Remesas a Cuba desde EE. UU.: las reglas de la OFAC
Según la regla 31 CFR 515.570, una persona sujeta a la jurisdicción de EE. UU. que tenga 18 años o más puede mandar remesas familiares a parientes cercanos en Cuba, y el texto actual del reglamento no les pone tope en dólares; el dinero no puede llegar a un funcionario cubano prohibido, a un miembro prohibido del Partido Comunista ni a sus parientes cercanos, y ninguna remesa puede pasar por una entidad de la Lista Restringida de Cuba del Departamento de Estado. Estas reglas forman parte del Reglamento de Control de Activos Cubanos (31 CFR parte 515), que administra la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) del Departamento del Tesoro. El texto se revisó en eCFR el 19 de octubre de 2026 (título 31 consultado el 19 de octubre de 2026); la sección se modificó por última vez con vigencia del 30 de septiembre de 2026.
Esta página explica cómo funcionan las reglas de remesas. No evalúa ningún envío en particular.
Los tipos de remesa en la regla 31 CFR 515.570
| Párrafo | Quién puede enviar | A quién | Límites en el texto |
|---|---|---|---|
| (a) Familiar | Personas sujetas a la jurisdicción de EE. UU., de 18 años o más | Nacionales cubanos que son parientes cercanos de quien envía | Sin monto en dólares; no de fuente bloqueada; sin destinatarios prohibidos; no para emigración |
| (b) Donativa | Personas sujetas a la jurisdicción de EE. UU. (personas físicas de 18 años o más) | Nacionales cubanos | Las mismas exclusiones que (a) |
| (c) Religiosa | Personas sujetas a la jurisdicción de EE. UU. (personas físicas de 18 años o más) | Organizaciones religiosas en Cuba, para actividades religiosas | No de fuente bloqueada |
| (d) Estudiantes | Personas sujetas a la jurisdicción de EE. UU., de 18 años o más | Parientes cercanos que estudian en Cuba según la 515.565 | No de una fuente bloqueada; solo para costear las transacciones educativas autorizadas |
| (e) Emigración | Personas sujetas a la jurisdicción de EE. UU. | Nacionales cubanos que emigran a EE. UU. | Dos montos únicos de hasta $1,000 cada uno por beneficiario |
| (g) Sociedad civil y sector privado | Personas sujetas a la jurisdicción de EE. UU. | Personas y grupos no gubernamentales independientes en Cuba | Fines enumerados, incluidos negocios privados y fincas de hasta 100 empleados |
El párrafo (i) añade remesas a nacionales de terceros países para viajes que cubriría una licencia general, y el (k) permite que la OFAC otorgue licencias específicas caso por caso, incluso para viajes de no inmigrante a EE. UU. “where humanitarian need is demonstrated, including illness or other medical emergency” (cuando se demuestra una necesidad humanitaria, como enfermedad u otra emergencia médica).
Quién cuenta como pariente cercano
La regla 31 CFR 515.339 define pariente cercano como “any individual related to that person by blood, marriage, or adoption who is no more than three generations removed from that person or from a common ancestor with that person” (cualquier persona emparentada por sangre, matrimonio o adopción que no esté a más de tres generaciones de uno o de un antepasado común). Los ejemplos de la propia regla:
- El primo hermano de la madre sí es pariente cercano (ambos están a tres generaciones o menos de los bisabuelos que comparten).
- El bisnieto del esposo sí es pariente cercano.
- El suegro de una hija no lo es (no hay antepasado común).
Quién no puede recibir remesas familiares ni donativas
Las licencias familiar y donativa excluyen tres grupos de destinatarios: los funcionarios prohibidos del Gobierno de Cuba (31 CFR 515.337), los miembros prohibidos del Partido Comunista de Cuba (515.338) y los parientes cercanos de unos y otros.
La regla 31 CFR 515.337 enumera como funcionarios prohibidos a: ministros y viceministros; miembros del Consejo de Estado y del Consejo de Ministros; miembros y empleados de la Asamblea Nacional del Poder Popular; miembros de cualquier asamblea provincial; jefes de sector de los Comités de Defensa de la Revolución (CDR); directores generales, subdirectores generales y cargos superiores de todos los ministerios y organismos estatales; empleados del Ministerio del Interior (MININT) y del Ministerio de las Fuerzas Armadas (MINFAR); secretarios y primeros secretarios de la Central de Trabajadores de Cuba (CTC) y sus sindicatos; jefes de redacción, editores y subeditores de medios estatales; y miembros y empleados del Tribunal Supremo.
Por dónde puede ir el dinero
- Bancos y empresas de envío. La regla 31 CFR 515.572(a)(3) autoriza a instituciones bancarias, “including U.S.-registered brokers or dealers in securities and U.S.-registered money transmitters” (incluidas las empresas de envío de dinero registradas en EE. UU.), a recibir, transferir o cobrar remesas autorizadas. La pregunta frecuente 733 de la OFAC dice que pueden hacerlo “without having to obtain a specific license” (sin necesidad de licencia específica).
- La exclusión de la Lista Restringida de Cuba. Ese mismo párrafo y la 515.570(j) excluyen toda remesa “involving any entity or subentity identified on the Cuba Restricted List” (en la que intervenga una entidad o subentidad de la Lista Restringida). La lista del Departamento de Estado (state.gov, versión “As of July 14, 2025”, consultada el 19 de octubre de 2026) incluye, entre las subentidades de CIMEX, a “American International Services (Remittances)”, también llamada AIS Remesas, a FINCIMEX y a “Orbit, S.A. (Remittances)” (vigente desde el 10 de marzo de 2025), y entre las de GAESA, a RAFIN S.A. (servicios financieros).
- Llevar efectivo en un viaje. La regla 31 CFR 515.560(c)(4) autoriza a un viajero autorizado a llevar a Cuba “any remittances that the licensed traveler is authorized to remit” (cualquier remesa que esté autorizado a enviar). Las remesas para emigración solo se pueden llevar después de que se haya emitido una visa de inmigrante de EE. UU. para cada beneficiario, y el viajero tiene que poder mostrar nombres, fechas de nacimiento, números y fechas de emisión de las visas. El viaje en sí se explica en viajar a Cuba desde EE. UU..
Remesas para emigrar
La regla 31 CFR 515.570(e) autoriza, por beneficiario y una sola vez (montos según el texto de eCFR consultado el 19 de octubre de 2026):
- Hasta $1,000 para cubrir “preliminary expenses associated with emigrating from Cuba to the United States” (gastos preliminares de la emigración de Cuba a EE. UU.). Se puede enviar antes de que el beneficiario tenga visa, pero un viajero no puede llevarla a Cuba hasta que el beneficiario tenga visa válida u otro documento migratorio aprobado.
- Hasta $1,000 adicionales para hacer posible la emigración, “including for the purchase of airline tickets and payment of exit or third-country visa fees or other travel-related fees” (incluidos pasajes, tarifas de salida o de visas de terceros países y otros gastos de viaje). Solo se puede enviar cuando el beneficiario ya recibió visa válida u otro documento migratorio aprobado, y quien envía “must be able to provide the visa recipients’ full names, dates of birth, visa numbers, and visa dates of issuance” (tiene que poder dar nombres completos, fechas de nacimiento, números de visa y fechas de emisión).
El reglamento agrega que estas remesas no pueden enviarse desde una fuente bloqueada, salvo autorización según el párrafo (f) de esa sección.
Qué cambió en 2025 y 2026
- 1 de mayo de 2026: Orden Ejecutiva 14404. La alerta de la OFAC del 29 de septiembre de 2026 dice que esa orden creó una autoridad de sanciones aparte, aplicada mediante el Reglamento de Sanciones de Cuba (31 CFR parte 516), vigente desde el 30 de septiembre de 2026. La Licencia General 1 de la OFAC (7 de mayo de 2026) autoriza las transacciones que prohíbe la Orden 14404 en la medida en que estén autorizadas por el Reglamento de Control de Activos Cubanos; la alerta pone como ejemplo “certain family remittances” (ciertas remesas familiares).
- 30 de septiembre de 2026: enmiendas a la parte 515 (91 FR 61741). La OFAC agregó la prohibición de transacciones financieras indirectas con entidades de la Lista Restringida de Cuba (31 CFR 515.209), además de la prohibición ya existente de las directas; eliminó la autorización “U-turn” para los bancos; y revisó la 515.570(d) sobre remesas a estudiantes. La pregunta frecuente 734 de la OFAC, actualizada el 29 de septiembre de 2026, dice que la exclusión de remesas con entidades de la Lista Restringida aplica “regardless of the existence of any pre-existing commercial engagements” (aunque existan relaciones comerciales previas).
Comprobantes
La regla 31 CFR 501.601 exige que “every person engaging in any transaction subject to the provisions of this chapter” (toda persona que haga una transacción sujeta a estos reglamentos) guarde “a full and accurate record of each such transaction” (un registro completo y exacto de cada transacción), disponible para revisión “for at least 10 years after the date of such transaction” (durante al menos 10 años). El plazo de 10 años viene de una enmienda publicada el 13 de septiembre de 2024 (89 FR 74832).
Cómo funciona una remesa familiar, paso a paso
- Tipo. Quien envía identifica qué párrafo de la 515.570 cubre el envío: familiar (a), donativa (b) u otro.
- Destinatario. Las licencias familiar y donativa excluyen a funcionarios prohibidos, miembros prohibidos del Partido Comunista y sus parientes cercanos.
- Proveedor. Un banco o una empresa de envío de dinero registrada en EE. UU. tramita el dinero según la 515.572(a)(3); ninguna parte de la cadena puede involucrar a una entidad de la Lista Restringida de Cuba.
- Comprobantes. Quien envía guarda los registros durante al menos 10 años según la 501.601.
Lo que las fuentes no dicen
- Ninguna fuente de la OFAC consultada para esta página nombra empresas de remesas aprobadas; la regla 31 CFR 515.572(a)(3) autoriza tipos de proveedores, no empresas con nombre.
- Ninguna fuente oficial consultada para esta página explica cómo se entrega el dinero dentro de Cuba (efectivo, tarjetas o cuentas), así que esta página no cubre el lado cubano.
- La página del Departamento de Estado consultada tiene fecha “As of July 14, 2025” y habla de la prohibición de “direct financial transactions” (transacciones directas); la regla del 30 de septiembre de 2026 extendió la prohibición a las indirectas.
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Última verificación: 2026-10-19. Esta es información general, no asesoría legal. Consulte a un abogado para su situación específica. Las reglas citadas son las de la parte 515 del título 31 del CFR publicadas en eCFR y las guías de la OFAC en la fecha indicada; las reglas de sanciones cambian por aviso en el Registro Federal.