Obligaciones fiscales EE.UU.-México — guía para diáspora mexicana

Tributación cruzada EE.UU.-México: tratado fiscal, FBAR para cuentas en México, FATCA implicaciones, retenciones para no residentes, doble nacionalidad.

Obligaciones fiscales EE.UU.-México

Si es ciudadano mexicano viviendo en EE.UU. o ciudadano estadounidense con activos en México, tiene obligaciones fiscales cruzadas con dos sistemas: el IRS de EE.UU. y la autoridad tributaria de México. Esta guía cubre lo principal.

Estatus oficial de tratado fiscal IRS — datos verificados

Fuente oficial: IRS — US Income Tax Treaties A-Z

Verificado el: 2026-05-25

Mexico TIENE un tratado fiscal con EE.UU. confirmado en la lista oficial IRS.

Documentos del tratado: https://www.irs.gov/businesses/international-businesses/mexico-tax-treaty-documents

US-Mexico Income Tax Convention (1992, amended 2002)

Países latinoamericanos con tratado fiscal con EE.UU.

Solo 3 países de America Latina tienen tratado fiscal con EE.UU. (datos IRS 2026):

  • Chile (firmado 2010, en vigor 2016)
  • Mexico (firmado 1992, enmendado 2002)
  • Venezuela (firmado 1999 — uso limitado por sanciones)

Sin tratado: que pasa

Si Mexico NO tiene tratado fiscal:

  • Ingreso de Mexico esta sujeto a impuestos US si es US tax resident
  • NO hay tasas reducidas de retención sobre dividendos/intereses
  • Puede reclamar Foreign Tax Credit (Form 1116) para evitar doble tributación

Su número de identificación tributaria en México

En México, el número de identificación tributaria se llama RFC (Registro Federal de Contribuyentes). Si trabajó o tuvo ingresos en México, debe tener uno (o necesitará obtenerlo para algunos trámites).

Su número de identificación tributaria en EE.UU.

  • Si tiene SSN: úselo
  • Si NO tiene SSN: necesita ITIN del IRS — ver ITIN guía completa
  • ITIN permite cumplir obligaciones fiscales en EE.UU. sin autorización de empleo

✅ Tratado fiscal entre EE.UU. y México

EE.UU. y México firmaron un tratado fiscal en 1992 que reduce la doble tributación y la retención de impuestos sobre ciertos tipos de ingresos.

Beneficios principales del tratado:

  • Retención reducida en intereses + dividendos (típicamente 10-15% vs 30% sin tratado)
  • Tax credit disponible para impuestos pagados al país receptor
  • Pensiones: generalmente solo tributadas en país de residencia
  • Salarios: empleados no residentes con presencia limitada exentos en algunos casos

Cómo aplicar beneficios del tratado:

  • Form W-8BEN para no residentes (banco/empleador EE.UU.)
  • Form 8833 Treaty-Based Return Position Disclosure en su declaración federal
  • Form 1116 Foreign Tax Credit para créditos cruzados

FBAR (FinCEN 114) — cuentas en México

Si es “US Person” (ciudadano EE.UU., residente permanente, o residente fiscal vía Substantial Presence) y tiene cuentas bancarias en México cuyos balances combinados excedieron $10,000 USD en cualquier momento del año, DEBE presentar FBAR (FinCEN Form 114) anualmente.

  • Plazo: 15 de abril (extensión automática a 15 de octubre)
  • Costo: GRATIS (electrónico vía bsaefiling.fincen.treas.gov)
  • Multas: $10,000-$100,000+ por no presentar

Ver: FBAR guía completa

FATCA (Form 8938) — activos en México

Si sus activos financieros en México (cuentas bancarias, acciones, fondos) exceden los umbrales FATCA, debe presentar Form 8938 junto con su declaración federal del IRS.

Umbrales (US Persons viviendo en EE.UU.):

  • Soltero: $50,000 al cierre del año
  • Casado declarando juntos: $100,000 al cierre

Ver: FATCA guía completa

Doble nacionalidad EE.UU. + México

México permite la doble nacionalidad con EE.UU. Si se naturaliza estadounidense, mantiene la mexicano (verifique reglas actualizadas de México).

Implicaciones fiscales de doble nacionalidad:

  • Sigue tributando con IRS sobre ingresos mundiales (US grava por ciudadanía)
  • Sigue tributando con SAT/DIAN/SUNAT/etc. sobre ingresos generados en México (residencia fiscal)
  • Tax Credit cruzado (Form 1116 EE.UU. + créditos equivalentes en México) mitiga doble tributación

Moneda y conversión

México: MXN (Peso mexicano). Cuando reporta ingresos mexicanos al IRS, debe convertir a USD usando el tipo de cambio anual promedio publicado por el IRS o el tipo del 31 de diciembre.

Si tiene un negocio (Self-Employment / Independent Contractor)

Si vive en EE.UU. con ITIN y tiene ingresos como freelance o dueño de negocio:

  • Schedule C (ganancias/pérdidas del negocio)
  • Schedule SE (Self-Employment Tax 15.3%)
  • 1099-NEC de sus clientes EE.UU.
  • FEIE NO aplica (porque está EN EE.UU., no fuera)

Ver: Declarar impuestos con ITIN

Información relacionada


Fuente oficial: IRS International Taxpayers · FinCEN FBAR

Las obligaciones fiscales cruzadas son complejas — consulte un CPA o tax attorney con experiencia internacional.


Última verificación: 2026-05-25.

Información general procedimental con fines educativos. No es consejo legal, fiscal, o de inmigración. Las leyes y tarifas cambian — verifique con la agencia emisora antes de tomar acción. Para orientación específica a su caso, consulte a un abogado de inmigración con licencia u otro profesional apropiado.

Información procedimental relacionada

Preguntas frecuentes

¿EE. UU. y México tienen un tratado fiscal?
Sí. México tiene un tratado fiscal con EE. UU. (la Convención de Impuesto sobre la Renta EE. UU.-México), confirmado en la lista oficial del IRS. Un tratado puede reducir la retención sobre ciertos ingresos y ayuda a definir qué país grava qué — pero usted generalmente declara sus ingresos mundiales al IRS si es residente fiscal de EE. UU.
¿Tengo que declarar mis ingresos de México en mis impuestos de EE. UU.?
Si usted es residente fiscal de EE. UU. (ciudadano, residente permanente, o cumple la prueba de presencia sustancial), generalmente declara sus ingresos mundiales al IRS — incluidos los ingresos obtenidos en México. Los no residentes solo tributan sobre ingresos de fuente estadounidense. El Crédito por Impuestos Extranjeros o la Exclusión de Ingreso Ganado en el Extranjero pueden evitar la doble tributación.
¿Debo reportar mis cuentas bancarias de México (FBAR/FATCA)?
Si el valor combinado de sus cuentas financieras en el extranjero — incluidas las de México — supera los $10,000 en cualquier momento del año, debe presentar el FBAR (Formulario FinCEN 114) por internet. Activos extranjeros de mayor valor también pueden requerir el Formulario 8938 (FATCA) con su declaración. Son formularios de reporte, no impuestos adicionales.
¿Cómo evito que EE. UU. y México me cobren impuestos dos veces?
Dos herramientas principales: el Crédito por Impuestos Extranjeros (Formulario 1116) acredita los impuestos que pagó a México contra su impuesto de EE. UU., y la Exclusión de Ingreso Ganado en el Extranjero (Formulario 2555) puede excluir una gran parte de su salario extranjero si vive fuera del país. Por lo general se elige la opción que reduce más su impuesto total.