Calculadora de impuestos transfronterizos — EE.UU. + país de origen

Calcule sus obligaciones fiscales EE.UU. + país de origen: tratado fiscal, FBAR $10K, FATCA Form 8938 $50K, Foreign Tax Credit (Form 1116), FEIE (Form 2555). 12 países hispanos.

Esta calculadora da estimaciones generales basadas en reglas IRS 2024. NO sustituye asesoria fiscal de un CPA con experiencia internacional o IRS publication. Consulte profesional para casos especificos.

Calculadora de impuestos transfronterizos

Use la calculadora de arriba para estimar sus obligaciones fiscales en EE. UU. + su país de origen, y luego lea qué significa cada resultado. Si tiene vínculos con ambos países — ingresos, cuentas bancarias, propiedades o familia — esta guía explica cómo cumplir en los dos y, sobre todo, cómo evitar pagar impuestos dos veces.

Esta es información general, no asesoría fiscal. Para un caso transfronterizo real, use un CPA o agente registrado que maneje declaraciones internacionales.

El punto de partida: EE. UU. grava el ingreso mundial

Si usted es residente fiscal de EE. UU. — ciudadano, residente permanente, o alguien que cumple la prueba de presencia sustancial (que incluye a la mayoría de los inmigrantes que viven y trabajan aquí, titulares de ITIN incluidos) — EE. UU. grava su ingreso mundial. Eso significa:

  • Salarios e ingresos por cuenta propia, dondequiera que se ganen
  • Ingresos por alquiler de propiedades en su país de origen
  • Dividendos e intereses de bancos o empresas extranjeras
  • Ganancias de capital, incluidas las de criptomonedas

Así que la pregunta no suele ser “¿reporto los ingresos extranjeros?” (sí lo hace), sino “¿me gravarán dos veces y cómo lo evito?” De eso trata el resto de esta página.

¿Su país tiene un tratado fiscal con EE. UU.?

Un tratado fiscal reduce o elimina la doble tributación sobre ciertos ingresos transfronterizos (a menudo bajando la retención sobre dividendos, intereses y pensiones). Entre los países de origen hispano esto es poco común:

  • México — sí, un tratado integral EE. UU.–México (1992).
  • Venezuela — existe un tratado (1999), aunque las sanciones limitan su uso práctico.
  • La mayoría de los demás (Guatemala, El Salvador, Honduras, Colombia, República Dominicana, Perú, Ecuador, Argentina, Nicaragua, Cuba) — sin tratado de impuesto sobre la renta con EE. UU.

No tener tratado no significa que la doble tributación sea inevitable — significa que depende del Crédito por Impuestos Extranjeros.

Evitar la doble tributación: el Crédito por Impuestos Extranjeros (Formulario 1116)

La herramienta principal para todos, con tratado o sin él, es el Crédito por Impuestos Extranjeros (FTC). Si pagó impuesto sobre la renta a otro país sobre el mismo ingreso, por lo general puede reclamar un crédito dólar por dólar en su declaración de EE. UU. por esos impuestos extranjeros (hasta el impuesto de EE. UU. sobre ese ingreso), presentado en el Formulario 1116. En la práctica, el FTC es lo que evita que la mayoría de los inmigrantes paguen el impuesto completo en ambos países.

FBAR — reportar cuentas extranjeras de más de $10,000

Aparte del impuesto sobre la renta, si el saldo combinado de sus cuentas bancarias y de inversión en el extranjero superó los $10,000 USD en cualquier momento del año, debe presentar un FBAR (Formulario FinCEN 114) — electrónicamente, por separado de su 1040. Es un reporte informativo (sin impuesto a pagar), pero las multas por no presentarlo son severas. Esto sorprende a muchos que mantienen una cuenta de ahorros en su país.

FATCA — Formulario 8938 para activos extranjeros mayores

Si sus activos extranjeros (cuentas más cosas como acciones o participaciones extranjeras) superan $50,000 (soltero) o $100,000 (casados declarando juntos) al final del año — umbrales más altos si vive en el extranjero — también presenta el Formulario 8938 con su 1040. Es posible que necesite ambos, FBAR y Formulario 8938; tienen umbrales diferentes y cubren cosas algo distintas.

FEIE — por lo general NO para inmigrantes que viven en EE. UU.

La Exclusión de Ingreso Ganado en el Extranjero (Formulario 2555) permite a quienes viven en el extranjero excluir una gran parte del ingreso ganado fuera. Para calificar debe pasar la prueba de residencia de buena fe o de presencia física (330+ días en el extranjero) — así que la mayoría de los inmigrantes que viven en EE. UU. no califican. Importa principalmente si regresa a su país de origen por un año o más.

Seguro Social: acuerdos de totalización

Si ha cotizado al Seguro Social en ambos países, un acuerdo de totalización puede evitar la doble tributación del Seguro Social y permitir que sus créditos de trabajo cuenten entre fronteras. EE. UU. los tiene con solo unos pocos países de origen hispano — vea totalización del Seguro Social por país.

¿Realmente debe impuestos en ambos países?

Para la mayoría de los inmigrantes residentes en EE. UU., la respuesta práctica es: declara en EE. UU. sobre el ingreso mundial, usa el Crédito por Impuestos Extranjeros para compensar lo que pagó afuera, y presenta los reportes informativos (FBAR / Formulario 8938) si cruza los umbrales. Su obligación en el país de origen depende de si ese país aún lo considera residente fiscal. Como esto se complica rápido, confirme su caso específico con un profesional de impuestos transfronterizos.

Recursos


Última verificación: 2026-06-04.

Información procedimental general con fines educativos. No es asesoría legal ni fiscal. Los impuestos transfronterizos son complejos y las reglas cambian — verifique en IRS.gov y consulte a un CPA o agente registrado con experiencia en declaraciones internacionales.

Preguntas frecuentes

Que es FBAR y necesito archivarlo?
FBAR (FinCEN Form 114, Reporte de Cuentas Bancarias y Financieras Extranjeras) es requerido si tuvo >$10,000 USD agregados en cuentas extranjeras en cualquier momento del ano. Requerido para: ciudadanos USA, residentes US (LPR), y personas con obligaciones fiscales US. Multa por no archivar: $10,000+ por cuenta. Archive en fincen.gov por April 15 (extensión automatica a Oct 15).
Diferencia entre FBAR y FATCA Form 8938?
FBAR: agregado >$10K en cuentas extranjeras → archive FinCEN 114 (separado del 1040). FATCA Form 8938: agregado >$50K (single) o >$100K (MFJ) en activos extranjeros → archive con su 1040. Umbrales diferentes, formularios diferentes, posiblemente necesite AMBOS.
Mexico tiene tratado fiscal con EE.UU.?
SI. El tratado fiscal EE.UU.-Mexico (1992) reduce o elimina doble tributación sobre ingreso transfronterizo. Retenciones reducidas sobre dividendos, intereses, regalias. Puede reclamar beneficios del tratado en su 1040 (y declaración mexicana).
Que es FEIE y cuando puedo usarlo?
FEIE (Exclusion de Ingreso Ganado Extranjero, Form 2555) excluye hasta $126,500 (2024) de ingreso ganado extranjero del impuesto US SI cumple: (a) Bona Fide Residence Test, o (b) Physical Presence Test (330+ días en país extranjero). NO aplica a ingreso de inversion. La mayoría de inmigrantes ITIN basados en EE.UU. NO califican.