Obligaciones fiscales EE.UU.-República Dominicana — guía para diáspora dominicana

Tributación cruzada EE.UU.-República Dominicana: tratado fiscal, FBAR para cuentas en República Dominicana, FATCA implicaciones, retenciones para no residentes, doble nacionalidad.

Obligaciones fiscales EE.UU.-República Dominicana

Si es ciudadano dominicano viviendo en EE.UU. o ciudadano estadounidense con activos en República Dominicana, tiene obligaciones fiscales cruzadas con dos sistemas: el IRS de EE.UU. y la autoridad tributaria de República Dominicana. Esta guía cubre lo principal.

Estatus oficial de tratado fiscal IRS — datos verificados

Fuente oficial: IRS — US Income Tax Treaties A-Z

Verificado el: 2026-05-25

Dominican Republic NO tiene tratado fiscal con EE.UU. (verificado contra IRS al 2026-05-25).

NOT on IRS treaty list

Países latinoamericanos con tratado fiscal con EE.UU.

Solo 3 países de America Latina tienen tratado fiscal con EE.UU. (datos IRS 2026):

  • Chile (firmado 2010, en vigor 2016)
  • Mexico (firmado 1992, enmendado 2002)
  • Venezuela (firmado 1999 — uso limitado por sanciones)

Sin tratado: que pasa

Si Dominican Republic NO tiene tratado fiscal:

  • Ingreso de Dominican Republic esta sujeto a impuestos US si es US tax resident
  • NO hay tasas reducidas de retención sobre dividendos/intereses
  • Puede reclamar Foreign Tax Credit (Form 1116) para evitar doble tributación

Su número de identificación tributaria en República Dominicana

En República Dominicana, el número de identificación tributaria se llama RNC (Registro Nacional del Contribuyente). Si trabajó o tuvo ingresos en República Dominicana, debe tener uno (o necesitará obtenerlo para algunos trámites).

Su número de identificación tributaria en EE.UU.

  • Si tiene SSN: úselo
  • Si NO tiene SSN: necesita ITIN del IRS — ver ITIN guía completa
  • ITIN permite cumplir obligaciones fiscales en EE.UU. sin autorización de empleo

⚠️ Sin tratado fiscal entre EE.UU. y República Dominicana

EE.UU. y República Dominicana NO tienen tratado fiscal bilateral. Esto significa:

  • Retención del 30% sobre ingresos pasivos en EE.UU. para no residentes dominicanos (dividendos, intereses, royalties, alquileres)
  • NO hay reducción automática por tratado
  • Doble tributación posible: pagar al fisco dominicano sobre ingresos generados en EE.UU. + a IRS sobre los mismos ingresos
  • Tax Credit (Form 1116) en EE.UU. disponible para créditos por impuestos pagados a República Dominicana (mitiga pero no elimina la doble tributación)

FBAR (FinCEN 114) — cuentas en República Dominicana

Si es “US Person” (ciudadano EE.UU., residente permanente, o residente fiscal vía Substantial Presence) y tiene cuentas bancarias en República Dominicana cuyos balances combinados excedieron $10,000 USD en cualquier momento del año, DEBE presentar FBAR (FinCEN Form 114) anualmente.

  • Plazo: 15 de abril (extensión automática a 15 de octubre)
  • Costo: GRATIS (electrónico vía bsaefiling.fincen.treas.gov)
  • Multas: $10,000-$100,000+ por no presentar

Ver: FBAR guía completa

FATCA (Form 8938) — activos en República Dominicana

Si sus activos financieros en República Dominicana (cuentas bancarias, acciones, fondos) exceden los umbrales FATCA, debe presentar Form 8938 junto con su declaración federal del IRS.

Umbrales (US Persons viviendo en EE.UU.):

  • Soltero: $50,000 al cierre del año
  • Casado declarando juntos: $100,000 al cierre

Ver: FATCA guía completa

Doble nacionalidad EE.UU. + República Dominicana

República Dominicana permite la doble nacionalidad con EE.UU. Si se naturaliza estadounidense, mantiene la dominicano (verifique reglas actualizadas de República Dominicana).

Implicaciones fiscales de doble nacionalidad:

  • Sigue tributando con IRS sobre ingresos mundiales (US grava por ciudadanía)
  • Sigue tributando con SAT/DIAN/SUNAT/etc. sobre ingresos generados en República Dominicana (residencia fiscal)
  • Tax Credit cruzado (Form 1116 EE.UU. + créditos equivalentes en República Dominicana) mitiga doble tributación

Moneda y conversión

República Dominicana: DOP (Peso dominicano). Cuando reporta ingresos dominicanos al IRS, debe convertir a USD usando el tipo de cambio anual promedio publicado por el IRS o el tipo del 31 de diciembre.

Si tiene un negocio (Self-Employment / Independent Contractor)

Si vive en EE.UU. con ITIN y tiene ingresos como freelance o dueño de negocio:

  • Schedule C (ganancias/pérdidas del negocio)
  • Schedule SE (Self-Employment Tax 15.3%)
  • 1099-NEC de sus clientes EE.UU.
  • FEIE NO aplica (porque está EN EE.UU., no fuera)

Ver: Declarar impuestos con ITIN

Información relacionada


Fuente oficial: IRS International Taxpayers · FinCEN FBAR

Las obligaciones fiscales cruzadas son complejas — consulte un CPA o tax attorney con experiencia internacional.


Última verificación: 2026-05-25.

Información general procedimental con fines educativos. No es consejo legal, fiscal, o de inmigración. Las leyes y tarifas cambian — verifique con la agencia emisora antes de tomar acción. Para orientación específica a su caso, consulte a un abogado de inmigración con licencia u otro profesional apropiado.

Información procedimental relacionada

Preguntas frecuentes

¿EE. UU. y República Dominicana tienen un tratado fiscal?
No. República Dominicana no está en la lista del IRS de países con tratado fiscal con EE. UU. Sin tratado no hay tasas de retención reducidas, pero usted sí puede usar el Crédito por Impuestos Extranjeros (Formulario 1116) para evitar pagar impuestos dos veces sobre el mismo ingreso.
¿Tengo que declarar mis ingresos de República Dominicana en mis impuestos de EE. UU.?
Si usted es residente fiscal de EE. UU. (ciudadano, residente permanente, o cumple la prueba de presencia sustancial), generalmente declara sus ingresos mundiales al IRS — incluidos los ingresos obtenidos en República Dominicana. Los no residentes solo tributan sobre ingresos de fuente estadounidense. El Crédito por Impuestos Extranjeros o la Exclusión de Ingreso Ganado en el Extranjero pueden evitar la doble tributación.
¿Debo reportar mis cuentas bancarias de República Dominicana (FBAR/FATCA)?
Si el valor combinado de sus cuentas financieras en el extranjero — incluidas las de República Dominicana — supera los $10,000 en cualquier momento del año, debe presentar el FBAR (Formulario FinCEN 114) por internet. Activos extranjeros de mayor valor también pueden requerir el Formulario 8938 (FATCA) con su declaración. Son formularios de reporte, no impuestos adicionales.
¿Cómo evito que EE. UU. y República Dominicana me cobren impuestos dos veces?
Dos herramientas principales: el Crédito por Impuestos Extranjeros (Formulario 1116) acredita los impuestos que pagó a República Dominicana contra su impuesto de EE. UU., y la Exclusión de Ingreso Ganado en el Extranjero (Formulario 2555) puede excluir una gran parte de su salario extranjero si vive fuera del país. Por lo general se elige la opción que reduce más su impuesto total.