Affidavit of Support (Form I-864) — guía para patrocinadores familiares
El Form I-864 (Affidavit of Support Under Section 213A of the INA) es uno de los documentos más serios de inmigración familiar. Es un contrato legalmente vinculante que el peticionario de una petición familiar firma prometiendo mantener financieramente al inmigrante para que no se convierta en “carga pública” (public charge).
Qué edición acepta USCIS (al 24 de septiembre de 2026)
La página del Formulario I-864 de USCIS (leída el 24 de septiembre de 2026; última actualización 09/04/2026) indica la edición 08/24/26. Su alerta dice que USCIS publicó esta edición el 31 de agosto de 2026 con un período de gracia de 30 días para la edición anterior 10/17/24, y luego:
“Beginning Oct. 1, 2026, we will only accept the 08/24/26 edition of Form I-864. USCIS will not process any 10/17/24 edition of Form I-864 postmarked or electronically submitted on or after Oct. 1, 2026.”
Es decir: a partir del 1 de octubre de 2026 USCIS solo acepta la edición 08/24/26 y no procesará un I-864 de la edición 10/17/24 con matasellos o enviado electrónicamente en esa fecha o después. La misma alerta dice que USCIS no rechaza el Formulario I-485 cuando se presenta con una edición anterior del I-864, y que si se presenta otra edición a partir del 1 de octubre de 2026 aplicará 8 CFR 103.2(b)(8), la regla sobre la falta de evidencia inicial requerida. La fecha de edición aparece al pie de cada página del formulario y de sus instrucciones, y USCIS indica que todas las páginas deben ser de la misma edición. Si el Centro Nacional de Visas (NVC) le envió el formulario al patrocinador, la página de USCIS remite a las instrucciones que dio el NVC.
La autorización de informe de crédito en la edición 08/24/26
Según USCIS, la edición 08/24/26 “includes a privacy release that authorizes USCIS to request information from one or more consumer reporting agencies” (incluye una autorización de privacidad para pedir información a una o más agencias de informes de crédito). En el texto del formulario, el patrocinador autoriza a USCIS y al Departamento de Estado a pedir — y a cualquier agencia de informes de crédito a entregar — información “including credit reports and scores” (incluidos informes y puntajes de crédito) para determinar si su Formulario I-864 es suficiente, y autoriza que esa información se comparta con el inmigrante patrocinado para responder a información desfavorable según 8 C.F.R. 103.2(b)(16). La autorización dura hasta lo primero que ocurra: que se aprueben las solicitudes de visa, admisión o ajuste del patrocinado; que se nieguen y venza el plazo de un año para superar la negativa según 22 CFR 42.81(e); o que surta efecto una solicitud de retiro del Formulario I-864 presentada correctamente.
Congelamientos de crédito. USCIS dice que si el patrocinador tiene un congelamiento de crédito o de seguridad (credit or security freeze) en su expediente de crédito, USCIS puede no tener acceso a la información necesaria para evaluar si el Formulario I-864 es suficiente, y pide responder pronto a cualquier solicitud de levantar el congelamiento para evitar demoras.
¿Por qué existe el I-864?
Si usted (ciudadano o residente permanente) está peticionando para un familiar inmigrante, el gobierno EE.UU. quiere asegurarse de que ese inmigrante no dependerá de programas de bienestar público (SNAP, Medicaid, SSI) una vez en EE.UU.
El I-864 obliga al patrocinador a:
- Mantener al inmigrante financieramente si es necesario
- Pagar reembolso al gobierno si el inmigrante usa programas de “means-tested” (basados en ingresos)
- Estos compromisos no tienen plazo fijo. No existe un vencimiento a los 10 años: según 8 U.S.C. § 1183a(a)(2)-(3) la declaración sigue siendo exigible hasta que el inmigrante se naturalice o se le acrediten 40 quarters de trabajo (un mínimo de diez años trabajando, no una fecha límite), y USCIS también la termina si el inmigrante muere o abandona la residencia permanente y sale de EE. UU.
¿Quién debe firmar I-864?
Peticionario principal (siempre)
El peticionario de la petición familiar (Form I-130) debe firmar I-864 cuando el caso llega a etapa de visa.
Co-patrocinador (si peticionario no califica financieramente)
Si el peticionario NO cumple los requisitos de ingreso, puede usar:
- Joint Sponsor: otro adulto (ciudadano o residente permanente) con ingreso suficiente firma SU propio I-864
- Combinación de Household Income: suma de ingreso de peticionario + cónyuge + hijos adultos + otros miembros del hogar
Requisitos de ingreso (Formulario I-864P, vigente desde el 1 de marzo de 2026)
La mayoría de patrocinadores debe demostrar un ingreso anual de al menos el 125% de las Guías Federales de Pobreza según el tamaño de su hogar. Un patrocinador en servicio activo en las fuerzas armadas de EE. UU. que peticiona por su cónyuge o hijo usa la columna del 100%.
| Tamaño de hogar | 100% FPL | 125% FPL |
|---|---|---|
| 1 | $15,960 | $19,950 |
| 2 | $21,640 | $27,050 |
| 3 | $27,320 | $34,150 |
| 4 | $33,000 | $41,250 |
| 5 | $38,680 | $48,350 |
| 6 | $44,360 | $55,450 |
| 7 | $50,040 | $62,550 |
| 8 | $55,720 | $69,650 |
48 estados contiguos + DC — por cada persona adicional sobre 8, sume $5,680 (al 100% FPL). Fuente: HHS Poverty Guidelines 2026 (Federal Register 2026-00755), vigentes para el año 2026 · verificar en federalregister.gov
USCIS aplica estas cifras al Formulario I-864 a partir del 1 de marzo de 2026, y su propia tabla del Formulario I-864P suma, por cada persona adicional después de 8, $7,100 a la cifra del 125% y $5,680 a la del 100%. La tabla de arriba cubre los 48 estados contiguos, el Distrito de Columbia, Puerto Rico, las Islas Vírgenes de EE. UU., Guam y las Islas Marianas del Norte; los umbrales de Alaska y Hawái son más altos — consúltelos en la tabla I-864P.
El “hogar” incluye: usted + cónyuge + hijos a cargo + dependientes en sus declaraciones de impuestos + el inmigrante que está patrocinando + cualquier otro inmigrante que ya patrocinó previamente bajo I-864.
Excepción para militares activos
Active-duty military patrocinando cónyuge/hijos: solo necesita 100% (no 125%) del federal poverty level.
Documentos para acompañar I-864
- ☐ Form I-864 completo
- ☐ Declaración de impuestos federales del año fiscal más reciente — una transcripción del IRS o una fotocopia de su propia copia, con W-2, 1099 y schedules (instrucciones del Formulario I-864, edición 08/24/26)
- ☐ Declaraciones de los tres años fiscales más recientes — opcionales; las instrucciones las permiten si cree que ayudan a demostrar ingreso suficiente
- ☐ Comprobante de ciudadanía o residencia del patrocinador (pasaporte, naturalization cert, green card)
- ☐ Evidencia de empleo actual: carta del empleador con salario, recibos de pago recientes
- ☐ Si self-employed: Schedule C, K-1, declaraciones de impuestos completas
- ☐ Si usa activos para complementar: estados de cuenta bancarios, evidencia de propiedades, inversiones
Cómo funcionan los activos
Si su ingreso es bajo pero tiene activos significativos, puede combinar:
- Para cónyuges de ciudadanos: activos deben ser 3 veces la diferencia entre ingreso y 125% threshold
- Para otros familiares: activos deben ser 5 veces la diferencia
Activos contables: cuentas bancarias, CDs, acciones, bonos, propiedades inmobiliarias (no su residencia principal), retiro 401k/IRA (en algunos casos).
Lo que NO cuenta
❌ Ingresos del inmigrante a patrocinar (excepto Caso especial: si el inmigrante puede legalmente trabajar en EE.UU. y vive con el patrocinador, su ingreso puede contar) ❌ Dinero prestado o regalado que no es estable ❌ Promesas verbales de futuros pagos
Consecuencias de firmar I-864
Es legalmente vinculante. Tómelo en serio.
Obligaciones del patrocinador
- Mantener al inmigrante financieramente si es necesario (la persona inmigrante puede demandarle por manutención)
- Pagar reembolso al gobierno si el inmigrante usa programas means-tested
- Notificar a USCIS dentro de 30 días si cambia de dirección
- Notificar a USCIS si cambia significativamente su situación financiera
Cuándo termina la obligación
- El inmigrante se naturaliza ciudadano estadounidense
- El inmigrante trabaja 40 quarters de Seguro Social (~10 años)
- El inmigrante muere
- El inmigrante sale permanentemente de EE.UU. y abandona residencia permanente
Divorcio NO termina la obligación
Si patrocina a su cónyuge y luego se divorcian, sigue obligado financieramente. El divorcio NO libera del I-864.
Errores comunes que causan rechazo de I-864
- No incluir la declaración del año fiscal más reciente — se requiere una transcripción del IRS o una fotocopia (vea Documentos arriba)
- No incluir TODAS las páginas de declaración de impuestos (incluyendo schedules)
- Ingreso insuficiente sin co-patrocinador
- Cambios recientes en empleo sin documentación adecuada
- Self-employed con ingresos volátiles sin promediar correctamente
- Edición equivocada del formulario — a partir del 1 de octubre de 2026, USCIS no procesará un Formulario I-864 de la edición 10/17/24 (vea la sección de edición arriba)
Información relacionada
- Form I-130 — Petición Familiar
- Form I-485 — Ajuste de Estatus
- Public Charge Rule
- Camino a la Ciudadanía
Última verificación: 2026-09-24. El Form I-864 es un contrato legal a largo plazo sin fecha fija de vencimiento — consulte a un abogado de inmigración antes de firmar si no entiende todas las implicaciones.
Última verificación: 2026-09-24.
Información general procedimental con fines educativos. No es consejo legal, fiscal, o de inmigración. Las leyes y tarifas cambian — verifique con la agencia emisora antes de tomar acción. Para orientación específica a su caso, consulte a un abogado de inmigración con licencia u otro profesional apropiado.
Información procedimental relacionada
- Consulado de su país en EE. UU. — renovación de pasaporte, matrícula consular, apostilla
- ITIN — declarar impuestos federales sin SSN — para quien tiene obligación de declarar o reportar en EE. UU. y no es elegible para un SSN migratorio
- Biblioteca de formularios USCIS — formularios federales (I-130, I-485, N-400, etc.)
- Encontrar abogado de inmigración — listas pro bono + AILA + BIA-reconocidos
- Conozca sus derechos — encuentros con ICE — protecciones constitucionales
