TPS para ciudadanos de El Salvador

El Estatus de Protección Temporal (TPS, por sus siglas en inglés) es un estatus migratorio humanitario otorgado por el Departamento de Seguridad Nacional de EE. UU. (DHS) a nacionales de países que atraviesan conflictos armados activos, desastres ambientales u otras condiciones extraordinarias. El TPS brinda protección contra la remoción y autorización para trabajar, pero NO conduce directamente a una green card.

Estado actual del TPS para El Salvador

ESTADO TPS — El Salvador: USCIS DICE QUE LA PROTECCIÓN CONTINÚA MIENTRAS NO HAYA ANUNCIO — SIN AVISO EN EL REGISTRO FEDERAL

Al 9 de septiembre de 2026 USCIS NO ha archivado la página del TPS de El Salvador — sigue en la ruta activa /humanitarian/ — y tanto la página principal del TPS de USCIS como la página del país muestran esta alerta, textual (en inglés en el original): "ALERT: An announcement on El Salvador’s TPS will be made at the appropriate time. Until such announcement is made, Salvadoran individuals present in the U.S. under TPS retain protection including work authorization." Traducción: «ALERTA: se hará un anuncio sobre el TPS de El Salvador en el momento oportuno. Hasta que se haga ese anuncio, las personas salvadoreñas presentes en EE. UU. bajo el TPS conservan la protección, incluida la autorización de trabajo.» La página del país también sigue indicando “TPS Continued Through: Sept. 9, 2026”, “Employment Authorization Document (EAD) Auto-Extended by FRN Through: March 9, 2026” (fecha que ya pasó) y, sin cambios, el texto del aviso individual: si usted sigue siendo elegible y su renovación del EAD (categoría A12 o C19) sigue pendiente, USCIS le envía un aviso que extiende su EAD “through Sept. 9, 2026”; con ese aviso, la página lista como fechas “Card Expires” que califican el 9 de marzo de 2025, 30 de junio de 2024, 31 de diciembre de 2022, 4 de octubre de 2021, 4 de enero de 2021, 2 de enero de 2020, 9 de septiembre de 2019 y 9 de marzo de 2018 (no aplica si su TPS fue retirado o su Formulario I-765 fue negado). AL 9 DE SEPTIEMBRE DE 2026 LAS DOS SUPERFICIES OFICIALES DICEN COSAS DISTINTAS, Y NOSOTROS NO DECIMOS CUÁL MANDA. El artículo más reciente de E-Verify sobre El Salvador sigue siendo su guía del 3 de septiembre de 2026, que dice que la designación «y los beneficios relacionados están previstos para terminar el 9 de septiembre de 2026» e indica a los empleadores ingresar el 9 de septiembre de 2026 en el Formulario I-9 y en E-Verify; no se ha publicado nada más nuevo en el feed What’s New de E-Verify. Y NO existe ningún documento del Registro Federal sobre el TPS de El Salvador — ni extensión, ni redesignación, ni terminación — ni en la API de documentos del Registro Federal (control positivo: el 2026-10704 de Líbano sí aparece) ni en la mesa de inspección pública. Aquí no se afirma ninguna fecha final ni ningún periodo de continuación. DISTINCIÓN CRÍTICA: el 8 U.S.C. 1254a(b)(3)(C) extiende la DESIGNACIÓN cuando no hay determinación a tiempo, pero la validez de un EAD para el Formulario I-9 se extiende con un documento aparte — el aviso del Registro Federal de Líbano lo hizo con sus propias palabras («Mediante este aviso del Registro Federal, el DHS extiende automáticamente la validez de los EAD»), y la guía de E-Verify del 3 de septiembre de 2026 para El Salvador remite a avisos de USCIS enviados por correo a los titulares de TPS. El estatus y la prueba del estatus son cosas distintas, y las renovaciones de licencia de conducir y los beneficios estatales dependen del documento a través de SAVE. El re-registro corrió del 17 de enero al 18 de marzo de 2025 y ya está cerrado. Por separado, 90 FR 5953 concedió una extensión automática de hasta 540 días desde la fecha “Card Expires” a quienes presentaron el Formulario I-765 durante ese periodo, y en ningún caso más allá del 9 de septiembre de 2026; el DHS eliminó las extensiones automáticas por renovación para solicitudes presentadas a partir del 30 de octubre de 2025 (90 FR 48799). Designado desde el 9 de marzo de 2001. Guarde su EAD, su aviso de USCIS y sus I-797, conserve una copia fechada de la alerta de USCIS y revise las tres fuentes antes de actuar: la página del TPS de El Salvador de USCIS, el Registro Federal y https://www.e-verify.gov/about-e-verify/whats-new Revisado de nuevo el 16 de septiembre y el 9 de octubre de 2026: nada se ha movido — USCIS sigue mostrando la alerta de que el anuncio se hará «at the appropriate time», con la protección y la autorización de empleo retenidas; el artículo más reciente de E-Verify sobre El Salvador sigue siendo su guía del 3 de septiembre de 2026; y no se ha publicado ningún documento del TPS de El Salvador en el Federal Register (verificado con una consulta al DHS que sí devuelve resultados, no con una consulta vacía). La fecha del 9 de septiembre de 2026 que menciona la página de USCIS ya pasó sin aviso.

Verificado contra USCIS el 2026-09-09 — el estado puede cambiar con un solo fallo judicial. Confirme en la página oficial de USCIS antes de actuar.

Dónde estamos (ambas fuentes oficiales consultadas el 9 y el 10 de septiembre de 2026 y revisadas de nuevo el 16 de septiembre y el 9 de octubre de 2026 — la fecha del 9 de septiembre que aparece en la página de USCIS ya pasó y nada se ha movido). USCIS no ha archivado la página del TPS de El Salvador — sigue en la ruta activa /humanitarian/ — y tanto la página del TPS de USCIS como la página del país muestran esta alerta: «Se hará un anuncio sobre el TPS de El Salvador en el momento oportuno. Hasta que se haga ese anuncio, las personas salvadoreñas presentes en EE. UU. bajo el TPS conservan la protección, incluida la autorización de trabajo.» (original en inglés: “An announcement on El Salvador’s TPS will be made at the appropriate time. Until such announcement is made, Salvadoran individuals present in the U.S. under TPS retain protection including work authorization.”)

E-Verify no ha dicho lo mismo. Su guía del 3 de septiembre de 2026 — todavía el artículo más reciente sobre El Salvador en el feed What’s New — dice que la designación «y los beneficios relacionados están previstos para terminar el 9 de septiembre de 2026» e indica a los empleadores ingresar el 9 de septiembre de 2026 en el Formulario I-9 y en E-Verify.

No existe ningún aviso en el Registro Federal — ni extensión, ni redesignación, ni terminación — y no hay nada en la mesa de inspección pública del Registro Federal. No le decimos cuál superficie manda, y no afirmamos ninguna fecha final ni ningún periodo de continuación. Le decimos qué dice cada fuente, con su fecha, para que usted y un proveedor de ayuda legal trabajen sobre el expediente y no sobre un rumor.

Las dos superficies oficiales dicen cosas distintas — esto es exactamente lo que dice cada una

1. Qué dice USCIS (y su página sigue activa, no archivada)

Consultada el 9 y el 10 de septiembre de 2026 y de nuevo el 16 de septiembre y el 9 de octubre de 2026 — un mes después de la fecha del 9 de septiembre que la propia página menciona — la alerta de arriba aparece tanto en la página del TPS de USCIS como en la página de El Salvador. Dos detalles importan sobre dónde aparece:

  • Cuando terminaron designaciones anteriores, USCIS movió esas páginas de país a su archivo — eso pasó con Haití, Siria, Yemen, Birmania (Myanmar), Sudán del Sur y Etiopía. La página de El Salvador sigue en la ruta activa /humanitarian/.
  • Las filas de datos de la página no cambiaron: “TPS Continued Through: Sept. 9, 2026”, “Employment Authorization Document (EAD) Auto-Extended by FRN Through: March 9, 2026” (fecha que ya pasó) y el texto del aviso individual: si usted sigue siendo elegible y su renovación del EAD en categoría A12 o C19 sigue pendiente, USCIS le envía un aviso — por correo y en su cuenta myUSCIS — que extiende ese EAD “through Sept. 9, 2026”. Con ese aviso, la página lista fechas “Card Expires” que califican tan antiguas como el 9 de marzo de 2018 (también 9 de septiembre de 2019; 2 de enero de 2020; 4 de enero de 2021; 4 de octubre de 2021; 31 de diciembre de 2022; 30 de junio de 2024; 9 de marzo de 2025). Nada de esto aplica si su TPS fue retirado o su Formulario I-765 fue negado.

2. Qué dice E-Verify (esto es lo que le indicaron a su empleador)

El 3 de septiembre de 2026 E-Verify publicó Update on Temporary Protected Status for El Salvador. Su línea de alerta dice: «La designación de Estatus de Protección Temporal (TPS) de El Salvador y los beneficios relacionados están previstos para terminar el 9 de septiembre de 2026.» Le dice a los empleadores que un EAD basado en TPS que califique, junto con el aviso individual de extensión de USCIS, es válido hasta el 9 de septiembre de 2026, y que ingresen «Sept. 9, 2026» como fecha de vencimiento en el Formulario I-9 y en E-Verify. (Boletín de E-Verify, 3 de septiembre de 2026; complementa un mensaje anterior del 12 de agosto de 2026.) Verificado de nuevo el 9 de septiembre de 2026: sigue siendo el artículo más reciente sobre El Salvador en el feed What’s New de E-Verify — nada lo ha reemplazado.

3. Qué dice el Registro Federal: nada en absoluto

No existe ningún documento del Registro Federal sobre el TPS de El Salvador — ni extensión, ni redesignación, ni terminación. Es una ausencia comprobada, no una suposición: la API de documentos del Registro Federal no devuelve ninguno (un control positivo con la misma consulta sí devuelve el aviso de Líbano de mayo, FR Doc. 2026-10704), y la mesa de inspección pública — documentos entregados para publicación pero aún no impresos — tampoco lista ninguno. El aviso más reciente que cita la propia página de USCIS sobre El Salvador sigue siendo 90 FR 5953.

Por qué las dos afirmaciones pueden sostenerse a la vez: el estatus no es la prueba del estatus

Esta es la distinción que decide qué pasa en el trabajo, y es la única parte de esta página que no está en duda:

  • Su estatus es lo que trata el 8 U.S.C. § 1254a. El inciso (b)(3)(A) exige que el Secretario decida al menos 60 días antes del vencimiento — aquí, cerca del 11 de julio de 2026 — y el (b)(3)(C) dispone que, a falta de esa determinación, la designación «se extiende por un período adicional de 6 meses». El inciso (b)(3)(B) dice que una terminación se hace «publicando un aviso en el Registro Federal» y «no surtirá efecto antes de 60 días después de la fecha en que se publique el aviso». Podemos confirmar que no se publicó nada para ese plazo. No podemos confirmar si se tomó una determinación — la ley depende de la determinación, no de nuestra búsqueda, y solo el DHS puede responder eso.
  • Su capacidad de probar autorización de trabajo en el Formulario I-9 depende de un documento que emite la agencia. En el caso de Líbano, a principios de este año, los permisos de trabajo los extendió el propio aviso — sus palabras fueron: «Mediante este aviso del Registro Federal, el DHS extiende automáticamente la validez de los EAD». Una ley no es algo que un empleador ingrese en E-Verify.

La misma división va más allá del empleo: las renovaciones de licencia de conducir y las solicitudes de beneficios estatales se verifican por el sistema SAVE y contra la fecha impresa en su tarjeta, no contra un argumento legal.

El precedente de Líbano solo sirve a medias

La designación de Líbano vencía el 27 de mayo de 2026, no se tomó una determinación a tiempo y el DHS publicó una extensión automática de seis meses. Es el precedente reciente más cercano — pero encaja mal en las dos direcciones, y conviene saber cómo. El aviso de Líbano ya estaba en inspección pública antes de que terminara su período («FR Doc. 2026-10704 Filed 5-27-26; 11:15 am», impreso el 29 de mayo); la mesa de inspección pública de El Salvador está vacía. Por otro lado, la página de USCIS de Líbano nunca llevó una alerta que prometiera un anuncio mientras la protección continuaba, y la de El Salvador sí. Ninguno de los dos hechos le dice qué va a decir el anuncio cuando llegue.

En qué puede apoyarse hoy, y qué debe volver a revisar

  • La alerta de USCIS es una declaración oficial, publicada y fechada. Guárdela — una captura de pantalla o PDF con la fecha en que la tomó — y llévela a un proveedor de ayuda legal. Es evidencia, no asesoría, y no es algo que nosotros podamos aplicar a su caso individual.
  • Su empleador está actuando con la guía de E-Verify, que le indica ingresar el 9 de septiembre de 2026. No le diga a su empleador que esta página lo autoriza a seguir trabajando — no lo hace, y poner a su empleador en falta no ayuda a nadie. Si surge una reverificación, esa instrucción es la razón.
  • Guarde todos sus documentos — su EAD, su aviso de extensión de USCIS, sus I-797. No bote nada.
  • No renuncie a su trabajo, no se mude ni salga del país por un rumor — ni por esta página. Renunciar le quita ingresos y protecciones laborales.
  • Hable con un proveedor de ayuda legal ahora — vea cómo encontrar un abogado de inmigración. Muchos dan consultas gratuitas. Si la disposición de extensión automática le sirve a usted es una pregunta legal individual, y es una pregunta real que vale la pena hacer.
  • Revise usted mismo las tres fuentes primarias, porque un anuncio puede aparecer cualquier día: la página del TPS de El Salvador de USCIS, el Registro Federal y el feed What’s New de E-Verify. Si aparece un aviso, dirá qué hace con los permisos de trabajo y si exige volver a registrarse — no dé por hecho que no lo exigirá; muchos avisos de TPS sí lo exigen, y perder ese plazo puede costarle el estatus.
  • Cuidado con los rumores. En ciclos anteriores circularon con fuerza tanto «todos están a salvo» como «todos son deportados en la fecha de vencimiento», y las dos eran falsas.

Cómo funciona el TPS

La página de USCIS sobre El Salvador indica que el formulario I-821, Solicitud de Estatus de Protección Temporal, se puede presentar en línea para volver a registrarse; el único período de reinscripción que esa página indica fue del 17 de enero al 18 de marzo de 2025 (consultado el 24 de octubre de 2026).

  • Designación inicial — El DHS designa a un país para el TPS por 6-18 meses según las condiciones del país
  • Extensiones — El DHS revisa y decide extender, redesignar (cubre a nuevos llegados) o terminar la designación
  • Re-registro — En cada ciclo, los titulares actuales de TPS deben volver a registrarse dentro de un período publicado (usualmente 60 días)
  • Formularios usados: Formulario I-821 (solicitud de TPS), Formulario I-765 (autorización de trabajo), Formulario I-131 (viajes)
  • Tarifas (aumentadas drásticamente por H.R.1, julio 2025): El registro inicial de TPS con el Formulario I-821 ahora lleva una tarifa no exonerable de $520 para envíos con matasellos del 16 de octubre de 2026 en adelante ($500 cuando H.R.1 la introdujo el 22 de julio de 2025 — la ley enmendó el antiguo tope de $50 de la INA § 244(c)(1)(B)), más $30 de biometría. El re-registro sigue sin tarifa de I-821, pero el permiso de trabajo suma la tarifa de agencia del I-765 ($520 en papel / $470 en línea — exonerable con el Formulario I-912) más una tarifa H.R.1 no exonerable: $570 inicial / $280 renovación. Los EAD de TPS ahora valen máximo 1 año. Las tarifas H.R.1 se ajustan por inflación cada año — verifique su total exacto con la Calculadora de Tarifas de USCIS antes de presentar.

Información procedimental relacionada


Última verificación: 2026-10-09. Información procedimental general — no es asesoría legal. El estatus de TPS cambia con frecuencia; verifique siempre en uscis.gov/humanitarian/temporary-protected-status antes de basarse en esta información.

Contexto reciente de tarifas, plazos y contactos (2025-2026)

USCIS lista 16 países bajo Countries Previously Designated for TPS (consultado el 20 de octubre de 2026): Afganistán, Birmania (Myanmar), Camerún, Etiopía, Guinea, Haití, Honduras, Liberia, Nepal, Nicaragua, Sierra Leona, Somalia, Sudán del Sur, Siria, Yemen y Venezuela. Solo El Salvador, Líbano, Sudán y Ucrania aparecen bajo Countries Currently Designated. La terminación de Haití afecta aproximadamente 352,959 titulares de TPS (estimación del propio DHS en su aviso de terminación, 90 FR 54733 — la misma cifra que usa nuestro conjunto de datos de permisos de trabajo TPS).

Cuándo surte efecto una terminación: por ley, una terminación no puede surtir efecto antes de 60 días después de publicarse el aviso en el Registro Federal, o en la fecha de vencimiento vigente si esa es posterior — INA § 244(b)(3)(B), 8 U.S.C. § 1254a(b)(3)(B). El Secretario también puede conceder un periodo más largo de “transición ordenada”. La cifra de 6-18 meses de arriba es la duración de una designación inicial, no el plazo antes de que una terminación surta efecto.

Requisitos de presentación TPS: Formulario I-821 (solicitud de TPS — el registro inicial lleva una tarifa H.R.1 no exonerable de $520 para envíos con matasellos del 16 de octubre de 2026 en adelante, más $30 de biometría; el re-registro no tiene tarifa de I-821) y Formulario I-765 (autorización de empleo — tarifa de agencia de $520 en papel / $470 en línea, exonerable con el Formulario I-912, más una tarifa H.R.1 no exonerable de $570 inicial / $280 renovación). H.R.1 enmendó la INA § 244(c)(1)(B) en julio de 2025, reemplazando el antiguo tope de $50; sus tarifas se suman a las tarifas de agencia, no pueden exonerarse, se ajustan por inflación cada año, y la validez del EAD de TPS está limitada a 1 año. Verifique los montos actuales en uscis.gov/g-1055 y la Calculadora de Tarifas de USCIS antes de presentar.

Los períodos de re-registro se publican en el Registro Federal; típicamente 60 días desde publicación. Perder el período requiere explicación de “buena causa”. Viajes al extranjero: Formulario I-131 (autorización de viaje de TPS, o permiso anticipado mientras la solicitud de TPS está pendiente) requerido ANTES de salida; tarifa aproximadamente $630 (biométricos incluidos en la tarifa). Si viaja con un Permiso Anticipado (Advance Parole) (el documento de viaje que USCIS emite mientras una solicitud de TPS sigue pendiente), presupueste un segundo cargo que no se puede exonerar: la tarifa de parole de la H.R.1 — $1,050 en el año fiscal 2027 (desde el 16 de octubre de 2026) — se cobra cada vez que la persona solicita parole en un puerto de entrada, salvo excepción. Los titulares de TPS aprobados viajan en cambio con una autorización de viaje de TPS (Formulario I-512T) y son admitidos en TPS al regresar si un oficial de CBP determina que son elegibles; salir sin autorización de viaje de TPS puede hacerle perder el TPS. Sanchez v. Mayorkas (Corte Suprema, 7 de junio de 2021) sostuvo que un beneficiario de TPS que entró a EE. UU. sin inspección no es elegible para ajustar a residencia permanente bajo INA §245 solo por tener TPS.

Instrucciones del Formulario I-821 de USCIS y estado actual de designación: uscis.gov/humanitarian/temporary-protected-status. Centro de Contacto de USCIS: 1-800-375-5283 lunes a viernes 8:00am-8:00pm hora del Este. Tras cualquier anuncio de terminación, una organización reconocida por el DOJ (que atiende sobre todo a clientes de bajos ingresos y puede cobrar tarifas) o un abogado de inmigración con licencia puede evaluar otras vías (asilo, visa U, visa T, VAWA, cancelación de remoción).