Obligaciones tributarias transfronterizas — por país de origen

Si vive y trabaja en EE. UU. pero todavía tiene ingresos, propiedades o cuentas bancarias en su país de origen, dos sistemas tributarios reclaman una parte de su año. Estas guías explican — país por país — qué espera EE. UU. que usted reporte, qué sigue gravando su país, y qué mecanismos de alivio realmente le aplican.

El marco en cuatro datos

  1. Los residentes fiscales de EE. UU. tributan sobre sus ingresos mundiales. Usted se convierte en residente fiscal al cumplir la prueba de presencia sustancial — alrededor de 183 días en EE. UU. bajo una fórmula ponderada de 3 años — sin importar su estatus migratorio. Quienes declaran con ITIN siguen la misma regla que todos.
  2. Solo México (y en papel, Venezuela) tiene tratado fiscal con EE. UU. De los 12 países de origen cubiertos aquí, el tratado de México es el único en operación cotidiana. Venezuela firmó uno en 1999 que nunca se ha terminado, pero la suspensión de relaciones diplomáticas hace difícil aplicarlo en la práctica. Los otros diez países no tienen tratado — así que las exenciones “por tratado” que pueda leer en otros sitios simplemente no le aplican.
  3. No tener tratado NO significa doble tributación. El Crédito por Impuestos Extranjeros (Formulario 1116) es ley unilateral de EE. UU.: el impuesto sobre la renta que realmente pagó a su país se descuenta del impuesto estadounidense sobre ese mismo ingreso. Y varios países — entre ellos Guatemala y Nicaragua — solo gravan ingresos territoriales, así que nunca tocan sus salarios estadounidenses.
  4. Desde el 1 de enero de 2026, las remesas pagadas en efectivo cargan un impuesto federal del 1% (IRC §4475, promulgado en la ley presupuestaria de 2025). Las transferencias pagadas desde cuenta bancaria estadounidense o con tarjeta de débito/crédito emitida en EE. UU. están exentas — lo práctico es pagar la transferencia electrónicamente.

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Qué cubre cada página de país

Cada guía responde las mismas preguntas para un país: si existe tratado (normalmente no, y qué cambia eso), cómo grava el país de origen a sus residentes en el exterior (territorial vs. mundial), qué pasa con propiedades e ingresos de alquiler allá, la exposición a doble pago de seguro social (ningún acuerdo de totalización cubre estos 12 países), y los formularios de reporte que los residentes en EE. UU. olvidan — el FBAR para cuentas en el país de origen que sumen más de $10,000, y el Formulario 8938 en umbrales mayores.

Información procedimental relacionada


Última verificación: 2026-06-11. Fuentes: IRS — tratados fiscales de EE. UU. de la A a la Z, IRS — reglamento del impuesto a transferencias de remesas, IRS — Crédito por Impuestos Extranjeros.

Información general — no es asesoría legal ni fiscal. Las situaciones transfronterizas varían; consulte a un profesional de impuestos con experiencia internacional para su caso específico.