Viajar a Cuba desde EE. UU.: las reglas de la OFAC y la entrada a Cuba
Para cualquier persona sujeta a la jurisdicción de EE. UU., viajar a Cuba solo está permitido en las 12 categorías de actividad que enumera la regla 31 CFR 515.560(a); el turismo no es una de ellas. Visitar a un pariente cercano en Cuba está cubierto por una licencia general (31 CFR 515.561), que no requiere solicitud a la OFAC, pero el viajero tiene que guardar los comprobantes durante al menos 10 años (31 CFR 501.601). Estas reglas forman parte del Reglamento de Control de Activos Cubanos, que administra la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) del Departamento del Tesoro. Se modificaron por última vez con vigencia del 30 de septiembre de 2026, y el texto se revisó en eCFR el 19 de octubre de 2026 (título 31 consultado el 19 de octubre de 2026).
La entrada a Cuba es otro asunto, que decide Cuba. La última parte de esta página resume lo que publica la oficina consular cubana.
Esta página explica cómo funcionan las reglas. No evalúa ningún viaje en particular.
Las 12 categorías de la regla 31 CFR 515.560(a)
| # | Categoría | Sección |
|---|---|---|
| 1 | Visitas familiares | 515.561 |
| 2 | Asuntos oficiales del gobierno de EE. UU., de gobiernos extranjeros y de ciertas organizaciones intergubernamentales | 515.562 |
| 3 | Actividad periodística | 515.563 |
| 4 | Investigación profesional y reuniones profesionales | 515.564 |
| 5 | Actividades educativas | 515.565 |
| 6 | Actividades religiosas | 515.566 |
| 7 | Presentaciones públicas, clínicas, talleres, competencias deportivas y de otro tipo, y exhibiciones | 515.567 |
| 8 | Apoyo al pueblo cubano | 515.574 |
| 9 | Proyectos humanitarios | 515.575 |
| 10 | Actividades de fundaciones privadas o institutos de investigación o educativos | 515.576 |
| 11 | Exportación, importación o transmisión de información o materiales informativos | 515.545 |
| 12 | Ciertas transacciones de exportación | 515.533 y 515.559 |
Los viajes en estas categorías se pueden autorizar “either by a general license or on a case-by-case basis by a specific license” (por licencia general o, caso por caso, por licencia específica), según la 515.560(a). La 515.560(b) dice que no se otorgan licencias específicas para transacciones de viaje fuera de estas categorías. Y la 515.560(f): “Nothing in this section authorizes transactions in connection with tourist travel to Cuba” (nada en esta sección autoriza transacciones relacionadas con viajes de turismo a Cuba).
Licencia general y licencia específica. La pregunta frecuente 697 de la OFAC dice: “No further permission from OFAC is required to engage in transactions by a person who meets all criteria in a general license” (quien cumple todos los criterios de una licencia general no necesita más permiso). Un viaje dentro de las 12 categorías que no cumple las condiciones de una licencia general necesita una licencia específica, que se solicita a la OFAC.
Visitas familiares: la licencia general de la regla 31 CFR 515.561
Con el texto revisado vigente desde el 30 de septiembre de 2026, la regla 31 CFR 515.561(a) autoriza a “persons subject to the jurisdiction of the United States and persons traveling with them who share a common dwelling as a family with them” (personas sujetas a la jurisdicción de EE. UU. y quienes viajan con ellas compartiendo vivienda como familia) a hacer las transacciones de viaje necesarias para:
- visitar a un pariente cercano “who is a national of Cuba or a person ordinarily resident in Cuba” (que sea nacional cubano o residente habitual en Cuba); o
- visitar o acompañar a un pariente cercano que está en Cuba, o que viaja allá, con otras autorizaciones (asuntos oficiales, periodismo, investigación profesional, ciertas actividades educativas, actividades religiosas, proyectos humanitarios, o fundaciones e institutos privados).
Un pariente cercano (31 CFR 515.339) es cualquier persona “related to that person by blood, marriage, or adoption who is no more than three generations removed from that person or from a common ancestor with that person” (emparentada por sangre, matrimonio o adopción y a no más de tres generaciones de uno o de un antepasado común).
La licencia no cubre transacciones financieras directas o indirectas prohibidas por la 515.209 (entidades de la Lista Restringida de Cuba del Departamento de Estado) ni el alojamiento en una propiedad de la Lista de Alojamientos Prohibidos de Cuba (515.210). La Lista Restringida, en la versión del Departamento de Estado “As of July 14, 2025”, incluye hoteles por provincia.
Lo que puede hacer un viajero autorizado
La regla 31 CFR 515.560(c) autoriza a los viajeros con licencia:
- Transporte hacia, desde y dentro de Cuba, “including the acquisition of Cuban visas” (incluida la obtención de visas cubanas). La pregunta frecuente 712 de la OFAC dice que un viajero autorizado por licencia general o específica puede comprar el pasaje directamente a una aerolínea de EE. UU.
- Gastos de estancia en Cuba y artículos para consumo personal allá. Pregunta frecuente 717: “There is no specific dollar limit on authorized expenses” (no hay un límite específico en dólares para los gastos autorizados).
- Artículos para uso personal como equipaje acompañado, pero esto “does not apply to the importation into the United States of Cuban-origin alcohol or tobacco products” (no incluye alcohol ni tabaco de origen cubano), según la 515.560(c)(3).
- Llevar remesas que el viajero está autorizado a enviar según la 515.570 (515.560(c)(4)). Vea remesas a Cuba desde EE. UU..
- Pagos con tarjeta de crédito, débito e instrumentos similares (515.560(c)(5)).
Qué cambió el 30 de septiembre de 2026
La enmienda de la OFAC (91 FR 61741, vigente desde el 30 de septiembre de 2026) y su alerta del 29 de septiembre de 2026:
- Reuniones y conferencias profesionales. Se eliminó la licencia general. La pregunta frecuente 1275 de la OFAC dice que quienes estaban en Cuba el 30 de septiembre de 2026 con la autorización anterior podían seguir hasta el 30 de octubre de 2026, siempre que salieran de Cuba a más tardar ese día.
- Viajes educativos de pueblo a pueblo en grupo. Eliminados. El viaje sigue autorizado para quien ya había hecho al menos una transacción de viaje, como comprar un pasaje, antes del 30 de septiembre de 2026.
- Viajes educativos. Ahora tienen que hacerse bajo los auspicios de una organización sujeta a la jurisdicción de EE. UU., con los viajeros acompañados por un representante del patrocinador. La OFAC dice que las instituciones acreditadas de EE. UU. que otorgan títulos universitarios o de posgrado, sus estudiantes y sus empleados permanentes a tiempo completo pueden viajar sin ese acompañamiento para ciertas actividades educativas.
- Lista Restringida de Cuba. Ahora también se prohíben las transacciones financieras indirectas con las entidades de la lista, además de las directas.
Apoyo al pueblo cubano
La regla 31 CFR 515.574(a) autoriza viajes para actividades de organizaciones de derechos humanos reconocidas, organizaciones independientes que promueven la democracia, y personas y ONG que promueven la actividad independiente para fortalecer la sociedad civil. Cada viajero tiene que mantener “a full-time schedule of activities” (un horario de actividades a tiempo completo) que aumente el contacto con el pueblo cubano y resulte en “meaningful interaction with individuals in Cuba” (interacción significativa con personas en Cuba), sin “free time or recreation in excess of that consistent with a full-time schedule” (tiempo libre o recreación más allá de lo que permite un horario completo). La Nota 2 de la regla dice que alojarse en una casa particular, comer en paladares y comprar en tiendas de cuentapropistas califican, pero no bastan por sí solos para completar el horario.
Comprobantes: 10 años según el reglamento
La Nota 1 de la regla 31 CFR 515.560 y la Nota 1 del párrafo (a) de la 515.561 dicen que quien usa la licencia general “must retain specific records related to the authorized travel transactions” (tiene que guardar registros específicos de las transacciones del viaje), y remiten a las reglas 31 CFR 501.601 y 501.602. La 501.601 exige que los registros estén “available for examination for at least 10 years after the date of such transaction” (disponibles para revisión durante al menos 10 años). La pregunta frecuente 712 de la OFAC, publicada el 8 de noviembre de 2017 y todavía en línea el 19 de octubre de 2026, dice “at least five years” (al menos cinco años); el reglamento, enmendado en 2024, dice 10.
El lado cubano: pasaporte y entrada
La oficina consular de Cuba en Washington publica las reglas de entrada a Cuba en su página del MINREX (misiones.cubaminrex.cu, consultada el 19 de octubre de 2026):
- Los cubanos que viven en el exterior “para viajar a Cuba requieren hacerlo con su pasaporte en regla”. Renovación desde EE. UU.: renovar el pasaporte cubano.
- Quienes emigraron antes del 1 de enero de 1971 tienen que presentar su pasaporte cubano para entrar; el permiso HE-11 para entrar con pasaporte extranjero se explica en entrar a Cuba con pasaporte extranjero (HE-11).
- Validez del pasaporte. Desde el 1 de julio de 2023 el pasaporte corriente vale 10 años para mayores de 16 y 5 años para menores, y se eliminó el requisito de prorrogarlo cada dos años.
- D’Viajeros. El sitio de viajeros D’Viajeros está en dviajeros.mitrans.gob.cu; su propia descripción dice que “facilita y mejora la experiencia de los viajeros en su tránsito por la República de Cuba”. El sitio es una aplicación web cuyo formulario no se pudo capturar para esta página, así que aquí no se describen sus campos ni plazos.
Otros trámites cubanos: documento de viaje de emergencia, permiso de viaje de menor y volver a vivir en Cuba.
El regreso a EE. UU. depende del estatus migratorio del viajero en EE. UU., algo que estas reglas de sanciones no tratan. Para documentos de viaje vea Formulario I-131 y advance parole y el parole no es un estatus.
Lo que las fuentes no dicen
- La información de viaje del Departamento de Estado sobre Cuba no se pudo capturar para esta página (travel.state.gov rechazó la solicitud el 19 de octubre de 2026), así que aquí no se da nivel de advertencia ni datos de la embajada.
- No hubo lista oficial de franquicias de la Aduana de Cuba: la página de aduana consultada para esta investigación tenía texto de relleno.
- No se pudo verificar el contenido del formulario D’Viajeros.
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Última verificación: 2026-10-19. Esta es información general, no asesoría legal. Consulte a un abogado para su situación específica. Las reglas citadas son las de la parte 515 del título 31 del CFR en eCFR, las guías de la OFAC y la página consular cubana en la fecha indicada; todas cambian.