Solicitud de Asilo (Formulario I-589)
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USCIS pública el Formulario I-589 como PDF gratuito. Siempre descargue la versión actual directamente de USCIS — copias de terceros pueden estar desactualizadas.
- Descargar Formulario I-589 (PDF) — fuente oficial USCIS
- Descargar Instrucciones del Formulario I-589 (PDF) — lea antes de llenar
- Presentar Formulario I-589 en línea con USCIS (donde se admite)
¿Para qué sirve?
Solicitar asilo en EE.UU. por persecución (o miedo fundado de persecución) en su país de origen por motivos de raza, religión, nacionalidad, opinión política, o pertenencia a un grupo social particular.
¿Quién lo necesita?
Personas físicamente presentes en EE.UU. (cualquier estatus migratorio) que temen persecución si regresan a su país de origen.
Tiempo de procesamiento
Rango típico: Variable extremo: 6 meses (asilo afirmativo con backlog ligero) a 5+ años (corte de inmigración con backlog severo). El EAD (autorización de empleo) es aparte del tiempo de decisión del caso: se puede solicitar al día 150 de presentado el I-589 y USCIS no puede emitirlo hasta 30 días después, para un total de 180 días desde la presentación.
⚠️ Verifique tiempo actual: USCIS Processing Times · Estado de su caso
Tarifa
$100 de presentación — vigente desde el 29 de mayo de 2026 bajo H.R.1 (One Big Beautiful Bill Act, Ley Pública 119-21). Más $102 anuales (Annual Asylum Fee, AAF) — el monto de 2026 (base de $100, ajustada por inflación cada año) — por cada año que la solicitud permanezca pendiente. Ninguna de las dos puede ser exonerada por estatuto (8 U.S.C. 1802 y 1808). Las solicitudes sin pago serán rechazadas.
Antes del 29 de mayo de 2026, el I-589 era gratuito. Ver: Federal Register 2026-08333.
Cómo presentar
Por correo al USCIS Service Center asignado a su jurisdicción. Si está en proceso de deportación, presenta a la corte de inmigración (defensive asylum).
Documentos necesarios
- Formulario I-589 completo (en inglés — la mayoría de información debe estar traducida si está en otro idioma)
- Declaración personal detallada (NARRATIVA) explicando su miedo de persecución
- Documentos de identidad (pasaporte, acta de nacimiento)
- Evidencia de persecución: reportes policiacos, médicos, fotos, declaraciones de testigos
- Documentos de país (reportes de Human Rights Watch, Amnistía Internacional, Departamento de Estado, etc.)
- Si solicita asilo para cónyuge/hijos también: documentos de relación familiar apostillados
Preguntas frecuentes
¿Cuándo debo presentar I-589?
Dentro de 1 año de su llegada a EE.UU. Si presenta después de 1 año, debe demostrar circunstancias excepcionales O cambio significativo en condiciones del país de origen. No espere a tener todos los documentos — presente el I-589 a tiempo y suplemente después.
¿Cuándo puedo trabajar legalmente?
180 días después de presentar el I-589 (no después de aprobación). USCIS lo dice así: “You must wait 150 days before you can apply for an EAD, and an additional 30 days before we can issue you an EAD, for a total of 180 days starting from when you filed your I-589 asylum application.” Solicite la categoría EAD (c)(8) (Formulario I-765) al llegar al día 150. Los días de retraso que usted pida o cause no cuentan para el reloj. No puede trabajar antes de tener el EAD físico.
¿Necesito abogado de asilo?
Críticamente recomendado. Asilo es uno de los procesos más complejos y formalmente adversarial. Las tasas de aprobación cambian DRAMÁTICAMENTE con representación legal vs. pro se (sin abogado). Recursos gratuitos: AILA pro bono list, RAICES (Texas), CLINIC network (católico nacional), IRC, Tahirih Justice Center.
¿Asilo afirmativo vs defensivo?
Afirmativo: usted presenta I-589 a USCIS antes de estar en proceso de deportación. Entrevista con asylum officer — aunque desde el 28 de julio de 2026, USCIS puede referir un caso a la corte de inmigración sin entrevista, con base en el expediente (regla final interina, doc. FR 2026-15190). Si negado o referido, el caso pasa a la corte (becomes defensive). Defensivo: ya está en proceso de deportación (notice to appear NTA), presenta I-589 al juez de inmigración como defensa contra deportación.
Si me niegan el asilo, ¿qué pasa?
Si afirmativo: refieren a corte de inmigración (defensive) — desde el 28 de julio de 2026 esta referencia puede ocurrir sin entrevista en la oficina de asilo. Si defensivo (en corte) y juez niega: puede apelar al Board of Immigration Appeals (BIA), después corte federal. Si todas las apelaciones agotadas: orden de deportación. El proceso completo puede durar 5-10 años.
Información relacionada
Última verificación: 2026-07-27. Información general — no asesoría legal. Verifique siempre en USCIS.gov.
Información procedimental relacionada
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- Biblioteca de formularios USCIS — formularios federales (I-130, I-485, N-400, etc.)
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- Conozca sus derechos — encuentros con ICE — protecciones constitucionales
Casos y fallos relacionados — en qué punto están
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