Tratados tributarios bilaterales de EE. UU. — lista completa + estado de países hispanos

Lista de los 68 países con tratados bilaterales de impuestos sobre ingresos con EE. UU. (per IRS Pub 901). Estado de tratado de países de origen hispano.

Tratados tributarios bilaterales de EE. UU. — lista de países + estado de origen hispano

Estados Unidos tiene tratados bilaterales de impuestos sobre ingresos con 68 países. Estos tratados reducen la doble tributación, bajan las tasas de retención sobre ciertos tipos de ingreso y otorgan exenciones específicas para estudiantes, maestros, investigadores y otras categorías de personas.

Esta página es para: inmigrantes residentes en EE. UU. que reciben ingresos de su país de origen, ciudadanos estadounidenses expatriados en el extranjero y extranjeros que ganan ingresos de fuente estadounidense.

Estado de tratado tributario de países de origen hispano

PaísEstado del tratadoNotas
México✅ SÍ
Venezuela✅ SÍ
Guatemala❌ NO
El Salvador❌ NO
Honduras❌ NO
Cuba❌ NO
Colombia❌ NO
República Dominicana❌ NO
Perú❌ NO
Ecuador❌ NO
Argentina❌ NO
Nicaragua❌ NO

Todos los países con tratado tributario con EE. UU. (68)

Categorías comunes de beneficios de tratado

  • Retención reducida sobre ingresos FDAP (dividendos, intereses, regalías): el 30% estándar se reduce a 0-15% bajo la mayoría de los tratados
  • Pensiones y anualidades: exención en el país de origen o tasa reducida
  • Ganancias de capital: normalmente tributación solo en el país de origen para bienes raíces
  • Utilidades de negocios: impuesto solo en el país del establecimiento permanente
  • Ingresos por servicios personales: exenciones por visita de corto plazo (normalmente menos de 183 días)
  • Estudiantes y aprendices: exención para asignaciones limitadas de manutención y estipendios (estatus J-1, F-1)
  • Maestros e investigadores: exención de 2 años bajo la mayoría de los tratados
  • Empleados de gobierno: normalmente exentos bajo el artículo de servicio gubernamental
  • Oficiales diplomáticos y consulares: exención total del impuesto del país anfitrión

Formularios clave para posiciones de tratado

  • Formulario 8833 (Divulgación de Posición de Declaración Basada en Tratado) — requerido para reclamar beneficios de tratado en el Formulario 1040 o 1040-NR; multa de $1,000 (individuos) / $10,000 (corporaciones) por no presentarlo
  • Formulario W-8BEN (Certificado de Estatus Extranjero del Beneficiario Efectivo) — individuos que reclaman retención reducida
  • Formulario W-8BEN-E — entidades (corporaciones, sociedades, etc.) que reclaman retención reducida
  • Formulario 8233 (Exención de Retención sobre Compensación) — para la exención de ingresos de empleo basada en tratado
  • Formulario 1042-S — el informe que su pagador de EE. UU. envía al IRS sobre ingresos con tratado reducido (similar al 1099 pero para beneficiarios extranjeros)

Información procedimental relacionada


Última verificación: 2026-05-27. Fuente: lista del IRS de tratados de impuesto sobre ingresos de EE. UU. + Publicación 901. Información procedimental general — no es asesoría fiscal. La interpretación de los tratados tributarios depende mucho de los hechos; consulte a un abogado fiscal o CPA con experiencia en tributación internacional antes de reclamar posiciones de tratado en una declaración.

Contexto reciente de tarifas, fechas límite y contacto (2025-2026)

El Tratado de Impuesto sobre Ingresos Chile-EE. UU. entró en vigor en febrero de 2024 — el primer tratado tributario de EE. UU. en más de una década. El protocolo de la Convención Tributaria México-EE. UU. se modernizó en 2024 con nuevas disposiciones de intercambio de información. El Tratado de Impuesto sobre Ingresos Croacia-EE. UU. se firmó en diciembre de 2022 y está pendiente de consideración del Senado de EE. UU. El Tratado de Impuesto sobre Ingresos Hungría-EE. UU. fue terminado por EE. UU. el 8 de julio de 2022 (totalmente terminado a partir del 1 de enero de 2024 para la retención de impuestos, y del 1 de enero de 2025 para otros impuestos) — los negocios con operaciones en Hungría deben revisar el impacto.

La fuente primaria de interpretación de tratados tributarios del IRS es la Publicación 901 del IRS (Tratados Tributarios de EE. UU. — normalmente actualizada cada año alrededor de febrero). Los textos de los tratados están en irs.gov/treaties. Para artículos específicos de un tratado: vea las explicaciones técnicas “JCT” del Joint Committee on Taxation (jct.gov), que ofrecen la interpretación ratificada por el Congreso.

Para posiciones de declaración basadas en tratado, presente el Formulario 8833 (Divulgación de Posición de Declaración Basada en Tratado) con su Formulario 1040 o 1040-NR antes de la fecha límite del 15 de abril (o del 15 de octubre con la prórroga del Formulario 4868 — la prórroga extiende solo la PRESENTACIÓN, no el PAGO). Multa por no presentar el Formulario 8833: $1,000 para individuos, $10,000 para corporaciones bajo IRC 6712 — se aplica por cada posición de tratado no divulgada.

Servicios del IRS para Contribuyentes Internacionales: 1-267-941-1000 (NO es línea gratuita; se atienden llamadas internacionales), lunes a viernes de 6:00 a. m. a 11:00 p. m. (hora del Este). Para estatus de exención bajo tratados: presente el Formulario 8833 + 1040/1040-NR; espere 16+ semanas de procesamiento. El Formulario 1042-S del IRS (reporte del agente de retención) lo emiten los pagadores antes del 15 de marzo del año siguiente al año fiscal.

Preguntas frecuentes

¿Qué significa si mi país de origen tiene un tratado tributario con EE. UU.?
Si su país tiene un tratado bilateral de impuestos con EE. UU., puede calificar para: (1) Tasas reducidas de retención sobre dividendos, intereses, regalías, y pensiones de fuente estadounidense (a menudo 0-15% en lugar del estándar 30%); (2) Exención del impuesto de EE. UU. sobre ciertos ingresos (ej. estudiantes, maestros, investigadores bajo artículos específicos); (3) Reglas de tie-breaker para determinar qué país tiene derechos primarios de tributación cuando es residente fiscal de ambos; (4) Procedimiento de acuerdo mutuo para resolver disputas tributarias transfronterizas. Cada tratado tiene términos diferentes — lea el tratado específico de su país en la Publicación IRS 901.
¿Cómo reclamo beneficios de tratado en mi declaración tributaria de EE. UU.?
La mayoría de los beneficios de tratado requieren presentar el Formulario 8833 (Divulgación de Posición de Declaración Basada en Tratado) con su Formulario 1040 o 1040-NR. Para retención reducida sobre dividendos/intereses/regalías: presente Formulario W-8BEN (individuos) o W-8BEN-E (entidades) con el pagador de EE. UU. ANTES de que se pague el ingreso. Para ingresos de empleo bajo artículos de maestro/estudiante: presente el Formulario 8233 con su empleador. Siempre cite el artículo y párrafo específico del tratado. Multa por no divulgar: $1,000 (individuos) o $10,000 (corporaciones) bajo IRC 6712.
¿Qué pasa si mi país de origen NO tiene un tratado tributario con EE. UU.?
Sin un tratado, paga impuesto de EE. UU. bajo las reglas predeterminadas: 30% de retención sobre la mayoría de ingresos ‘FDAP’ de fuente estadounidense (Fijo, Determinable, Anual, Periódico — intereses, dividendos, regalías), e impuesto completo de EE. UU. sobre ECI (Ingreso Efectivamente Conectado de comercio/negocio de EE. UU.). Puede aún calificar para el Crédito Tributario Extranjero (Formulario 1116) para compensar impuesto de EE. UU. con impuesto extranjero pagado sobre el mismo ingreso. Sin tratado, no puede reclamar exenciones de tratado para estudiantes, maestros, etc.
¿Cambia la lista de tratados tributarios del IRS?
Sí. Se negocian nuevos tratados periódicamente y requieren ratificación del Senado de EE. UU. (voto de 2/3). Las enmiendas, protocolos, y Acuerdos de Intercambio de Información Tributaria (TIEAs) modifican relaciones existentes. Actualizaciones recientes: protocolo México-EE. UU. efectivo 2024, tratado Chile entró en vigor 2024 (primer nuevo tratado desde 2011), tratado Croacia pendiente de consideración del Senado. Verifique el estado actual del tratado en irs.gov/treaties.