Un "notario público" en EE. UU. no es abogado de inmigración

Verificación de datos: en Estados Unidos un notario público no es abogado y no puede dar asesoría legal de inmigración ni representarlo. Conozca quiénes sí pueden — abogados con licencia y representantes acreditados por el DOJ/EOIR — según la regulación federal.

El mito

“Un notario público puede llevar mi caso de inmigración legalmente, igual que lo hace un notario en mi país de América Latina.”

La realidad

En Estados Unidos, un notario público no es abogado. Un notary public estadounidense no puede dar asesoría legal, decidir qué formulario de inmigración corresponde a su situación, armar una estrategia de caso ni representarlo ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración (USCIS) ni ante las cortes de inmigración. Las únicas personas que pueden representarlo en asuntos de inmigración están definidas de forma limitada por la regulación federal: principalmente un abogado con licencia en buen estado y un representante acreditado por el Departamento de Justicia que trabaja para una organización reconocida. Tratar a un notary public estadounidense como equivalente a un notario público latinoamericano es la trampa que origina el fraude de notarios.

Por qué existe la confusión

En México y en gran parte de América Latina y Europa, un notario público (o notaire) es un profesional legal con licencia y alta capacitación, cuya autoridad puede equipararse a la de un abogado. Redacta instrumentos legales vinculantes y asesora en asuntos jurídicos. Las palabras en inglés “notary public” suenan como una traducción directa, pero no lo son. En EE. UU., un notary public completa un breve proceso de comisión administrado por un estado y está facultado únicamente para:

  • presenciar y autenticar firmas,
  • tomar juramentos y declaraciones, y
  • verificar la identidad de la persona que firma un documento.

Ese es el alcance completo del cargo. Un notary public no está autorizado para interpretar la ley, recomendar un curso de acción ni hablar por usted ante una agencia del gobierno. Los negocios o las personas que se aprovechan de esta falsa equivalencia —anunciando servicios de “notario” para casos de inmigración— están en el centro de un problema generalizado de protección al consumidor en las comunidades de inmigrantes.

Lo que dice realmente la regla

La regulación federal 8 CFR § 1292.1 (“Representation of others”) establece la lista completa de quiénes pueden representar a una persona ante la Oficina Ejecutiva de Revisión de Inmigración (EOIR — las cortes de inmigración) y ante el Departamento de Seguridad Nacional (que incluye a USCIS). Las categorías autorizadas son:

  • Abogados en Estados Unidos — un abogado con licencia en buen estado, según se define en 8 CFR § 1001.1(f);
  • Representantes acreditados — una persona que no es abogada y trabaja para una organización sin fines de lucro reconocida por EOIR, que ha sido acreditada individualmente bajo 8 CFR §§ 1292.11–1292.12;
  • Estudiantes y egresados de derecho aún no admitidos al colegio de abogados, bajo supervisión y sin cobrarle al cliente;
  • Personas de buena reputación y buen carácter moral que comparecen una sola vez y sin pago; y
  • Funcionarios acreditados de un gobierno extranjero que comparecen en calidad oficial.

Un notary public no aparece en ninguna parte de esta lista. Realizar trabajo legal de inmigración sin autoridad se considera ejercicio no autorizado de la abogacía (UPL, por sus siglas en inglés), una infracción que los estados y las agencias de protección al consumidor persiguen activamente.

Quién es realmente un representante acreditado

El Departamento de Justicia administra el Programa de Reconocimiento y Acreditación (R&A) de EOIR bajo 8 CFR §§ 1292.11–1292.20. Permite que organizaciones calificadas sin fines de lucro, caritativas, religiosas o de servicio social obtengan el reconocimiento, y que su personal calificado que no es abogado obtenga la acreditación para brindar representación de inmigración de bajo costo:

  • Un representante con acreditación parcial puede representar clientes solo ante el DHS (incluido USCIS).
  • Un representante con acreditación plena puede representar clientes ante el DHS y ante las cortes de inmigración.

Esta es la vía legítima para personas que no son abogadas, y no es lo mismo que un notary public. EOIR publica una lista pública de organizaciones reconocidas y representantes acreditados para que usted pueda confirmar que una persona que no es abogada está realmente autorizada.

Cómo protegerse

  • Verifique a la persona. Confirme la licencia de un abogado con el colegio de abogados estatal, o confirme a un representante acreditado en la lista de EOIR, antes de pagar o de firmar nada.
  • Desconfíe de la palabra “notario.” Si un proveedor de servicios de inmigración se promociona como “notario” y no es abogado con licencia ni representante acreditado por EOIR, considérelo una señal de alerta.
  • Conserve sus originales. Nunca entregue documentos originales (pasaporte, actas de nacimiento) a un notario o consultor; los proveedores legítimos trabajan con copias.
  • Pida todo por escrito. Exija un contrato escrito y recibos detallados; los proveedores que ejercen sin autoridad suelen negarse.
  • Reporte el fraude. El fraude de notarios se puede reportar al fiscal general de su estado y a la Comisión Federal de Comercio (FTC), y muchos estados tienen una unidad dedicada a servicios para inmigrantes o a la aplicación contra el UPL.

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Esta es información general, no asesoría legal. En Estados Unidos, solo un abogado con licencia o un representante acreditado por el DOJ/EOIR puede dar asesoría legal de inmigración o representarlo. Consulte a uno de ellos sobre su situación específica.

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