles de documentos con la oficina antes de ir.
Si no tiene estatus legal
Como Alaska no tiene una credencial para residentes indocumentados, estas son las opciones prácticas, sin relación con conducir:
- Use su pasaporte extranjero como identificación para banca e identificación cotidiana donde se acepte.
- Abra una cuenta bancaria amigable con el ITIN para manejar su dinero sin un SSN — vea bancos amigables con ITIN y qué es el ITIN.
- Obtenga una matrícula consular del consulado de su país para fines consulares y algunos locales (no se acepta en el DMV de Alaska) — vea consulados en Alaska.
- Permiso Internacional de Conducir (IDP): válido solo para visitantes de corto plazo que tengan una licencia extranjera vigente; se obtiene en su país antes de viajar y no es una vía hacia una credencial de Alaska.
Procedimientos relacionados
- Directorio de ID estatal por estado — todos los estados
- Oficinas del IRS en Alaska
- Bancos amigables con ITIN
- Consulados en Alaska — matrícula consular
- ¿Qué es el ITIN?
- Encontrar abogado de inmigración
- Guía de impuestos estatales de Alaska
Última verificación: 2026-06-30. Fuentes: DMV de Alaska — nuevo en Alaska desde otro país, su primera licencia de conducir de Alaska, tarifas de licencia.
Información general procedimental. Las políticas, tarifas y requisitos documentales del DMV cambian con frecuencia — verifique con el DMV de Alaska antes de visitar. No es asesoría legal ni de inmigración. Para orientación específica a su caso, consulte a un abogado de inmigración con licencia.
